SUNAT aclara que Agentes de Retención del IGV no deben retener a los Agentes de Percepción del IGV
Mediante Informe 033-2014-SUNAT,
la SUNAT aclara que las operaciones realizadas por agentes de retención del IGV
con proveedores que tengan la condición de agentes de percepción, según la
R. Superintendencia Nº 058-2006
y normas modificatorias, complementarias o sustitutorias, se encuentran
excluidas del Régimen de Retenciones, de acuerdo con lo dispuesto en el
inciso h) del artículo 5° de la R. Superintendencia Nº 037-2002.