viernes, 20 de mayo de 2022

 

NOTICIAS DE INTERÉS VIERNES 20-05-2022

 

GOBIERNO DA LUZ VERDE A SEXTO RETIRO DE S/ 31,800 MILLONES DE FONDOS DE AFP: Primeros desembolsos serían a fines de junio o en quincena de julio, prevén AFP. Gestoras advierten que es muy mal momento para que afiliados retiren, pues se venderán sus activos a precios bajos.

Gobierno da luz verde a sexto retiro de S/ 31,800 millones de fondos de AFP | ECONOMIA | GESTIÓN (gestion.pe)

 

NO SOLO POR DESPIDO ARBITRARIO EL TRABAJADOR PUEDE PEDIR UNA INDEMNIZACIÓN: ESTA ES LA OTRA CAUSAL: En qué caso un trabajador contratado a plazo fijo puede solicitar una indemnización por despido arbitrario a su empleador. A continuación sepa la respuesta.

No solo por despido arbitrario el trabajador puede pedir una indemnización: esta es la otra causal | despido arbitrario | trabajador | | ECONOMIA | GESTIÓN (gestion.pe)


 

CREAN SISTEMA DE INFORMACIÓN DEL MERCADO LABORAL (SIMEL) Y LABORATORIO DE INNOVACIÓN LABORAL DECRETO SUPREMO N° 009-2022-TR FECHA: 20/05/2022 https://cutt.ly/xHALIFE

jueves, 19 de mayo de 2022

 

NOTICIAS DE INTERÉS JUEVES 19.05.22

 

FONDOS AFP PIERDEN VALOR HASTA EN DOBLE DÍGITO EN LO QUE VA DEL AÑO: Los fondos de pensiones gestionados por las AFP perdieron valor hasta en doble dígito en lo que va del año, al igual que la mayoría de los instrumentos de inversión en el mundo. Dentro del Sistema Privado de Pensiones, el fondo 1 perdió, en promedio, 8,21% y por AFP el fondo 1 que más perdió fue el gestionado por Prima AFP con 8,91%, según las cifras al cierre del 12 de mayo en comparación con el último día de diciembre del 2021. En este cálculo no se considera la tasa de inflación. El fondo 2 perdió, en promedio, 10,47% y por AFP el fondo 2 que más perdió fue de Profuturo AFP con 11,52%, en similar período. El fondo 3 perdió, en promedio, 9,61% y por gestora el que más perdió fue el administrado por AFP Integra con 11,89%.  https://cutt.ly/yHIdiNR             

 

PLANTEAN REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES: En los últimos días, las administradoras de fondos de pensiones (AFP) han estado nuevamente en el ojo de la tormenta, ante las quejas de usuarios en redes sociales por la caída en la rentabilidad de sus fondos, y hasta se ha planteado la posibilidad de que haya libre acceso a los fondos. Al respecto, el profesor de la Universidad del Pacífico (UP), Pablo Lavado, y el exministro de Economía, David Tuesta, coincidieron en la necesidad de que haya en el país una reforma del sistema de pensiones (SP).El representante de la UP, a través de su cuenta de Twitter, manifestó que junto con los cambios al SP , debe darse una reforma "laboral, tributaria y de protección social".  https://cutt.ly/UHIgmYB

  

RECAUDACIÓN POR IMPUESTO A LA RENTA SUBIÓ 66.6%: La recaudación por impuesto a la renta (IR) creció 66.6% en abril de este año respecto a igual período del 2021, principalmente por los mayores pagos para regularización efectuados por las personas jurídicas correspondientes al ejercicio gravable del 2021, informó el Banco Central de Reserva (BCR). Detalló que esta regularización alcanzó un nivel récord para ese mes entre el 2003 y el 2022.  https://cutt.ly/SHIhkOA  https://cutt.ly/aHIgCoa

lunes, 16 de mayo de 2022

 

Depósito de la CTS del período de Mayo 2022 VENCE ESTE 16 DE MAYO DE 2022

 

El 16 de mayo de 2022 vence el plazo para que los empleadores del régimen laboral de la actividad privada realicen el depósito de la CTS.

La norma establece que la fecha límite para el depósito de la CTS es el 15 de mayo; sin embargo, este año esa fecha correspondió a un día inhábil (domingo), lo que determina que el depósito pueda realizarse hasta el 16 de mayo (día hábil siguiente).

A continuación presentamos un breve cuestionario sobre la CTS:

¿QUE TRABAJADORES TIENEN DERECHO A LA CTS?

Los siguientes:

·         Trabajadores con jornada de 4 horas diarias: Trabajadores del régimen laboral de la actividad privada que cumplan, cuando menos en promedio, una jornada mínima diaria de 4 horas. Este beneficio se genera a partir del primer mes de iniciado el vínculo laboral.

Téngase en cuenta que, si el trabajador al 30 de abril no ha cumplido el requisito de un mes completo de servicios desde su fecha de ingreso, el importe de la CTS se calculará y depositará conjuntamente con la que corresponda al siguiente período.

·         Trabajadores con jornada menor de 4 horas: ¿Los trabajadores a tiempo parcial tienen derecho a la CTS?: No, pues en la medida que su jornada laboral es menor de las 4 horas, no cumplen con el requisito de la jornada mínima para su percepción.

·         Trabajadores de regímenes especiales: Hay regímenes laborales especiales en los que la forma de cálculo y pago de la CTS varía. Por ejemplo:

o    Construcción Civil: La CTS equivale al 15 % de las remuneraciones básicas que el trabajador percibió durante el tiempo de servicios que laboró para un mismo empleador.

o    Régimen agrario[1]La CTS equivale al 72% de la Remuneración Básica (RB).

o     

¿QUIÉNES TIENEN LA OBLIGACIÓN DE REALIZAR EL DEPÓSITO DE LA CTS?

Los empleadores del régimen laboral de la actividad privada regulados por el TUO del D.Leg. 728 (aprob. por D.S. 003-97-TR).

Micro y pequeña empresa:  Tratándose de estas empresas pueden presentarse los siguientes supuestos:

·         Microempresa:

o    Los trabajadores contratados antes de la inscripción de la empresa en el REMYPE tienen derecho a la CTS (bajo el régimen general, esto es, acceden al 100% del beneficio)

o    Los trabajadores contratados con posterioridad a la inscripción en el REMYPE no tienen derecho a la CTS.

·         Pequeña empresa

o    Los trabajadores contratados antes de la inscripción de la empresa en el REMYPE tienen derecho a la CTS (régimen general, esto es, acceden al 100% del beneficio)

o    Los trabajadores contratados con posterioridad a la inscripción en el REMYPE tienen derecho al 50% del depósito por dicho concepto.

o     

¿QUE REMUNERACION SE TOMA COMO REFERENCIA PARA FINES DEL CÁLCULO DE LA CTS DE MAYO DE 2022?

La remuneración[2] que se toma como base para establecer el monto de la CTS a pagar se determina en función del sueldo o treinta jornales que percibe el trabajador al mes de abril de 2022.

 

¿QUE PERIODO COMPRENDE EL DEPOSITO DE LA CTS?

El depósito de la CTS comprende el semestre noviembre 2021- Abril 2022.

 

EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL DEPOSITO Y PAGO DE LA CTS ¿ES PASIBLE DE SANCION?

Sí. Constituyen infracciones sancionables con multa:

·         No entregar al trabajador, en los plazos y con los requisitos previstos, la hoja de liquidación de la CTS

Este incumplimiento se considera INFRACCIÓN LEVE en materia de relaciones laborales (RLGIT, art. 23, num. 23.2.).

·         No depositar íntegra y oportunamente la CTS

Este incumplimiento se considera INFRACCIÓN GRAVE en materia de relaciones laborales (RLGIT, art. 24, num 24.5).

Montos de las multas: Las multas varían según el tipo de empresa (pequeña, mediana o No Mype), la gravedad de la infracción (leve o grave) y el número de trabajadores. Así, por ejemplo, en el caso de las medianas empresas y No Mypes, la multa por no depositar la CTS puede ser de S/7,222 (mínimo) ó S/120,152 (máximo). Por otro lado, la multa por no entregar la hoja liquidación de la CTS puede ser de S/1,196 (mínimo) ó S/71,392 (máximo).

 

PLAZOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES

·         Realización del depósito de la CTS: El depósito que efectúe el empleador debe realizarse dentro de los primeros 15 días naturales del mes de mayo. Como se señaló en líneas anteriores, toda vez que este año el 15 de mayo coincidió con un día inhábil (domingo), el depósito de la CTS podrá realizarse hasta el 16 de mayo (día hábil siguiente).

·         Entrega de la liquidación al trabajador: Una vez realizado el depósito, el empleador dentro de los 5 días hábiles debe entregar a cada trabajador, bajo cargo, una liquidación debidamente firmada.

·         Pago de intereses: Finalmente, si el empleador no cumple con realizar los depósitos que le corresponda, quedará automáticamente obligado al pago de los intereses que hubiera generado el depósito de haberse efectuado oportunamente y, en su caso, a asumir la diferencia de cambio, si éste hubiera sido solicitado en moneda extranjera.

____________________________

1.      Los trabajadores del régimen agrario cuya jornada laboral es de 4 ó más horas diarias en promedio a la semana tienen derecho a percibir una RB mensual no menor a la Remuneración Mínima Vital (RMV) de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada. Téngase en cuenta que la Ley 31110 establece que el pago de la CTS puede realizarse de manera conjunta con la RD (prorrateada) o de manera semestral, conforme a la normativa general aplicable.

2.      De acuerdo al art. 9 de la LCTS, es remuneración computable la remuneración básica y todas las cantidades que regularmente perciba el trabajador, en dinero o en especie como contraprestación de su labor, cualquiera sea la denominación que se les dé, siempre que sean de su libre disposición. Se incluye en este concepto el valor de la alimentación principal cuando es proporcionada en especie por el empleador y se excluyen los conceptos contemplados en los arts. 19 y 20 de la LCTS (gratificaciones extraordinarias, participación en las utilidades, condiciones de trabajo, canasta de navidad, bonificación por educación, etc.).

 

sábado, 14 de mayo de 2022

 

Noticias de interés sábado 14.05.22

 

PRECIOS DE COMBUSTIBLES SUBEN DE NUEVO Y SON HASTA 59% MÁS CAROS QUE EN ENERO: Las refinerías de Petroperú y Repsol aplicaron ayer una nueva variación en los precios de los combustibles. En el caso de la petrolera estatal, aplicó alzas en derivados de uso vehicular, pero también a los de consumo industrial, así como para uso de los sectores de aviación, pesca y generación eléctrica. Así, en el caso de los derivados de uso vehicular de Petroperú, lo que más subió fue el precio del gasohol de 97 octanos, que pasó de S/ 20.76 a S/ 22.93 por galón, un incremento de S/ 1.30, o de 6.25%, en comparación a la lista del 5 de mayo último (incluidos impuestos).  https://cutt.ly/OHjTMxG

 

BCR SUBE A 5% SU TASA DE INTERÉS DE REFERENCIA: En sesión del directorio, el Banco Central de Reserva (BCR) elevó en 50 puntos básicos la tasa de interés de referencia. Es así que dicho valor pasó de 4,5% en abril a 5% en mayo, un nivel no visto desde abril del 2009.Para tal decisión, el banco consideró el incremento de la inflación en abril (7,96%), impulsado por el alza en los precios internacionales de alimentos y combustibles. Incluso el BCR refiere que la inflación anual sin alimentos y energía también mostró un incremento: pasó de 3,46% en marzo a 3,81% en abril.  https://cutt.ly/aHjUVon     https://cutt.ly/THjIwjL 

 

LEY QUE ESTABLECE AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ EL AÑO 2022 LEY N° 31474 FECHA: 14/05/2022 https://cutt.ly/LHjfWrr

 

CONGRESO INHABILITA POR CINCO AÑOS PARA EJERCICIO DE FUNCIÓN PÚBLICA AL SEÑOR MARTÍN ALBERTO VIZCARRA EN SU CONDICIÓN DE EXMINISTRO DE ESTADO RESOLUCION LEGISLATIVA 016-2021-2022-CR FECHA: 14/05/2022 https://cutt.ly/IHjfKnG

miércoles, 4 de mayo de 2022

 

LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 27444 LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL A FIN DE FACILITAR LA RECEPCIÓN DOCUMENTAL DIGITAL LEY N° 31465 FECHA: 04/05/2022 https://cutt.ly/gGLMrlX

domingo, 1 de mayo de 2022

 

RESOLUCION N° 000078-2022/SUNAT Fecha: 01/05/2022

 

 

Artículo Único.- Suspensión de la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias al azúcar

Suspéndase la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias establecido por el Decreto Legislativo Nº 940, al traslado fuera del centro de producción, así como desde cualquier zona geográfica que goce de beneficios tributarios hacia el resto del país, cuando dicho traslado no se origine en una operación de venta gravada con el impuesto general a las ventas, del azúcar comprendido en las subpartidas nacionales 1701.14.00.00 y 1701.99.90.00. La suspensión regirá mientras se mantenga vigente la exoneración del impuesto general a las ventas dispuesta por la Ley Nº 31452 a la venta en el país e importación de dicho bien.