SUNAFIL, requiere información de trabajadores que laboran desde enero 2025.
SOBRE PAGO DE GRATIFICACIÓN JULIO 2025 y OTROS.
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Locadores de servicio en la mira: ¿El Estado dejará de
contratarlos? |
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¿Es hora de reemplazar a los
locadores? Proyectos de ley del Congreso, aunque apuntan en direcciones
distintas, todos buscan una reforma estructural. Sepa los detalles.
INCUMPLIR O MODIFICAR
REGLAS FISCALES PONDRÍA EN ALTO RIESGO CONSOLIDACIÓN El Consejo Fiscal emitió un informe para subrayar su
preocupación sobre lo que fueron las cuentas fiscales del país en el 2024 y lo
que se espera para el 2025. Cabe recordar que el año pasado se incumplió por
segunda vez seguida las reglas fiscales "por un margen significativo (...)
especialmente en un contexto en el que la economía no se vio afectada por
choques no anticipados que puedan explicar esos desvíos".Esta situación
llevó a que el actual ministro de Economía y Finanzas, Raúl Pérez Reyes, apunte
para este año a un nuepreservar vo ajuste a las reglas fiscales. El
"techo" del déficit fiscal ya no sería 2.2% este año, sino que se
elevaría a 2.4% del PBI (inicialmente había previsto que sea 2.8% y luego lo
ajustó a 2.5% del PBI)."Frente a esta coyuntura, el CF reitera que
actualmente no existen fundamentos macroeconómicos ni fiscales razonables que
justifiquen nuevas modificaciones a las reglas fiscales vigentes. Por el
contrario, resulta necesario garantizar su cumplimiento efectivo y avanzar en
el proceso de consolidación fiscal, con el fin de la sostenibilidad de las
finanzas públicas y fortalecer la credibilidad del marco fiscal", explicó
el CF en su informe. |
Proyecto de
Resolución de Superintendencia: Modificación del plazo máximo de atraso de
determinados libros vinculados a asuntos tributarios cuando se presente el PDT
- Formulario Virtual N.° 0625 “Modificación del coeficiente o porcentaje para
el cálculo de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta”
Mediante Res. 000240-2025/SUNAT (pub. 14-7-25) se
ha dispuesto la publicación del proyecto de resolución de superintendencia que
modifica el plazo máximo de atraso de determinados libros vinculados a asuntos
tributarios, en los casos de presentación del PDT - Formulario Virtual N.° 0625
“Modificación del coeficiente o porcentaje para el cálculo de los pagos a
cuenta del Impuesto a la Renta”, así como su exposición de motivos, en la sede
digital de la SUNAT (www.sunat.gob.pe).
Las opiniones, comentarios y
aportes del público podrán ser presentados en la Mesa de Partes de la SUNAT,
ubicada en Av. Garcilaso de la Vega N.° 1472, Cercado de Lima; en los Centros
de Servicios al Contribuyente de la SUNAT a nivel nacional y en la Mesa de
Partes Virtual - SUNAT; o enviadas a la dirección de correo electrónico: iperez@sunat.gob.pe.
Nueva Ley para
el Control y Fiscalización de Insumos Químicos en la Minería ilegal
La Ley 32412 (pub. 12-7-25) ha sido promulgada con el objetivo de
establecer medidas de registro, control y fiscalización en la distribución,
transporte y comercialización de insumos químicos que, directa o
indirectamente, pueden ser utilizados en la minería ilegal, promoviendo a su
vez la minería formal en el país.
Procedimientos
Generales "Importación para el Consumo" y "Manifiesto de
Carga": Modificación
La Res. 000238-2025/SUNAT (pub. 13-7-25) ha modificado los
procedimientos generales “Importación para el consumo” (DESPA-PG.01, versión 8)
y “Manifiesto de carga” (DESPA-PG.09, versión 7), aprobados por las Res.
084-2020/SUNAT y 016-2020/SUNAT, respectivamente, con el fin de mejorar el
control y la eficiencia en el despacho aduanero y la transmisión de información
en el comercio exterior.
Ley 32413:
Promoción del uso de la billetera digital para el pago de haberes y otras
obligaciones laborales
La Ley 32413 (pub. 12-7-25) ha sido promulgada con el objetivo de
promover el uso de la billetera digital como un medio de pago válido para que
los empleadores abonen los haberes y otras obligaciones laborales a los
trabajadores de los sectores público y privado.
TRIBUNAL FISCAL RTF
N°5021-8-2024
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA: CASO EN QUE NO SE ACREDITO
DICHA RESPONSABILIDAD RESPECTO DEL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO QUE A SU VEZ ERA
CONTADOR.
La Administración … señaló que al ostentar el cargo de
Presidente de Directorio y al ser contador público de profesión, el recurrente
era el responsable de la adecuada gestión y representación legal necesaria para
la administración de la sociedad; sin embargo, conforme se ha dado cuenta
previamente, no era atribución del Directorio la citada gestión y
representación legal ante, entre otras, la Administración Tributaria, no
habiéndose acreditado ello documentariamente. De igual manera, el hecho que el
recurrente sea contador no acredita por sí solo que su gestión estuviera
relacionada con la determinación, declaración y pago de tributos, más aún
cuando tales atribuciones estaban detalladas para la gerencia general, quien
representó a la sociedad en la declaración jurada antes indicada, y que no se
probó que el recurrente hubiera también – o en defecto de – ejercido tales
atribuciones en este caso.
Estando a lo expuesto, en el caso de autos no está
acreditado que el recurrente haya participado en la administración y/o en la
determinación y pago de tributos del Grupo … S.A., por lo que no cabía que la
Administración le atribuyera responsabilidad solidaria, correspondiendo revocar
la apelada y dejar sin efecto el valor
impugnado.
CONGRESO BUSCARÍA QUE SE OTORGUE BONO DE S/ 400 EN
EMERGENCIAS: Un nuevo proyecto de ley presentado en el Congreso de la
República plantea otorgar un bono mensual de emergencia a trabajadores
informales y jornaleros que no cuenten con empleo formal ni acceso a subsidios
permanentes. Es decir, aquellos bonos que, por ejemplo, fueron extraordinarios
por pandemia ahora serían normados por ley. Su viabilidad ha sido puesta en
duda por especialistas debido a los desafíos de focalización, sostenibilidad
financiera y posibles distorsiones en el mercado laboral. El texto legislativo
lleva por título "Ley que crea el Bono Familiar de Emergencia para
jornaleros y trabajadores informales en caso de crisis sanitaria o
económica". Según el proyecto, el bono estaría dirigido a trabajadores sin
vínculo formal, incluyendo jornaleros rurales, vendedores ambulantes, madres
solteras sin empleo, trabajadores de construcción civil sin contrato,
mototaxistas, recicladores y pescadores artesanales, entre otros. El monto del
bono sería de S/ 400 mensuales, por un período inicial de hasta tres meses,
prorrogables mediante decreto supremo. Para acceder, los beneficiarios deberán
estar clasificados como hogares pobres, pobres extremos o en situación de
exclusión, conforme al padrón del Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh). (
Gestión Pág. 15 )