Hoy sábado 29 de Enero 2022 - Hora: 10:00am a 1:00pm
Expositor: Miguel Arancibia Cueva
INFORMES E
INSCRIPCIONES: 988 664 477 - 943 415 074
NOTICIAS DE INTERÉS 28.01.22
ESTUDIAN DAR BONO DE S/. 1,000 A
AFECTADOS: El
ministro de Comercio Exterior y Turismo, Roberto Sánchez, señaló que el
Ejecutivo evalúa otorgar un bono de 1,000 soles durante tres meses para los
afectados directamente por el reciente derrame en el mar. "En estos
momentos luego de un trabajo de fin de semana, articulado con los gobiernos
locales, autoridades de la ribera en afectación, se ha podido hacer un empadronamiento
de 2,500 negocios directos", afirmó. https://cutt.ly/gOaqI22 |
SUBEN
GLP Y DIÉSEL VEHICULAR: El balón de
gas (GLP) de 10 kilos subirá S/ 1.65 incluido impuesto, a partir de hoy
(viernes 28), asimismo el precio de venta al público del diésel B5S50 de uso
vehicular aumentará en S/ 0.58 por galón, a nivel nacional. Alzas se deben a
las actualizaciones de las bandas de precios del GLP envasado y diésel B5
incluidos en el Fondo de Estabilización de Precios de Combustibles, afirmó el
presidente del Opecu, Héctor Plate Cánepa. ( Expreso Pág. 14 ) https://cutt.ly/wOp617W
PROCESO
DE ADHESIÓN A OCDE SE HARÁ CON RESPONSABILIDAD: El presidente Pedro Castillo afirmó que el proceso de
adhesión del Perú a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económicos (OCDE) se caracterizará por necesarias reformas en todos los ámbitos
y sectores que necesite el país, a fin de mejorar las políticas públicas,
promover la buena gobernanza y tener un Estado eficiente e institucionalmente
sólido, y que será asumido con total compromiso, responsabilidad y dedicación. https://cutt.ly/pOaqgWE
EN
CUATRO AÑOS EL PERÚ PODRÍA SER PARTE DE LA OCDE: Tras la invitación de la Organización para la
Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) al Perú para que inicie su
proceso de adhesión a este foro económico, el presidente de la República, Pedro
Castillo, firmó ayer la carta en la que ratifica la intención del país de ser
parte de la institución integrada por las 38 economías más poderosas del mundo.
Al respecto, la directora adjunta del Centro de Política y Administración
Tributaria de la OCDE, Grace Pérez Navarro, explicó a una emisora local que el
tiempo que un país tarda en culminar su proceso de adhesión son cuatro años,
pues debe pasar por revisiones profundas. https://cutt.ly/sOaqrrZ
MÁS DE 160,000 EMPRESAS
APLAZAN PAGO DE DEUDAS DE REACTIVA PERÚ: El plazo para acogerse a la reprogramación de los
créditos obtenidos a través del programa Reactiva Perú venció el pasado 31 de
diciembre, y muchas empresas accedieron a esta facilidad de pago.Así, según
datos de Cofide, administrador del esquema, las reprogramaciones de deudas de
Reactiva Perú se concedieron a 160,560 empresas. Dicha
cifra representa el 33% o un tercio del total de empresas que tomaron créditos
de dicho programa (490,068). Asimismo, el saldo de préstamos reprogramados
ascendió a S/ 17,341 millones, lo que representa el 30% de la cartera de los
créditos Reactiva Perú (S/ 57,391 millones). https://cutt.ly/hOqj8K0
Noticias de interés
MÁS DE 160,000 EMPRESAS
APLAZAN PAGO DE DEUDAS DE REACTIVA PERÚ: El plazo para acogerse a la reprogramación de los
créditos obtenidos a través del programa Reactiva Perú venció el pasado 31 de
diciembre, y muchas empresas accedieron a esta facilidad de pago. Así, según
datos de Cofide, administrador del esquema, las reprogramaciones de deudas de
Reactiva Perú se concedieron a 160,560 empresas. Dicha
cifra representa el 33% o un tercio del total de empresas que tomaron créditos
de dicho programa (490,068). Asimismo, el saldo de préstamos reprogramados
ascendió a S/ 17,341 millones, lo que representa el 30% de la cartera de los
créditos Reactiva Perú (S/ 57,391 millones). https://cutt.ly/hOqj8K0
PERÚ SE ENCAMINA A SER
MIEMBRO DE LA OCDE: La Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económico (OCDE) anunció que iniciará el proceso de discusiones para la
adhesión -en el caso de países de Latinoamérica- de Perú, así como Argentina y
Brasil. La OCDE menciona que se comenzará con un proyecto de hoja de ruta para
Perú siempre que se confirme su adhesión a dos documentos clave y de
orientación adoptados por los miembros en la reunión más reciente del Consejo
Ministerial de la OCDE los días 5 y 6 de octubre de 2021: Declaración de la
Nueva Visión del 60° Aniversario y Declaración del Consejo Ministerial de 2021.
https://cutt.ly/sOqlhq0
CRECIMIENTO DEL PBI SERÍA
MENOR AL QUE ESTIMA EL MEF: El BBVA Research mantuvo en 2,3% su proyección de
crecimiento de la economía peruana para este año. Esta cifra es menor a la
estimada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) el último lunes, de
entre 3,5% y 4%.De acuerdo a Hugo Perea, economista jefe de BBVA Research, la
estimación de crecimiento del banco toma en cuenta que hacia finales de año se
recuperará al 100% la operatividad de sectores rezagados por la pandemia, un
menor impacto de la tercera ola, una disminución de la probabilidad de un
escenario político de decisiones radicales, entre otros. https://cutt.ly/rOqcwOb
DIARIO OFICIAL EL PERUANO 25 DE ENERO DE 2022 Y
NOTICIAS DE INTERÉS
SUNARP APRUEBA SERVICIO DE ALERTA REGISTRAL - RES. 007-2022-SUNARP/SN
(PUB. 25-1-22): Aprueban Servicio de
Alerta Normativa Registral, de suscripción gratuita, por el cual se informa a
los ciudadanos las normas registrales o de incidencia registral que se expiden
o modifican, los servicios que aprueba la Sunarp, los precedentes de
observancia obligatoria aprobados por el Tribunal Registral y otra información
de relevancia registral https://cutt.ly/1I4S3U3
SE ELEVAN LOS PRECIOS DE
REFERENCIA DE COMBUSTIBLES: El precio
de referencia de los combustibles, que publica semanalmente el Osinergmin,
sufrirá un incremento en todos los productos con excepción del GLP que
mantendrá su valor de S/. 3.04 por kilo. En el caso del diesél, usado
mayormente en el transporte, subirá de S/. 10.47 a S/. 10.72. https://cutt.ly/AI4DcDT
INFORME N°
004-2022-SUNAT/7T0000: CASO DE
EMPRESA NO OBLIGADA A UTILIZAR MEDIOS DE PAGO, POR ACCIONES EMITIDAS POR OTRA
EMPRESA NO DOMICILIADA QUE A SU VEZ ES PROPIETARIA DE UNA PERSONA JURÍDICA
DOMICILIADA EN EL PERÚ: La persona jurídica no domiciliada
que adquirió acciones emitidas por otra empresa no domiciliada que a su vez es
propietaria de una persona jurídica domiciliada en el Perú y realizó el pago
antes de la entrada en vigencia del literal e) del artículo 10 de la Ley del
Impuesto a la Renta, no se encontraba obligada a la utilización de medios de
pago, dispuesta por el Decreto Supremo N.° 150-2007-EF, por la referida
adquisición de acciones, a efecto de sustentar el costo computable de estas con
ocasión de su posterior enajenación. https://cutt.ly/BI4D4Yb
DIARIO OFICIAL EL PERUANO LUNES 24 DE ENERO DE 2022
APRUEBAN NUEVA VERSIÓN DEL PDT PLANILLA ELECTRÓNICA - PLAME FORMULARIO
VIRTUAL N° 0601- VERSIÓN 4.0. RESOLUCION N° 000016-2022/SUNAT fecha:
24/01/2022
Dicha versión será utilizada por:
a) Los
sujetos a que se refiere el artículo 4 de la Resolución de Superintendencia N°
183-2011/SUNAT obligados a cumplir con la presentación de la PLAME y la
declaración de los conceptos referidos en los incisos del b) al m), o), p), r)
y s) del artículo 7 de la mencionada resolución, a partir del período enero de
2022.
b) Aquellos sujetos que se encuentren
omisos a la presentación de la PLAME y a la declaración de los conceptos del b)
al m) y del o) al s) del artículo 7 de la Resolución de Superintendencia N°
183-2011/SUNAT por los períodos tributarios de noviembre de 2011 a diciembre de
2021, o deseen rectificar la información correspondiente a dichos períodos.
El PDT Planilla Electrónica - PLAME,
Formulario Virtual N° 0601 - Versión 4.0, estará a disposición de los
interesados a partir del 10 de febrero de 2022, siendo de uso
obligatorio a partir de dicha fecha. https://cutt.ly/TI1T6yo
INGRESO DE DINERO EN MONEDA EXTRANJERA AL PAÍS - CASACIÓN N° 431-2016
LIMA PUBLICADA el 23-01-2022 (página 5 a la 11)
SUMILLA: Para estar exonerado
de cualquier obligación relacionada al impuesto a la renta cuando se ingresa
dinero en moneda extranjera al país, es necesario demostrar que la suma
dineraria se poseyó en el país de donde proviene, pues de lo contrario
cualquier individuo que reciba dinero del extranjero podría acogerse al
beneficio de no pago del impuesto a la renta y con ello defraudar al Estado.
Lima, veinticuatro de enero de dos mil veinte. Texto completo de la
casación en el link: https://cutt.ly/0I1H7MH
DIARIO OFICIAL EL PERUANO 22 DE ENERO DE 2022
MODIFICAN IMPUESTO A LA RENTA: DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 20, 37 Y 51-A DE LA LEY,
NO CONSTITUYEN COSTO O GASTO DEDUCIBLE PARA EFECTOS DE DETERMINAR EL IMPUESTO A
LA RENTA LAS EROGACIONES DESCRITAS EN LOS TIPOS PENALES DE LOS DELITOS DE
COHECHO EN SUS DISTINTAS MODALIDADES REGULADOS EN EL CÓDIGO PENAL O EN LEYES
PENALES ESPECIALES - DECRETO
LEGISLATIVO N° 1522 FECHA: 22/01/2022 - https://cutt.ly/VIZA9Ir
PRORROGAN LA
EMERGENCIA SANITARIA A PARTIR DEL 2
DE MARZO DE 2022, POR UN PLAZO DE 180 DÍAS CALENDARIO - DECRETO
SUPREMO N° 003-2022-SA FECHA: 22/01/2022 https://cutt.ly/bIZSoVf
MODIFICAN LA NORMA VII DEL CÓDIGO TRIBUTARIO DECRETO
LEGISLATIVO N° 1521 FECHA: 22/01/2022 - La dación
de normas legales que contengan exoneraciones, incentivos o beneficios
tributarios, se sujetarán a las siguientes reglas:
a) Deberá
encontrarse sustentada en una Exposición de Motivos que contenga el objetivo y
alcances de la propuesta, el efecto de la vigencia de la norma que se propone
sobre la legislación nacional, el análisis cuantitativo del costo fiscal
estimado de la medida, especificando el ingreso alternativo respecto de los
ingresos que se dejarán de percibir a fin de no generar déficit presupuestario,
el sustento que demuestre que la medida adoptada resulta más eficaz y eficiente
respecto a otras opciones de política de gasto público considerando los
objetivos propuestos, y la evaluación de que no se generen condiciones de
competencia desiguales respecto a los contribuyentes no beneficiados. Estos
requisitos son de carácter concurrente.
El
cumplimiento de lo señalado en este inciso constituye condición esencial para
la evaluación y aprobación de la propuesta legislativa.
b) Deberá
ser acorde con los objetivos o propósitos específicos de la política fiscal
planteada por el Gobierno Nacional, consideradas en el Marco Macroeconómico
Multianual u otras disposiciones vinculadas a la gestión de las finanzas
públicas.
No deberá
concederse exoneraciones, incentivos o beneficios tributarios sobre impuestos
selectivos al consumo ni sobre bienes o servicios que dañen la salud y/o el
medio ambiente.
c) El
articulado de la propuesta legislativa deberá señalar de manera clara y
detallada el objetivo de la medida, los sujetos beneficiarios, los indicadores,
factores y/o aspectos que se emplearán para evaluar el impacto de la
exoneración, incentivo o beneficio tributario; así como el plazo de vigencia de
la exoneración, incentivo o beneficio tributario, el cual no podrá exceder de
tres (03) años.
Toda
exoneración, incentivo o beneficio tributario concedido sin señalar plazo de
vigencia, se entenderá otorgado por un plazo máximo de tres (3) años.
VER DETALLE COMPLETO EN EL SIGUIENTE LINK: https://cutt.ly/oIZAS51
DIARIO OFICIAL EL PERUANO Y NOTICIAS DE INTERÉS
VIERNES 21-01-22
MODIFICAN REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA D.S.
006-2022-EF FECHA: 21/01/2022
Se ha dispuesto la modificación del inc. c) del art. 109 del Rgto. de la LIR, a fin de adecuarlo a la R.M. 383-2021-EF/10, retirando de su redacción lo referente a que la autoridad competente para el procedimiento de acuerdo mutuo que en los convenios internacionales para evitar la doble imposición se pacta está representada por la SUNAT. https://cutt.ly/zIGUjAH
RES. VICEMINISTERIAL 001-2022-EF/15.01 (PUB. 21-1-22) REGULA PRECIOS
CIF DE REFERENCIA Y DERECHOS VARIABLES ADICIONALES APLICABLES A IMPORTACIONES
DE MAÍZ, AZÚCAR, ARROZ Y LECHE ENTERA EN POLVO
Se
ha dispuesto la publicación de los precios de referencia y los derechos
variables adicionales a que se refiere el D.S. 115-2001-EF respecto del periodo
comprendido desde el 1-12-21 hasta el 31-12-21.RES. VICEMINISTERIAL
001-2022-EF/15.01 https://cutt.ly/kIHvO5Z
RECAUDACIÓN
POR IGV CRECIÓ EN 41% EN EL 2021: La
recaudación por Impuesto General a las Ventas (IGV) creció en 41% el año pasado
respecto al 2020, principalmente por el IGV a las importaciones y, en menor
medida, por el IGV interno, informó el Banco Central de Reserva del Perú (BCR).
En este resultado influyó la mayor actividad económica, así como una menor base
de comparación, debido en parte al acogimiento de deuda al nuevo Régimen de
Aplazamiento y/o Fraccionamiento (RAF). https://cutt.ly/iIHvCBM
DIARIO OFICIAL EL PERUANO JUEVES 20-01-22 Y
NOTICIAS DE INTERÉS
VALOR DE LA UNIDAD DE
REFERENCIA PROCESAL (URP) PARA EL AÑO 2022 EN S/. 460, EQUIVALENTE AL 10% DE LA
UIT, Y APRUEBAN EL CUADRO DE VALORES DE LOS ARANCELES JUDICIALES PARA EL AÑO
2022 RESOLUCION
ADMINISTRATIVA N° 000002-2022-CE-PJ FECHA: 20/01/2022 https://cutt.ly/bIP3UDo
EMPRESA DE VIGILANCIA DEBE POSEER DOCUMENTOS DISPUESTOS POR LA LEY 27626. Confirman reparos de la SUNAT en el Impuesto a la Renta, al no exhibir la empresa usuaria los siguientes documentos:
•
Constancia de
inscripción en el Registro de entidades de Intermediación en MT.
•
Copia de la carta
fianza.
•
Registro de
asistencia de personal intermediado.
(Ver
páginas 10 a la 13 de RTF 2013_10_18606)
DÉFICIT
FISCAL ANUAL EN PERÚ BAJÓ A 2.6% DEL PBI EL 2021: El déficit fiscal disminuyó de 8.9% del producto
bruto interno (PBI) en el 2020 a 2.6% en el 2021, debido principalmente al
aumento de los ingresos tributarios del Gobierno nacional por efecto de la
recuperación de la actividad económica, una coyuntura internacional favorable y
el registro de ingresos extraordinarios por pagos de deudas tributarias por
acciones de fiscalización, informó el Banco Central de Reserva (BCR). Déficit
fiscal anual en Perú bajó a 2.6% del PBI el 2021 (elperuano.pe)
PRÁCTICAS PROFESIONALES Y PREPROFESIONALES: RECONOCIMIENTO COMO
EXPERIENCIA LABORAL LA LEY 31396 (PUB. 18-1-22, EN EDICIÓN EXTRAORDINARIA
DIARIO OFICIAL EL PERUANO)
Ha sido promulgada con el objeto de reconocer como experiencia laboral las prácticas preprofesionales y las prácticas profesionales realizadas por los estudiantes y egresados de las instituciones de educación superior universitaria y no universitaria en las diversas instituciones públicas y privadas. LEY 31396 ver link https://cutt.ly/5IIgLVC
SUNAFIL MULTA A EMPRESA A PESAR QUE TRABAJADORES
ENCARGADOS DE ATENDER EL REQUERIMIENTO ESTABAN ENFERMOS CON EL COVID 19: El inspeccionado fue sancionado por no
presentar dentro del plazo (hasta el 4-2-21) el integro de la documentación
requerida (RLGIT, art. 46, num. 46.3). En su defensa, señaló que no pudo
entregar toda la información (dentro del plazo), pues la contadora, el
administrador y el gerente de la empresa se contagiaron de la COVID-19. Precisó
que debía ser exento de responsabilidad, pues esa situación constituía un
supuesto de fuerza mayor. Para acreditar lo señalado, presentó los certificados médicos de los
mencionados trabajadores.
Si bien se trata de un asunto
sensible, como es el estado de enfermedad de tres de sus trabajadores, el
inspeccionado no acreditó que las mencionadas personas (contadora, el
administrador y el gerente) eran las únicas que podían atender el requerimiento
de información. El supuesto de fuerza mayor no se configuró pues el
inspeccionado pudo realizar otras gestiones para dar cumplimiento a lo
solicitado por la Sunafil.
Con relación a los supuestos de
“caso fortuito” o “fuerza mayor”, la Sala citó la Cas. 1693-2014, Lima. En
dicha sentencia, la Corte Suprema declaró lo siguiente: “se debe entender como
“caso fortuito” cuando es posible evitar el daño producido mediante actos de
previsibilidad, esto es, se puede evitar mediante una diligencia normal, en
cambio será “fuerza mayor” cuando aun habiéndose previsto, era imposible
impedir que se produzca el daño, como se daría el caso en los casos de
desastres naturales”
Res. 344-2021-SUNAFIL/TFL-Primera Sala de 24-9-21
VER DETALLE EN EL SIGUIENTE LINK: https://cutt.ly/JIIrgS
DIARIO OFICIAL EL PERUANO Y NOTICIAS DE INTERÉS
APRUEBAN PORCENTAJE DE
DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO RESOLUCION
N° 000008-2022/SUNAT FECHA: 12/01/2022
MES |
PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DEL ISC (%) |
Octubre 2021 |
10.83% |
Noviembre 2021 |
11.21% |
Diciembre 2021 |
11.89% |
DEJAN SIN EFECTO LA R.J.
Nº 000043-2020/JNAC/RENIEC POR LA CUAL SE PRORROGÓ EXCEPCIONALMENTE EN TANTO
DURE EL ESTADO DE EMERGENCIA LA VIGENCIA DE LOS DNI CADUCOS O QUE ESTÉN POR
CADUCAR RESOLUCION
JEFATURAL N° 000004-2022/JNAC/RENIEC FECHA: 13/01/2022 https://cutt.ly/kIsfpEX
DESTINARÁN
S/. 1,141 MILLONES A LOS PROGRAMAS DE VIVIENDA: Este año, el Gobierno destinará 1,141 millones de
soles al desarrollo de los programas habitacionales en el país, informó el
titular del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), Geiner
Alvarado. "La asignación de estos recursos permitirá que 42,000 familias,
de los ámbitos urbano y rural, puedan acceder a una vivienda digna y segura,
además se generarán 35,000 puestos de trabajo, lo que contribuirá a dinamizar
la economía nacional", declaró en conferencia de prensa de la Presidencia
del Consejo de Ministros (PCM). Destinarán
S/ 1,141 millones a los programas de vivienda (elperuano.pe)
NO
HAY RECURSOS PARA PAGAR A FONAVISTAS:
El pleno del Congreso aprobó ayer en primera votación (exonerándolo de la
segunda) con 111 a favor y 3 en contra, el texto sustitutorio de la Comisión de
Economía que precisa la Ley 31173, la cual garantiza el cumplimiento de la Ley
29625 (ley de devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que
contribuyeron a este fondo), priorizando a la población vulnerable como
consecuencia de la pandemia. Silvia Monteza, presidenta de la Comisión de
Economía, señaló que la propuesta implica tomar en cuenta el índice de precios
al consumidor (IPC) para la devolución, lo que originaría que la deuda
resultante ascienda a S/42.008 millones. Luis Miguel Castilla, exministro de
Economía y Finanzas, aseguró que no es posible utilizar para el pago la
liquidación de los activos del Fonavi, pues estos ya no existen. Ellos,
apunta, han sido utilizados para obras de vivienda popular, obras de
saneamiento, entre otros, y no hay forma alguna de que se puedan individualizar
los montos de los aportantes. Fonavi:
Congreso aprueba cambios a ley de devolución de aportes | MEF | Economía | La
República (larepublica.pe)
EL PERUANO 11 DE ENERO DE 2021
APRUEBAN TABLA DE
VALORES REFERENCIALES DE VEHÍCULOS PARA DETERMINAR LA BASE IMPONIBLE DEL
IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2022 RESOLUCION
MINISTERIAL N° 003-2022-EF/15 FECHA: 11/01/2022 https://cutt.ly/2IrZD5G
DESIGNAN
SUPERINTENDENTE DE LA SUNAFIL RESOLUCION
SUPREMA N° 001-2022-TR FECHA: 11/01/2022 https://cutt.ly/lIrZNLa
MODIFICAN FORMATOS DE PAPELETA DE INFRACCIÓN Y PAPELETA DEL
CONDUCTOR EN LA RED VIAL NACIONAL Y DEPARTAMENTAL O REGIONAL RESOLUCION
N° D000003-2022-SUTRAN-SP FECHA: 11/01/2022 https://cutt.ly/CIrZ6TE
NOTICIAS DE INTERÉS LUNES 10 DE ENERO 2022
|
EL PERUANO SÁBADO 08 DE ENERO DE 2022
DECRETO SUPREMO QUE
DECLARA EL AÑO 2022 COMO EL AÑO DEL FORTALECIMIENTO DE LA SOBERANÍA NACIONAL DECRETO
SUPREMO N° 003-2022-PCM FECHA: 08/01/2022 https://cutt.ly/OU3S04o
APRUEBAN PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE DIVERSAS SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN SUSCRITAS CON LA FIRMA ELECTRÓNICA MEDIANTE EL SISTEMA DE INTERMEDIACIÓN DIGITAL DE LA SUNARP SID-SUNARP RESOLUCION N° 001-2022-SUNARP/SN FECHA: 08/01/2022 https://cutt.ly/0U3S6GM
DIARIO OFICIAL EL PERUANO 01.01.2022
ÍNDICE DE PRECIOS AL
CONSUMIDOR A NIVEL NACIONAL E ÍNDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR DE LIMA
METROPOLITANA AL MES DE DICIEMBRE DE 2021 RESOLUCION
JEFATURAL N° 306-2021-INEI FECHA: 01/01/2022 https://cutt.ly/DUP7cGK
ÍNDICE DE PRECIOS AL
POR MAYOR A NIVEL NACIONAL CORRESPONDIENTE AL MES DE DICIEMBRE DE 2021 RESOLUCION
JEFATURAL N° 307-2021-INEI FECHA: 01/01/2022 https://cutt.ly/EUP7U7H