Venta de predio realizado por persona natural tributa el 5% o 30% de
Impuesto a la Renta?
Mediante RTF 2014_1_02769 el
Tribunal Fiscal considera que para determinar el tipo de tasa aplicable en la
venta de un predio, se debe tener “en cuenta el tiempo de permanencia la
propiedad, margen de utilidad, localización del inmueble…”. En el presente
caso la recurrente efectuó la compra del 25% de acciones y derechos del inmueble
y en días posteriores efectuó la venta del bien, lo que se realizó en un corto
lapso de tiempo, asimismo, el monto de la operación, margen de utilidad,
localización y tipo de uso del bien, son elementos suficientes que permiten
determinar que la recurrente adquirió el inmueble únicamente con la finalidad
transferirlo a un mayor valor, por lo que el ingreso por la venta del inmueble
constituye renta de tercera categoría (30%).
Ver página 4 de la citada
RTF.