viernes, 2 de octubre de 2020

 

JUEVES 8 Y VIERNES 9 DE OCTUBRE SON DÍAS FERIADOS DECLARADOS COMO DÍAS LABORABLES  - D.U. N° 118-2020 Fecha: 02/10/2020

EL D.U. 118-2020 (pub. 2-10-20) ha dispuesto, entre otras medidas, dejar sin efecto el feriado nacional del día jueves 8 de octubre de 2020. Asimismo, el D.S. 161-2020-PCM (pub. 2-10-20) ha modificado el D.S. 197-2019-PCM, mediante el cual se establecen los días no laborables en el sector público, con la finalidad de dejar sin efecto como día no laborable el viernes 9 de octubre del presente año.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-de-urgencia-que-dicta-medidas-extraordinarias-y-urge-decreto-de-urgencia-n-118-2020-1889800-1

 

 

PODER JUDICIAL: RECOMENDACIÓN A PERSONAS QUE TIENEN MÁS DE 65 AÑOS DE EDAD RESPECTO A LA ASISTENCIA FÍSICA A LOS LOCALES DEL PODER JUDICIAL

RES. ADM. N° 000280-2020-CE-PJ Fecha: 02/10/2020

La Res. Adm. 000280-2020-CE-PJ (pub. 2-10-20) ha modificado la Res. Adm. 000258-2020-CE-PJ, a efectos de establecer como recomendación a las personas que tienen más de 65 años de edad o presenten comorbilidades, a no asistir físicamente a los locales del Poder Judicial. El usuario judicial que decide concurrir lo hará bajo su exclusiva responsabilidad.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/modifican-el-articulo-primero-de-la-resolucion-administrativ-resolucion-administrativa-no-000280-2020-ce-pj-1889563-6

 

 

DECRETO DE URGENCIA QUE DICTA MEDIDAS EXTRAORDINARIAS Y URGENTES PARA REFORZAR LA RESPUESTA SANITARIA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL DENGUE EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA NACIONAL POR LA COVID-19  D.U  N° 118-2020  FECHA: 02/10/2020  https://cutt.ly/ef4Yu24

 

APRUEBAN EL NUEVO REGLAMENTO DEL SISTEMA MVNET Y SMV VIRTUAL  RESOLUCION N° 092-2020-SMV/02  FECHA: 02/10/2020  https://cutt.ly/Of4URTd

 
 

APRUEBAN LA DIRECTIVA N° 015-2020-CE-PJ DENOMINADA INDUCCIÓN LABORAL EN EL PODER JUDICIAL  RES. A. N° 000278-2020-CE-PJ  FECHA: 02/10/2020   https://cutt.ly/if4UiCv

 

 

 

LINEAMIENTOS SECTORIALES PARA PREVENCIÓN DEL COVID-19 EN SERVICIO DE TRANSPORTE AÉREO DE PASAJEROS INTERNACIONAL - R. M. N° 0643-2020-MTC/01   FECHA: 30/09/2020 

https://cutt.ly/Mf8c8Qd

 

REINICIO DE ACTIVIDADES DE TRANSPORTE DE PASAJEROS POR VÍA AÉREA A TRAVÉS DE VUELOS INTERNACIONALES A DESTINOS SANITARIOS  R. M. N° 0642-2020-MTC/01  FECHA: 30/09/2020  https://cutt.ly/rf8c2IL

LEY DE TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DEL HOGAR  - LEY N° 31047  FECHA: 01/10/2020  https://cutt.ly/Sf8cU9K

 

ÍNDICES DE PRECIOS AL CONSUMIDOR A NIVEL NACIONAL Y DE LIMA METROPOLITANA CORRESPONDIENTES AL MES DE SETIEMBRE 2020  RES. JEFATURAL N° 174-2020-INEI  FECHA: 01/10/2020   https://cutt.ly/6f8cZ4E

 

GOBIERNO PLANTEA DAR GARANTÍA ESTATAL PARA CRÉDITOS PERSONALES, DE VIVIENDA Y MYPES: El jefe de Estado Martín Vizcarra anunció la presentación ante el Congreso de un proyecto para solucionar el problema de la falta de pago de los créditos de consumo, hipotecario y microempresa. La propuesta normativa establece un programa de garantía estatal para la reprogramación de créditos con el aval parcial del Estado. "La reapertura de la Economía ha permitido que muchos peruanos puedan pagar sus deudas. Se estima que más o menos que el 75% de los deudores que han reprogramado sus deudas, ya comenzaron a pagarlas. No obstante, sabemos que hay un grupo de peruanos que todavía requiere de cierta flexibilización en las tasas de interés y en los pagos por lo que hemos diseñado en coordinación con la SBS y BCR un programa de garantía estatal para la reprogramación de créditos", dijo la ministra de Economía, María Antonieta Alva. Agregó que con esta propuesta se espera enfocar -básicamente- en los ciudadanos más vulnerables que antes de la pandemia eran buenos pagadores. ¿En qué consiste el programa? "Es un programa a través del cual el Estado va a dar un aval parcial a las entidades financieras siempre y cuando estas cumplan con dos tareas", dijo Alva. La primera tarea es la de reprogramar los plazos de los créditos y la segunda es la reducir el costo financiero para los clientes -en al menos- 20%. https://larepublica.pe/economia/2020/10/01/gobierno-garantizaria-reprogramacion-de-creditos-reduciendo-tasas-en-20-la-republica/

 

SUNAFIL VALIDA EL USO EXCEPCIONAL DE CONTRATOS TEMPORALES DURANTE LA CRISIS SANITARIA: La SUNAFIL emitió un nuevo criterio normativo que permite al empleador usar contratos sujetos a plazo fijo utilizando como justificación el contexto de la pandemia global causada por el covid-19, así como el de la reactivación económica. Con este criterio se valida el uso excepcional de contratos temporales de trabajo durante la pandemia.

 

FACILITAN HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2021 EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES A LOS SUJETOS DESIGNADOS COMO EMISORES ELECTRÓNICOS OBLIGADOS A EMITIR EL RECIBO ELECTRÓNICO SP  RES. N° 000160-2020/SUNAT  FECHA: 30/09/2020

Se establece que hasta el 30-6-21, las empresas comprendidas en los incs. c) al f) del párr. 2.1 de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Res. 206-2019/SUNAT podrán emitir los documentos autorizados a que se refiere el lit. d) del inc. 6.1 del num. 6 del art. 4 del Rgto. de Comprobantes de Pago, por las operaciones contempladas en el citado párrafo 2.1.

https://cutt.ly/0f3u0Qa

 

AUTORIZAN LA PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA MEDIANTE EL SISTEMA DE INTERMEDIACIÓN DIGITAL DE LA SUNARP DE ACTOS CORRESPONDIENTES AL REGISTRO DE PERSONAS NATURALES RES. N° 140-2020-SUNARP/SN  FECHA: 30/09/2020   https://cutt.ly/Rf3uNJn

 

EL EJECUTIVO IRÁ POR EL REAJUSTE DE TASAS DE INTERÉS: El Ejecutivo definirá hoy en reunión de Consejo de Ministros una propuesta para solucionar el problema de los créditos personales en el sistema financiero, según informó el presidente de la República, Martín Vizcarra. "Estamos preocupados en los efectos que está generando en la población el Covid-19. Y no solamente son efectos en la salud, sino también en la pérdida de empleo y en la economía. Entre ellos están algunas personas y empresas que necesitan financiamiento. Por eso hemos sacado Reactiva para no romper la cadena de pagos, pero también hay problema del crédito personal", manifestó. Más temprano, el premier Walter Martos adelantó que la propuesta no solo se enfocará en la reprogramación de deudas sino también en un reajuste de los intereses. "Hemos tenido reuniones con la ministra de Economía y con los representantes de la banca. Se ha conversado, y no solamente se trata de una reprogramación de deudas, sino de un reajuste de los intereses que está teniendo cada uno de los deudores del sistema financiero", precisó Martos.

https://larepublica.pe/economia/2020/09/30/poder-ejecutivo-ira-por-el-reajuste-de-tasas-de-interes-la-republica/

 


RENTA JOVEN: BONO SERÁ DESTINADO ÚNICAMENTE PARA ALQUILER Y YA NO PARA AHORRO EN COMPRA DE CASA: Las modificaciones al programa Renta Joven estarían implementadas antes de fin de año, anunció el ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Carlos Lozada. El objetivo es incentivar las solicitudes, ante la poca demanda del bono. En diálogo con RPP, el titular del sector detalló que esta iniciativa no tuvo la aceptación requerida. Por ello, se está reformulando a través de un proyecto de ley que permita mejorar las condiciones para los interesados en este programa. Entre las principales modificaciones está que las inmobiliarias que construyan viviendas para alquilar sean exoneradas del 18% del IGV. Otra novedad es que el 100% del Bono de Renta Joven vaya dedicado al pago del alquiler, y ya no se destine un porcentaje al ahorro para la adquisición de una vivienda propia.

 

APRUEBAN LISTADO DE ENTIDADES QUE PODRÁN SER EXCEPTUADAS DE LA PERCEPCIÓN DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS  D.S N° 286-2020-EF  FECHA: 29/09/2020  

https://cutt.ly/Lf2GJP6

 

AMPLÍAN PLAZO PARA OTORGAMIENTO DE GARANTÍA DEL GOBIERNO NACIONAL A LOS CRÉDITOS DEL PROGRAMA REACTIVA PERÚ  D.S   N° 287-2020-EF   FECHA: 29/09/2020  

https://cutt.ly/Lf2GDCN

 

APRUEBAN PADRÓN DE HOGARES BENEFICIARIOS EN EL ÁMBITO URBANO DEL SUBSIDIO MONETARIO EN EL MARCO DE LA INTERVENCIÓN BONO UNIVERSAL

R.M. 220-2020-TR  FECHA: 29/09/2020  https://cutt.ly/Hf2G5SC
 

AUTORIZAN EL PLAN DE CAPACITACIÓN VIRTUALES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO  RES. ADMINIST. N° 000253-2020-CE-PJ  FECHA: 29/09/2020   https://cutt.ly/Hf2G0B4

DISPONEN QUE PARA LA PRESENTACIÓN FÍSICA DE ESCRITOS NO PODRÁN INGRESAR PERSONAS MAYORES DE 65 AÑOS DE EDAD  RES.ADMINIST.  N° 000258-2020-CE-PJ  FECHA: 29/09/2020  https://cutt.ly/yf2JtWR

 

APRUEBAN AMPLIACIÓN DE IMPLANTACIÓN DEL EXPEDIENTE JUDICIAL ELECTRÓNICO-EJE PILOTO EN LA ESPECIALIDAD LABORAL - NUEVA LEY PROCESAL DEL TRABAJO EN LAS CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD PUNO LAMBAYEQUE LIMA ESTE PIURA SANTA E ICA  RES. ADMINIST.  N° 000262-2020-CE-PJ  FECHA: 29/09/2020  https://cutt.ly/af2GCfg

 

AMPLÍAN HASTA EL 31 DE DICIEMBRE PLAZO PARA ACOGIMIENTO AL RÉGIMEN DE APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO DE LAS DEUDAS TRIBUTARIAS POR LA SUNAT  D.S  N° 285-2020-EF   FECHA: 28/09/2020   https://cutt.ly/9f0nhMB

 

PRORROGAN EN DETERMINADOS CASOS PLAZO PARA PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA REPORTE PAÍS POR PAÍS CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2019

RES. N° 000155-2020/SUNAT  FECHA: 28/09/2020   https://cutt.ly/Df0nMYd
 

APRUEBAN EL RÉGIMEN DE INCENTIVOS PARA EL PAGO DE LAS MULTAS ADMINISTRATIVAS IMPUESTAS POR EL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA  RES. JEFATURAL N° 0106-2020-MINAGRI-SENASA  FECHA: 28/09/2020   https://cutt.ly/of0nHPZ

 

APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS SANITARIOS ANTE EL COVID-19 PARA DESTINOS TURÍSTICOS  RES. M  N° 195-2020-MINCETUR  FECHA: 28/09/2020  https://cutt.ly/tf0nCov

 

APRUEBAN EL PROTOCOLO SANITARIO SECTORIAL ANTE EL COVID-19 PARA SALAS DE JUEGO  RES.M  N° 196-2020-MINCETUR  FECHA: 28/09/2020  https://cutt.ly/If0mpfC

 

ESTABLECEN IMPOSICIÓN DE SANCIONES NO PECUNIARIAS ASÍ COMO MEDIDAS CORRECTIVAS QUE CORRESPONDAN EN PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SANCIONADORES DE LA UIF-PERÚ Y MODIFICAN EL REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DEL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO RES.N° 2317-2020  FECHA: 28/09/2020   https://cutt.ly/8f0mb3h

 

 

MEDIDAS EXTRAORDINARIAS PARA VIABILIZAR LA ENTREGA DEL BONO UNIVERSAL EN EL MARCO DEL DECRETO DE URGENCIA N° 098-2020 - D.U  N° 116-2020   FECHA: 27/09/2020  https://cutt.ly/Sf1akaB

 

DEROGAN LA R.M. N° 081-2020-MINCETUR Y ESTABLECEN PRECISIONES RESPECTO A LOS SERVICIOS BRINDADOS EN ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE  RES.M   N° 194-2020-MINCETUR   FECHA: 27/09/2020   https://cutt.ly/gf1abnB

 

MODIFICAN RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 254-2013/SUNAT QUE APRUEBA LAS NORMAS RELATIVAS A LA AUTORIZACIÓN PARA EL INGRESO O SALIDA DE BIENES FISCALIZADOS  RES.  N° 000153-2020/SUNAT  FECHA: 27/09/2020   https://cutt.ly/pf1axWl

 

APRUEBAN EL REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DE GRADUALIDAD PARA LA APLICACIÓN DE LAS SANCIONES DE MULTA PREVISTAS EN LA LEY GENERAL DE ADUANAS PARA LAS INFRACCIONES COMETIDAS O DETECTADAS HASTA EL 30.12.2019  RES.  N° 000156-2020/SUNAT  FECHA: 27/09/2020    https://cutt.ly/Yf1ac5E

 

PRORROGAN ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL A PARTIR DEL JUEVES 01 DE OCTUBRE DE 2020 HASTA EL SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2020, A CONSECUENCIA DEL COVID-19 - D.S  N° 156-2020-PCM  FECHA: 26/09/2020

CUARENTENA FOCALIZADA: Dispóngase el aislamiento social obligatorio (cuarentena) en tres departamentos (Apurímac, Ayacucho, Huánuco) y sus tres provincias (Abancay, Huamanga y Huánuco), en los cuales está permitido el desplazamiento de las personas únicamente para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales, así como para la prestación de servicios de las actividades económicas autorizadas a la entrada en vigencia.

https://cutt.ly/lfMehZ2

 

 

APRUEBAN FASE 4 DE LA REANUDACIÓN DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DENTRO DEL MARCO DE LA DECLARATORIA DE EMERGENCIA SANITARIA  D.S   N° 157-2020-PCM  FECHA: 26/09/2020   https://cutt.ly/AfMesis

 

 

MODIFICAN REGLAMENTO PARA ACCEDER AL BONO FAMILIAR HABITACIONAL MODALIDAD DE APLICACIÓN DE CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO RES.M   N° 236-2020-VIVIENDA  FECHA: 26/09/2020 https://cutt.ly/XfMe3vl

 

 

AMPLIAN USO DE NOTIFICACIONES SOL PARA NOTIFICAR ACTOS ADMINISTRATIVOS Y REMITIR COMUNICACIONES  RES. N° 000154-2020/SUNAT  FECHA: 26/09/2020 https://cutt.ly/EfMeKph

 

 

DECLARAN DE INTERÉS REGIONAL PROTECCIÓN DE ZONA DE RESERVA ARTIFICIAL DE ARENA PARA ÚNICO USO DE TRASVASE TENDIENTE A LA RECUPERACIÓN Y REGENERACIÓN DEL BORDE COSTERO DE LOS BALNEARIOS LAS DELICIAS BUENOS AIRES Y HUANCHACO  ORDENANZA N° 010-2020-GRLL/CR   FECHA: 26/09/2020   https://cutt.ly/xfMevHm

 

 PODER JUDICIAL: SUSPENSIÓN DE LABORES, PLAZOS PROCESALES Y ADMINISTRATIVOS EN DIVERSOS DISTRITOS JUDICIALES DONDE SE HA DECLARADO LA CUARENTENA FOCALIZADA Y REINICIO DE LABORES EN LOS DISTRITOS JUDICIALES QUE SE ENCONTRABAN EN CUARENTENA HASTA EL 30-9-20 - RES. A  N° 000113-2020-P-CE-PJ FECHA: 23/09/2020  

Disponen la suspensión de las labores, plazos procesales y administrativos, a partir del 20-9-20, en los órganos jurisdiccionales y administrativos de los Distritos Judiciales que se encuentren en las jurisdicciones de los departamentos Cusco, Moquegua, Puno y Tacna, las provincias de Chachapoyas, Condorcanqui y Utcubamba del departamento de Amazonas, las provincias de Santa, Casma, Huaraz y Huarmey del departamento de Ancash, la provincia de Abancay del departamento de Apurímac, las provincias de Huamanga, Huanta, Lucanas y Parinacochas del departamento de Ayacucho, la provincia de Cajamarca del departamento de Cajamarca, la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica, las provincias de Huánuco, Leoncio Prado y Puerto Inca del departamento de Huánuco, las provincias de Ica y Pisco del departamento de Ica, las provincias de Huancayo y Satipo del departamento de Junín, la provincia de Huaral del departamento de Lima, la provincia de Tambopata del departamento de Madre de Dios, y las provincias de Pasco y Oxapampa del departamento de Pasco. En dichos Distritos judiciales, los órganos jurisdiccionales de emergencia designados y que se designen funcionarán del 20-9-20 al 30-9-20, y aquellos que no son de emergencia continuarán con sus labores en forma remota para expedir sentencias, actuaciones en procesos pendientes, realización de audiencias virtuales, entre otros que se requieran de atención. Asimismo, se señala que, a partir del 20-9-20, se reinician las labores, así como los plazos procesales y administrativos en los órganos jurisdiccionales y administrativos de los Distritos Judiciales ubicados en las jurisdicciones de los departamentos y provincias que se encontraban en aislamiento social obligatorio hasta el 30-9-20. En dichos órganos jurisdiccionales la jornada laboral se realiza, acorde a lo establecido en la Res. Adm. 000234-2020-CE-PJ, el trabajo presencial interdiario es de 09:00 a 14.00 horas y el trabajo remoto se efectivizará en el horario de ocho horas diarias.

https://cutt.ly/AfCn9gz

 

 

APRUEBAN PADRÓN DE HOGARES BENEFICIARIOS DEL BONO UNIVERSAL QUE CONTIENE LOS HOGARES BENEFICIARIOS EN EL ÁMBITO RURAL Y DE LOS PROGRAMAS NACIONALES JUNTOS PENSIÓN 65 Y CONTIGO - RES. M  N° 151-2020-MIDIS   FECHA: 23/09/2020  https://cutt.ly/0fCmoUX

 

MODIFICAN EL TUPA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO   DECRETO DE ALCALDIA N° 056-2020-MPT  FECHA: 23/09/2020   https://cutt.ly/pfCnGbc

 
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECLARA INFUNDADA PRESCRIPCIÓN DE DEUDAS A SUNAT: El pleno del Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda que buscaba la prescripción de las deudas de grandes empresas a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat).Los magistrados Eloy Espinosa-Saldaña Barrera, Manuel Miranda Canales, Carlos Ramos Núñez y Marianella Ledesma se pronunciaron por la inconstitucionalidad de la demanda; Augusto Ferrero Costa y Ernesto Blume, en sentido opuesto. Durante la deliberación, los magistrados adelantaron el sentido de su voto. El magistrado José Luis Sardón de Taboada se inhibió. Al momento de la votación, los integrantes del TC ratificaron sus posiciones. https://larepublica.pe/politica/2020/09/23/grandes-empresas-deben-pagar-tributos-al-igual-que-los-pequenos/
 
 
SEGUNDA OLA DE COVID-19 LLEGARÍA AL PERÚ EN POCAS SEMANAS: "Tenemos todos que estar preparados para lo que vaya a pasar en el mes que sigue, solo el día a día nos lo dirá, pero podemos enfrentar un rebrote como en Europa", reconoció ayer la ministra de Salud, Pilar Mazzetti. ¿Es inevitable que una segunda ola del nuevo coronavirus llegue al Perú? ¿En cuánto tiempo podría ocurrir? Para Ciro Maguiña, infectólogo y vicedecano del Colegio Médico, el propio comportamiento de una epidemia se caracteriza por presentar nuevas olas de contagios en pocas semanas, sobre todo cuando hay un descuido en las medidas de protección. https://larepublica.pe/sociedad/2020/09/23/coronavirus-en-peru-segunda-ola-de-covid-19-llegaria-al-peru-en-pocas-semanas/

 


¡Empresas deberán pagar deudas tributarias! TC rechaza demanda de inconstitucionalidad [STC 0004-2019-PI]

 

https://lpderecho.pe/tc-prescripcion-deudas-tributarias-expediente-0004-2019-pi-tc/

martes, 22 de septiembre de 2020

 

 

CORTE SUPREMA SENTENCIA: NO ES VÁLIDA LA COMPRA Y VENTA DE BIENES SIN ACUERDO DE AMBOS CÓNYUGES - SENTENCIA VIII PLENO CASATORIO CIVIL  FECHA: 22/09/2020

Sentencia de la Corte Suprema también aplica para unión de hecho. No incluye a parejas con separación de patrimonios ni para los bienes fuera de la sociedad de gananciales

https://cutt.ly/QfZGia3

 

 

PRESENTACIÓN DE CERTIFICADOS MÉDICOS PARTICULARES EMITIDOS FUERA DEL PLAZO DE 30 DÍAS HÁBILES PARA LA OBTENCIÓN DEL SUBSIDIO POR INCAPACIDAD TEMPORAL MIENTRAS DURE EL COVID-19 - RES. N° 1063-GG-ESSALUD-2020  FECHA: 22/09/2020  https://cutt.ly/zfZGwAX

 

 

PRORROGAN FUNCIONAMIENTO DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES PERMANENTES EN DIVERSAS CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Y DICTAN DIVERSAS DISPOSICIONES  RES. A  N° 000236-2020-CE-PJ  FECHA: 22/09/2020   https://cutt.ly/afZF18C

 

PODRÁN REPROGRAMAR DEUDAS MÁS DE UNA VEZ: La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) anunció que los prestatarios pueden reprogramar créditos en una segunda o más oportunidades para afinar la situación de pago, pero no de manera indefinida porque las entidades no serían sostenibles. La jefa de la SBS, Socorro Heysen, en entrevista con Andina, dejó en claro que un deudor con un préstamo refinanciado recientemente no puede acceder a este apoyo, debido a su calificación deteriorada. Señaló que hay deudores que necesitarán más periodos de gracia y quizás disminución de tasas de interés. Juan José Marthans, exjefe de la SBS, sostuvo que esta medida, para no romper la cadena de pago, va de acuerdo con los modelos a nivel mundial. "El frente financiero tiene que estar en condiciones de no paralizar el apoyo comercial y productivo del país. Si hablamos de buenos clientes que se vieron afectados, tienen que ser considerados en evaluaciones de tasas de interés de acuerdo con la coyuntura, un periodo de gracia y reprogramaciones", dijo a Perú21. https://peru21.pe/economia/podran-reprogramar-deudas-mas-de-una-vez-noticia/

 

ESTE LUNES 21 DE SETIEMBRE A HORAS 9.15 PM CONFERENCIA VIRTUAL SOBRE ACCIONES TRIBUTARIAS EN CENTROS EDUCATIVOS A CARGO DE NUESTRO SOCIO MIGUEL ARANCIBIA ALCÁNTARA.

 

VER VIDEO EN EL SIGUIENTE LINK:

https://www.facebook.com/miki.arancibiaalcantara/videos/5073392989344835/?notif_id=1600740796900540&notif_t=live_video_explicit&ref=notif

 

 EL PERUANO MARTES 22 DE SETIEMBRE DE 2020

 

 CORTE SUPREMA SENTENCIA: NO ES VÁLIDA LA COMPRA Y VENTA DE BIENES SIN ACUERDO DE AMBOS CÓNYUGES - SENTENCIA VIII PLENO CASATORIO CIVIL  FECHA: 22/09/2020

Sentencia de la Corte Suprema también aplica para unión de hecho. No incluye a parejas con separación de patrimonios ni para los bienes fuera de la sociedad de gananciales

https://cutt.ly/QfZGia3

  

PRESENTACIÓN DE CERTIFICADOS MÉDICOS PARTICULARES EMITIDOS FUERA DEL PLAZO DE 30 DÍAS HÁBILES PARA LA OBTENCIÓN DEL SUBSIDIO POR INCAPACIDAD TEMPORAL MIENTRAS DURE EL COVID-19 - RES. N° 1063-GG-ESSALUD-2020  FECHA: 22/09/2020  https://cutt.ly/zfZGwAX

 

 

PRORROGAN FUNCIONAMIENTO DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES PERMANENTES EN DIVERSAS CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Y DICTAN DIVERSAS DISPOSICIONES  RES. A  N° 000236-2020-CE-PJ  FECHA: 22/09/2020   https://cutt.ly/afZF18C

 

PODRÁN REPROGRAMAR DEUDAS MÁS DE UNA VEZ: La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) anunció que los prestatarios pueden reprogramar créditos en una segunda o más oportunidades para afinar la situación de pago, pero no de manera indefinida porque las entidades no serían sostenibles. La jefa de la SBS, Socorro Heysen, en entrevista con Andina, dejó en claro que un deudor con un préstamo refinanciado recientemente no puede acceder a este apoyo, debido a su calificación deteriorada. Señaló que hay deudores que necesitarán más periodos de gracia y quizás disminución de tasas de interés. Juan José Marthans, exjefe de la SBS, sostuvo que esta medida, para no romper la cadena de pago, va de acuerdo con los modelos a nivel mundial. "El frente financiero tiene que estar en condiciones de no paralizar el apoyo comercial y productivo del país. Si hablamos de buenos clientes que se vieron afectados, tienen que ser considerados en evaluaciones de tasas de interés de acuerdo con la coyuntura, un periodo de gracia y reprogramaciones", dijo a Perú21. https://peru21.pe/economia/podran-reprogramar-deudas-mas-de-una-vez-noticia/

 

ESTE LUNES 21 DE SETIEMBRE A HORAS 9.15 PM CONFERENCIA VIRTUAL SOBRE ACCIONES TRIBUTARIAS EN CENTROS EDUCATIVOS A CARGO DE NUESTRO SOCIO MIGUEL ARANCIBIA ALCÁNTARA.

 

VER VIDEO EN EL SIGUIENTE LINK:

https://www.facebook.com/miki.arancibiaalcantara/videos/5073392989344835/?notif_id=1600740796900540&notif_t=live_video_explicit&ref=notif

 

Estimados clientes:

 

La Administración Tributaria está iniciando acciones inductivas respecto al ESSALUD, ONP e impuesto a la renta de quinta categoría.

Este domingo 20 de septiembre de 2020, a las 9:15 pm, nuestro socio Miguel Arancibia Alcántara realizará unos comentarios sobre el tema.

 

VER VIDEO DE LA EXPOSICIÓN EN EL SIGUIENTE LINK: https://www.facebook.com/miki.arancibiaalcantara/videos/5068152853202182

 

 

 

 EL PERUANO DOMINGO 20 DE SETIEMBRE DE 2020

 

SUNAT APRUEBA A PARTIR DEL 1 DE OCTUBRE DE 2020 VERSIÓN 2.7 DEL PDT OTRAS RETENCIONES - FORMULARIO VIRTUAL N.° 617, INCLUSO PARA DECLARACIONES RECTIFICATORIAS - RES. N° 000151-2020/SUNAT  FECHA: 20/09/2020: El PDT Otras Retenciones - Formulario Virtual N.º 617 - versión 2.6 solo puede ser utilizado hasta el 30 de setiembre de 2020. https://cutt.ly/WfJGoqI

 
 

APRUEBAN TARJETA DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR ELECTRÓNICA (TIVE) A PARTIR DE 01 DE OCTUBRE DE 2020 RES. N° 131 -2020-SUNARP/SN  FECHA: 20/09/2020 https://cutt.ly/1fJGy9w

 

APRUEBAN OTORGAMIENTO DE GARANTÍA DEL GOBIERNO NACIONAL AL PROGRAMA DE GARANTÍA DEL GOBIERNO NACIONAL PARA EL FINANCIAMIENTO AGRARIO EMPRESARIAL - FAE AGRO D.S  N° 271-2020-EF   FECHA: 19/09/2020 https://cutt.ly/kfJFTJ9

 

sábado, 19 de septiembre de 2020

 

APRUEBAN DIRECTIVA ADMINISTRATIVA QUE REGULA LOS PROCEDIMIENTOS DE AFILIACIÓN AL SEGURO INTEGRAL DE SALUD RES. JEFATURAL N° 112-2020/SIS  FECHA:19/09/2020 

https://cutt.ly/2fHBXbR

 

MODIFICAN EL REGLAMENTO GENERAL DE CALIDAD DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE TELECOMUNICACIONES RES. N° 129-2020-CD/OSIPTEL  FECHA: 19/09/2020  https://cutt.ly/sfHNpAh

 

PROYECTO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA REGISTRO DE AFILIADOS AL ASEGURAMIENTO UNIVERSAL EN SALUD RES. N° 084-2020-SUSALUD/S  FECHA: 19/09/2020  https://cutt.ly/ufHNrjE

 

APRUEBAN REGLAMENTO DEL MODELO DE TRANSACCIÓN ELECTRÓNICA DE DATOS ESTANDARIZADOS DE FACTURACIÓN PARA EL INTERCAMBIO PRESTACIONAL EN SALUD -MODELO TEDEF-IP- RES. N° 087-2020-SUSALUD/S  FECHA: 19/09/2020 

https://cutt.ly/JfHNyRq
 

viernes, 18 de septiembre de 2020

 

MODIFICAN TUPA DEL SENCICO Y FORMULARIO CORRESPONDIENTE AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA CREADA U OBTENIDA POR LA ENTIDAD QUE SE ENCUENTRE O POSEE BAJO SU CONTROL  RES.M  N° 218-2020-VIVIENDA  FECHA: 17/09/2020   https://cutt.ly/vfFYJkx

 

FACULTAD DISCRECIONAL PARA NO DETERMINAR NI SANCIONAR INFRACCIONES PREVISTAS EN LA LEY GENERAL DE ADUANAS DURANTE COVID-19  RES. N° 000019-2020-SUNAT/300000  FECHA: 17/09/2020   https://cutt.ly/KfFYEVh

 MODIFICAN MEDIDAS DE CONVIVENCIA SOCIAL (CUARENTENA) Y PRORROGA ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL POR COVID-19 - D.S. N° 151-2020-PCM de fecha 17/09/2020

 

En la provincia de Trujillo del departamento de La Libertad, se mantiene la inmovilización social obligatoria los días domingo durante todo el día hasta las 4:00 horas del día siguiente.

Asimismo, los días domingo durante todo el día hasta las 4:00 horas del día siguiente, se encuentra prohibida, a nivel nacional, la circulación de vehículos particulares. Dicha medida regirá a partir del domingo 20 de setiembre de 2020.

 

Dispóngase el aislamiento social obligatorio (cuarentena) en las provincias y departamentos que se señalan en el cuadro adjunto, en los cuales está permitido el desplazamiento de las personas únicamente para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales, así como para la prestación de servicios de las actividades económicas autorizadas a la entrada en vigencia del presente decreto supremo.

CUARENTENA FOCALIZADA

DEPARTAMENTOS

PROVINCIAS

CUSCO

 TODAS

MOQUEGUA 

 TODAS

PUNO

 TODAS

TACNA

 TODAS

AMAZONAS 

CHACHAPOYAS 

CONDORCANQUI

UTCUBAMBA

ANCASH 

SANTA

CASMA

HUARAZ

HUARMEY

APURIMAC 

ABANCAY

AYACUCHO

HUAMANGA

HUANTA

LUCANAS

PARINACOCHAS

CAJAMARCA

CAJAMARCA

HUANCAVELICA 

HUANCAVELICA

HUÁNUCO

HUÁNUCO

LEONCIO PRADO

PUERTO INCA

ICA

ICA

PISCO

JUNÍN

HUANCAYO

SATIPO

LIMA 

HUARAL

MADRE DE DIOS

TAMBOPATA

PASCO

PASCO

OXAPAMPA

Artículo 2.- Modificación del numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 116-2020-PCM, modificado por Decretos Supremos N° 129-2020-PCM, N° 135-2020-PCM, N° 139-2020-PCM y N° 146-2020-PCM

Modifícase el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 116-2020-PCM, modificado por Decretos Supremos N° 129-2020-PCM, N° 135-2020-PCM, N° 139-2020-PCM y N° 146-2020-PCM, conforme al siguiente texto:

“Artículo 3.- Limitación al ejercicio del derecho a la libertad de tránsito de las personas

3.1. Durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional, se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios que regirá desde el lunes 21 de setiembre de 2020, desde las 23:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente, de lunes a domingo a nivel nacional; con excepción de los departamentos de Cusco, Moquegua, Puno y Tacna; y las provincias de Chachapoyas, Condorcanqui y Utcubamba del departamento de Amazonas, las provincias de Santa, Casma, Huaraz y Huarmey del departamento de Ancash, la provincia de Abancay del departamento de Apurímac, las provincias de Huamanga, Huanta, Lucanas y Parinacochas del departamento de Ayacucho, la provincia de Cajamarca del departamento de Cajamarca, la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica, las provincias de Huánuco, Leoncio Prado y Puerto Inca del departamento de Huánuco, las provincias de Ica y Pisco del departamento de Ica, las provincias de Huancayo y Satipo del departamento de Junín, la provincia de Huaral del departamento de Lima, la provincia de Tambopata del departamento de Madre de Dios y las provincias de Pasco y Oxapampa del departamento de Pasco, en los que la inmovilización social obligatoria de las personas en sus domicilios rige de lunes a sábado desde las 20:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente, y los días domingo durante todo el día hasta las 4:00 horas del día siguiente.

En el caso de la provincia de Trujillo del departamento de La Libertad, se mantiene la inmovilización social obligatoria los días domingo durante todo el día hasta las 4:00 horas del día siguiente.

Asimismo, los días domingo durante todo el día hasta las 4:00 horas del día siguiente, se encuentra prohibida, a nivel nacional, la circulación de vehículos particulares. Dicha medida regirá a partir del domingo 20 de setiembre de 2020.

Durante la inmovilización social obligatoria, se exceptúa el personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, servicios financieros, servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery), la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas, actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas, transporte de caudales, esto último según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Durante la inmovilización social obligatoria se permite que las farmacias, droguerías y boticas puedan brindar atención de acuerdo a la norma de la materia.

El personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el período de inmovilización social obligatoria siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad para fines de identificación. La autorización también es extensiva para las unidades móviles que los transporten para el cumplimiento de su función.

También se permite el desplazamiento de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud y la adquisición de medicamentos, sin restricciones por la inmovilización social obligatoria”.

(…)

Artículo 3.- Restricción de reuniones

Precísase que las reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, se encuentran prohibidas, por razones de salud y a efecto de evitar el incremento de los contagios a consecuencia del COVID-19.

Artículo 4.- Vigencia

El presente decreto supremo entrará en vigencia el 20 de setiembre de 2020, con excepción del horario señalado en el primer párrafo del numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 116-2020-PCM, modificado, entre otros, por el artículo 2 del presente decreto supremo, el mismo que entrará en vigencia el 21 de setiembre de 2020.

Precísase que continúan vigentes las demás disposiciones que se encuentran reguladas en el Decreto Supremo Nº 146-2020-PCM.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-supremo-que-modifica-el-decreto-supremo-n-116-2020-decreto-supremo-n-151-2020-pcm-1885582-1