miércoles, 21 de octubre de 2015

ACEPTO PRE CANDIDATURA AL DECANATO DEL COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE LA LIBERTAD

Estimados Colegas agradezco el apoyo de los miembros de la orden y de mi familia. Ha sido difícil tomar esta decisión.
He comprometido a colegas y amigos empresarios que siempre se identificaron con nuestra institución, para desarrollar y cumplir un ambicioso Plan de Trabajo para beneficio de los Contadores.
Próximamente cumpliremos los requisitos para inscribirnos ante el Comité Electoral y anunciaremos en detalle nuestro Plan de Trabajo.
Dios nos guíe en este nuevo reto.

Con afecto,
CPC Miguel Arancibia Cueva.





lunes, 12 de octubre de 2015

COMUNICADO A CLIENTES DEL ESTUDIO


Consultas por Correo Electrónico:  Agradeceremos contactar al correo: asesoria@mactributo.com, a efectos de poder direccionar su consulta de manera oportuna. De igual manera, los pagos realizados copiar al citado correo.

Llamadas telefónicas: Pueden realizarlas a los siguientes  teléfonos:

·        Movistar:    044-241816  -  044-220984
RPM # 506603
945019721
·        RPC Claro:  044-616660  -  044-616659
RPC 949161060 (Línea opcional debido a que existen deficiencias en la recepción en la señal de Claro)

Servicio de Video Conferencia Skipe: Previa cita a los contactos citados.


Horario de atención: Se les recuerda que nuestro horario es:

·        Lunes a Viernes:     De 8:10 a.m. a 1:15 p.m. y  de 3.10 p.m. a 8:00 p.m.

·        Sábado               :    De 8:10 a.m. a 1:00 p.m.

domingo, 11 de octubre de 2015

DESDE EL 01-12-2015 LOS AGENTES DE RETENCIÓN Y AGENTES DE PERCEPCIÓN DEL IGV EMITIRÁN COMPROBANTES ELECTRÓNICOS


Mediante  R. Superintendencia Nº 274-2015/SUNAT establecen que desde el 01 de diciembre de 2015 rige la emisión electrónica en el SEE de los comprobantes de retención (CRE) y comprobantes de percepción (CPE) del IGV.
Establecen reglas para emisión de los citados comprobantes, condiciones y requisitos para su emisión, supuestos de reversión y rechazo, los efectos que conllevan que los agentes de retención y percepción adquieran la calidad de emisores electrónicos.
Eliminan la obligación del llevado del registro del régimen de retenciones y el registro del régimen de percepciones a partir del 1-7-16.
Sujetos designados como emisores electrónicos: Se designan como emisores electrónicos del CRE y CPE en el SEE a los sujetos que, al 1-12-15, tengan la calidad de agentes de percepción o retención del IGV. También están obligados a emitir los comprobantes bajo dicha modalidad los sujetos que, a partir de la fecha indicada, sean designados como agentes de percepción o retención del IGV.
Detalle adicional en: Anexo A,B,C,D,E,FAnexo G - Anexo H Anexo I


sábado, 3 de octubre de 2015

SE INCLUYEN LOS SIGUIENTES TEMAS:
- Factura Electrónica.
- Nuevos requisitos de los comprobantes de pago a partir del 01-11-2015.
- Registros de Costos.
- Facultad discrecional de SUNAT para no multar programas de libros y registros electrónicos.