PROVEEDORES DE CONDOMINIOS TAMBIÉN PODRÁN COBRAR DEUDAS A LOS PROPIETARIOS
El Ministerio de Vivienda alista nueva normativa que regule las relaciones al interior de un condominio y también frente a sus proveedores. En mayo del 2023 emitió el Decreto Legislativo N° 1568, el cual regula el régimen de la propiedad horizontal en el que existen unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva que se caracterizan por compartir bienes y servicios comunes.
Actualmente el requerimiento
de los proveedores solo es hacia los fondos reunidos por la Junta de
Propietarios, pero no hacia el patrimonio individual de cada propietario.
Los propietarios serán
responsables solidarios por esas deudas,
según dispone el proyecto de reglamento del régimen de la propiedad horizontal
(condominios).
No hay comentarios:
Publicar un comentario