APRUEBAN REGLAMENTO PARA CATEGORIZACIÓN Y
CALIFICACIÓN TURÍSTICA DE RESTAURANTES – D.S. N° 011-2019-MINCETUR de fecha 24/11/2019
Aprueban
Reglamento para la categorización y calificación turística de restaurantes, que
consta de 8 capítulos, 29 artículos, 24 disposiciones complementarias finales, 4
disposiciones complementarias transitorias y 6 anexos.
El presente reglamento es de aplicación para la Municipalidad
Metropolitana de Lima, los gobiernos regionales y la persona titular del restaurante
que solicite u ostente la categorización y la calificación de “Restaurante Turístico”, según corresponda.
CATEGORIZACIÓN Y CALIFICACIÓN DE “RESTAURANTE TURÍSTICO”
La
persona titular del restaurante puede solicitar al órgano competente, de manera
voluntaria, su categorización de 1, 2, 3, 4 o 5 tenedores, debiendo cumplir
para tal efecto con las condiciones mínimas de infraestructura, equipamiento,
servicio y personal, establecidas en los Anexos I, II, III, IV y V del presente
reglamento, según corresponda.
La persona titular del restaurante tiene la facultad
de solicitar al órgano competente, de manera voluntaria, la calificación de
“Restaurante Turístico”, de manera simultánea o posterior a la categorización,
debiendo cumplir para tal efecto, además de las condiciones mínimas a las que
se refiere el numeral anterior, con las disposiciones contenidas en el Capítulo
IV del presente reglamento.
CALIFICACIÓN DE “RESTAURANTE TURÍSTICO”
La calificación de “Restaurante Turístico”, puede ser
solicitada en forma simultánea a la solicitud de categorización, o en fecha
posterior. Para tal efecto se debe acreditar que el restaurante cumple con
alguna de las condiciones siguientes:
a) Se
ubique en una zona de calificación especial otorgada por el Sector Cultura.
b) Se
ubique en un área natural protegida por el Estado.
c) Se
ubique en un inmueble declarado Patrimonio Cultural de la Nación que permita
brindar el servicio de restaurante.
d) Se
dedique principalmente a la explotación de recursos gastronómicos de alguna o
varias regiones del Perú en forma permanente, que incluya especialidades,
platos y bebidas típicas.
e) Desarrolle
tendencias gastronómicas de vanguardia y/o que en la preparación de los
alimentos procure el rescate de técnicas culinarias ancestrales del Perú.
f) Difunda
muestras culturales del Perú de manera permanente, como parte de la decoración
del restaurante o en una sala especialmente acondicionada para tal fin.
g) Ofrezca
espectáculos de folclore nacional por lo menos dos veces a la semana en forma
regular.