miércoles, 22 de octubre de 2014

Venta de predio realizado por persona natural tributa el 5% o 30% de Impuesto a la Renta?

Mediante RTF 2014_1_02769 el Tribunal Fiscal considera que para determinar el tipo de tasa aplicable en la venta de un predio, se debe tener “en cuenta el tiempo de permanencia la propiedad, margen de utilidad, localización del inmueble…”. En el presente caso la recurrente efectuó la compra del 25% de acciones y derechos del inmueble y en días posteriores efectuó la venta del bien, lo que se realizó en un corto lapso de tiempo, asimismo, el monto de la operación, margen de utilidad, localización y tipo de uso del bien, son elementos suficientes que permiten determinar que la recurrente adquirió el inmueble únicamente con la finalidad transferirlo a un mayor valor, por lo que el ingreso por la venta del inmueble constituye renta de tercera categoría (30%).

Ver página 4 de la citada RTF.