domingo, 24 de junio de 2018

POR NO PAGAR OPORTUNAMENTE EL TOTAL DE LOS APORTES A ESSALUD, DICHA ENTIDAD VIENE EXIGIENDO A LAS EMPRESAS EL REEMBOLSO DE LAS PRESTACIONES OTORGADAS A LOS TRABAJADORES



jueves, 7 de junio de 2018


TRIBUNAL FISCAL DECLARA DEDUCIBLE GASTO POR REGALÍAS, EN LA MEDIDA QUE SE ENCUENTRE SUSTENTADO - RTF 8731-8-2017



A pesar que el titular del alquiler de la marca ES SOCIO Y GERENTE de la empresa, el gasto por regalías SI cumple con el principio de causalidad por el uso de las marcas de acuerdo a los fundamentos siguientes:
·         Los certificados emitidos por la Dirección de Signos Distintivos del INDECOPI, señalan que los signos distintivos a que se refieren cumplieron los requisitos contemplados en el Dec. Leg. 1075. Por ende, no es amparable lo sostenido por la SUNAT en el sentido de que las marcas objeto del contrato no cumplen la finalidad o características propias de una marca y que sólo son formas distintas de representar el nombre comercial o razón social del contribuyente y no representan una identificación comercial primordial y única en el mercado. 
·       Dado que las prestaciones generadas por el contrato celebrado “son la autorización del derecho de uso y/o disfrute de los signos distintivos indicados y el pago de una contraprestación a cambio de ese derecho no resulta relevante para efectos del análisis del reparo, establecer si era adecuado o no que la autorización o cesión de uso de las referidas marcas constara en un contrato de franquicia”.
·      De la apreciación conjunta de la documentación presentada en la fiscalización se constata que el contribuyente celebró “el contrato de autorización de uso o cesión de uso de las marcas que aparecen en el Certificado, inscrito ante el INDECOPI, a efecto que sean utilizados en la venta de sus productos y publicidad en sus vehículos, lo cual resulta razonable en su quehacer empresarial y para sus fines u objetivos de negocio, por cuanto, por definición propia las marcas y los signos distintivos contribuyen a crear valor al diferenciar la calidad y las características particulares de los productos y servicios que se ofrecen en el mercado, por tanto, el gasto observado se encuentra acorde con el principio de causalidad …”.