Cuidado con deducción de pago de utilidades a trabajadores: Comunicación en Diario no acredita necesariamente deducción en Impuesto a la Renta.
Mediante
RTF 2013_8_12554,
se señala, si bien los cheques para pago de participaciones en utilidades se
emitieron, no puede entenderse que desde esa fecha estuvieron a disposición de
los ex trabajadores, pues la emisión de tales documentos no implica
necesariamente que desde tal fecha pudieron ser cobrados. Tampoco se advierte
que la recurrente hubiese realizado actuaciones destinadas a comunicar a sus
ex trabajadores, de manera directa, que se encontraban a su disposición los
cheques, a pesar que realizó una comunicación en un Diario de circulación
nacional. Ver páginas 4 y 5 de la RTF.
http://www.mactributo.com/descargas/descargas.html
(Ver archivos de interés tributario, laboral, financiero y contable)
Fuente: Artículos de Diario Gestión
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