viernes, 19 de abril de 2024

 

INFORME N° 000024-2024-SUNAT/7T0000

Los beneficios colectivos otorgados en monto dinerario por concepto de movilidad y refrigerio en virtud de un laudo arbitral a favor de los trabajadores comprendidos en los regímenes laborales de los decretos legislativos Nos. 728 y 1057, no se encuentran afectos al impuesto a la renta en la medida que dichos conceptos califiquen como condición de trabajo para su perceptor.

https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2024/informe-oficios/i000024-2024-7T0000.pdf

jueves, 18 de abril de 2024

 

LEY QUE AUTORIZA EL RETIRO EXTRAORDINARIO Y FACULTATIVO DE LOS FONDOS DE LOS AFILIADOS AL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES HASTA POR EL MONTO DE CUATRO UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT)  LEY N° 32002 FECHA: 18/04/2024 https://acortar.link/rQ7wGt

 

APRUEBAN DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS PARA LA APLICACIÓN DEL BENEFICIO TRIBUTARIO QUE OTORGA LA LEY N° 31828 LEY DEL JOVEN EMPRESARIO DECRETO SUPREMO N° 054-2024-EF FECHA: 18/04/2024 https://acortar.link/5RTVv0

lunes, 15 de abril de 2024

APRUEBAN PORCENTAJE REQUERIDO PARA DETERMINAR LÍMITE MÁXIMO DE DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO A LOS MESES DE ENERO, FEBRERO Y MARZO DE 2024 RESOLUCION N° 000075-2024/SUNAT FECHA: 14/04/2024   HTTPS://ACORTAR.LINK/QGFC37

 

MES

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DEL ISC (%)

Enero 2024

10.30%

Febrero 2024

10.35%

Marzo 2024

10.36%

 


viernes, 12 de abril de 2024

 

EL CONGRESO APRUEBA RETIRO DE HASTA S/ 20,600 DE LOS FONDOS DE LA AFP
En un debate con pocas ideas técnicas, pero sí cargado de populismo y voces que solo buscaban la cámara, el Congreso, tal y como se esperaba, aprobó con 97 votos a favor, cinco en contra y cinco abstenciones, el dictamen que permite el retiro de hasta 4 UIT (S/20,600) de los fondos de las AFP. La iniciativa fue exonerada de segunda votación. Atrás quedaron las recomendaciones del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el Banco Central de Reserva (BCR), la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), y diversos organismos tanto nacionales como internacionales que rechazaban el séptimo retiro que significará la salida de aproximadamente S/34,000 millones del Sistema Privado de Pensiones (SPP) y que más de ocho millones de afiliados se queden con saldo cero en sus cuentas. Hoy ya son más de dos millones los que no tienen ni un sol en sus fondos. https://acortar.link/LZwAJs


DÓLAR SE FORTALECE EN EL MUNDO Y EN EL PERÚ CIERRA A LA BAJA

El dato de inflación en marzo de Estados Unidos publicado este último miércoles ascendió a 3,5%, más de lo esperado por el mercado, lo que retrasaría el recorte detasas de la Reserva Federal (FED) de junio a setiembre. Ante este resultado, el tipo de cambió abrió al alza este jueves; sin embargo, al cierre del día, la cotización se estabilizó y fue de S/3,69, similar a la del martes. Alberto Arispe, gerente de Kallpa SAB, explicó que, a fines del 2023, el mercado esperaba que este año haya entre cinco y seis recortes de tasas de parte de la FED, hasta llegar a casi un 2% menos; sin embargo, al no ceder la inflación, se hace difícil que se inicie con este recorte. La expectativa de reducción detasas cada vez es menor. https://acortar.link/UZY5gO


SE MANTIENEN LAS TARIFAS ELÉCTRICAS

Luego de la revisión mensual que hace el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), las tarifas del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN) no tendrán variaciones.En tanto que las tarifas de los sistemas eléctricos aislados presentarán rebajas. En cumplimiento con lo establecido por la normativa sobre la actualización de las tarifas eléctricas, Osinergmin efectuó la revisión mensual correspondiente."Como resultado de esa revisión, a partir del 4 de abril del 2024 las tarifas eléctricas del SEIN no tendrán variaciones", afirmó. https://acortar.link/lxikV5


BCR RETOMA REDUCCIÓN DE SU TASA DE INTERÉS Y LA UBICA EN 6% ANUAL: El Banco Central de Reserva (BCR) redujo su tasa de interés referencial de 6.25% a 6% en abril. La decisión sorprendió al mercado que, en consenso, esperaba que el instituto emisor hiciera una pausa en su ciclo de recortes de su tasa de política monetaria."Futuros ajustes en la tasa de referencia estarán condicionados a la nueva información sobre la inflación y sus determinantes", expresó el BCR en su comunicado de política monetaria.En marzo, el instituto emisor mantuvo la tasas de referencia en 6.25%, tras un descenso continuo de seis meses, desde un pico de 7.75% en agosto del 2023. En dicha oportunidad, también sorprendió al mercado que anticipaba una rebaja en la tasa.La autoridad monetaria sostiene que para reducir la tasa de referencia tomó en cuenta la inflación mensual de marzo, que fue de 1.01%, así como la inflación sin alimentos y energía (0.88%). https://acortar.link/R2gX4X


DÓLAR SE FORTALECE EN EL MUNDO Y EN EL PERÚ CIERRA A LA BAJA: El dato de inflación en marzo de Estados Unidos publicado este último miércoles ascendió a 3,5%, más de lo esperado por el mercado, lo que retrasaría el recorte detasas de la Reserva Federal (FED) de junio a setiembre. Ante este resultado, el tipo de cambió abrió al alza este jueves; sin embargo, al cierre del día, la cotización se estabilizó y fue de S/3,69, similar a la delmartes.Alberto Arispe, gerente de Kallpa SAB, explicó que, a fines del 2023, el mercado esperaba que este año haya entre cinco y seis recortes de tasas de parte de la FED, hasta llegar a casi un 2% menos; sin embargo, al no ceder la inflación, se hace difícil que se iniciecon este re corte. La expectativa de reducción detasas cada vez es menor. https://acortar.link/UZY5gO

 


domingo, 7 de abril de 2024

 

SUNAT PUEDE EXIGIR MÁS DOCUMENTOS PARA ACREDITAR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE PROVEEDORES

Si bien conceptualmente un gasto puede considerarse deducible, la falta de documentación fehaciente que acredite la prestación del servicio puede llevar a su rechazo por parte de la Sunat. Expertos comentan que aún con ello, debe haber un límite.

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viernes, 5 de abril de 2024

 

*PENSIÓN DE AFILIADOS QUE RETIREN DE AFP SERÁ LA QUINTA PARTE DE SU SUELDO*

Afiliados jóvenes que retiren de su fondo de AFP y continúen aportando al sistema, recibirán pensión inferior, advierte IPE. https://acortar.link/sTKza9

 

*EMPRESAS PAGARÍAN MAYOR REPARACIÓN A TRABAJADORES REPUESTOS TRAS DESPIDOS ARBITRARIOS*

Comisión de Trabajo del Congreso aprobó incorporar el pago por “daños punitivos”, ¿cómo se calcularía este monto? https://acortar.link/cWhzUW

 

*GOBIERNO PEDIRÁ FACULTADES, PERO ANALISTAS ESTIMAN QUE SOLICITUD ES "MÁS DE LO MISMO"*

 El Poder Ejecutivo solicitará en los próximos días facultades legislativas ante el Congreso de la República para promover la inversión privada en el Perú. Sin embargo, dos exministros de Economía y Finanzas, consultados por Gestión, señalaron que no hay muchas novedades en los 11 pedidos que se plantearán. En esa línea de recuperar la economía del país, Gustavo Adrianzén, presidente del Consejo de Ministros, indicó ante el Parlamento -donde acudió para pedir el voto de confianza-, que el pedido del plazo para las facultades legislativas será de 90 días (tres meses). https://acortar.link/TaJxwX

 

ELECTRIFICACIÓN NACIONAL LLEGARÁ AL 96% EN 2026 

El Poder Ejecutivo se ha planteado la meta de alcanzar una cobertura eléctrica de 96% a escala nacional hacia el 2026, afirmó el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén. Esta iniciativa se enmarca dentro del objetivo de disminuir las brechas de este servicio en el ámbito rural, por lo que se gestiona una cartera de 111 proyectos de electrificación rural en todo el país para el período 2024-2026.Adrianzén comentó que al término de este año se prevé alcanzar una cobertura eléctrica rural de 88.1% mediante la culminación de 25 proyectos de electrificación. https://acortar.link/qqn7SP

sábado, 30 de marzo de 2024

 

Se posterga el uso del Sistema Integrado de Registros Electrónicos los sujetos obligados a ello a partir del período abril de 2024. Ahora empezarán en agosto 2024 - RES N° 000063-2024/SUNAT FECHA: 30/03/2024  https://n9.cl/jnpqc

 

domingo, 24 de marzo de 2024

CONGRESO DISCUTIRÁ DOS REFORMAS CLAVES PARA EL GOBIERNO EN ABRIL: ¿QUÉ DEBE ANALIZAR?

Gestión pudo conocer que el Legislativo está por concluir los dictámenes para la reforma tributaria y las contrataciones estatales. Estos son los aspectos positivos y negativos de las propuestas nacidas en el Poder Ejecutivo.

El Poder Ejecutivo presentó el proyecto de la nueva Ley de Contrataciones del Estado en junio del 2023. En el caso de las propuestas referidas al sistema tributario, fueron presentadas al Congreso el 5 de enero de este año.

El Congreso de la República del Perú se encuentra culminando los dictámenes pertinentes para iniciar el análisis en comisiones de dos reformas claves propuestas por el Poder Ejecutivo: la referida al sistema tributario y una nueva Ley de Contrataciones del Estado. Así lo confirmó César Revilla, presidente de la Comisión de Economía, a Gestión. El próximo mes ambas iniciativas serán puestas a debate en el referido grupo de trabajo legislativo.

https://gestion.pe/economia/congreso-discutira-dos-reformas-claves-para-el-gobierno-en-abril-que-debe-analizar-ley-de-contrataciones-reforma-tributaria-noticia/?utm_source=emBlue&utm_medium=newsletter&utm_campaign=NL_General_202403241110&utm_content=https://gestion.pe/economia/congreso-discutira-dos-reformas-claves-para-el-gobierno-en-abril-que-debe-analizar-ley-de-contrataciones-reforma-tributaria-noticia/&utm_term=&embtrk=5c2em-R-79407296-R-8e2dra-R-7e1ep4:#google_vignette






APRUEBAN NUEVA VERSIÓN DEL PDT DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO FORMULARIO VIRTUAL N° 615

 RESOLUCION N° 000058-2024/SUNAT Fecha: 24/03/2024

La versión 5.5 del PDT ISC - Formulario Virtual Nº 615 se encuentra a disposición de los interesados, en el portal de la SUNAT en la internet, cuya dirección electrónica es: http://www.sunat.gob.pe, a partir del 1 de abril de 2024, siendo de uso obligatorio desde dicha fecha, independientemente del periodo al que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones sustitutorias o rectificatorias.

https://diariooficial.elperuano.pe/Normas/VisorPDF


sábado, 23 de marzo de 2024

 

MODIFICAN EL REGLAMENTO DE LA LEY N° 30341 LEY QUE FOMENTA LA LIQUIDEZ E INTEGRACIÓN DEL MERCADO DE VALORES ECONOMIA Y FINANZAS DECRETO SUPREMO N° 032-2024-EF FECHA: 23/03/2024 https://n9.cl/5nghd

 

MODIFICAN EL REGLAMENTO INTERNO DE INSCRIPCIÓN Y EXCLUSIÓN DE VALORES EN EL REGISTRO DE VALORES DE LA BOLSA DE VALORES DE LIMA RESOLUCION N° 003-2024-SMV/01 FECHA: 23/03/2024  https://n9.cl/88hbt

 

APRUEBAN EL REGLAMENTO DEL SISTEMA MVNET Y SMV VIRTUAL RESOLUCION N° 004-2024-SMV/01 FECHA: 23/03/2024  https://n9.cl/mlbsjj

 

viernes, 22 de marzo de 2024

 PAGO DE UTILIDADES A TRABAJADORES ¿CUANDO ES DEDUCIBLE PARA EL IMPUESTO A LA RENTA?

El pago de utilidades a los trabajadores para que sea deducible en el cálculo del Impuesto a la Renta anual de 2023, TIENE que ser pagada hasta el mismo día que vence la presentación de la D.J. del Impuesto a la Renta.

 

NO SE CONSIDERAN PAGADAS LAS UTILIDADES POR AVISO PUBLICADO EN EL MEDIO DE PRENSA:

El Tribunal Fiscal citó que no es suficiente la publicación en el Diario “Correo”, poniendo de conocimiento a los trabajadores que los cheques para pago de utilidades están a disposición en la empresa.

Si bien los cheques para el pago de participaciones en utilidades se emitieron, no puede entenderse que desde esa fecha estuvieron a disposición de los ex trabajadores, pues la emisión de cheques no implica necesariamente que desde tal fecha pudieron ser cobrados.

RTF  2013_8_12554

https://www.mef.gob.pe/contenidos/tribu_fisc/Tribunal_Fiscal/PDFS/2013/8/2013_8_12554.pdf

 

SE CONSIDERAN PAGADAS LAS UTILIDADES A LOS TRABAJADORES:

Independientemente al depósito en la cuenta del trabajador que es una forma de probar que se le canceló, se considera percibida las utilidades cuando el trabajador o ex trabajador recoge el cheque a pesar que no lo cobró – Art. 59° de la Ley del Impuesto a la Renta.

Nota: De no cobrar, o no recoger sus cheques todos los trabajadores, solamente se deduce para el cálculo del Impuesto a la Renta, los trabajadores que cobraron o recogieron su cheque, a pesar que no los cobraron, en la medida que tenga fondos la empresa en la cuenta bancaria.

 

domingo, 17 de marzo de 2024


SIMPLIFICACIÓN DE REGÍMENES TRIBUTARIOS: 

EXPERTOS ADVIERTEN IMPACTO LIMITADO EN FORMALIDAD

Analistas consultados por Gestión revisan el proyecto de ley de simplificación de regímenes tributarios del MEF. José Arista, ministro de Economía y Finanzas, dice que texto enviado en la gestión anterior se está analizando.

El Poder Ejecutivo busca promover la formalidad y generar crecimiento con la simplificación de los regímenes tributarios a través de su proyecto de Ley Nº 6768/2023-PE que se encuentra bajo revisión en la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso de la República. Sin embargo, la propuesta estaría lejos de cumplir ese objetivo, debido a que no tendría suficientes incentivos para que el contribuyente se incorpore o permanezca en el Régimen General. Así indicaron la Cámara de Comercio de Lima (CCL) y expertos consultados.



sábado, 16 de marzo de 2024

 

APRUEBAN EXONERACIÓN DE UN PORCENTAJE DEL PAGO DE TASA POR DERECHO DE TRAMITACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE MARCAS DE PRODUCTOS SERVICIOS COLECTIVAS Y DE CERTIFICACIÓN NOMBRE COMERCIAL Y LEMA COMERCIAL A FAVOR DE LAS MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS SEGUIDO ANTE EL INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL – INDECOPI DECRETO SUPREMO N° 029-2024-PCM FECHA: 16/03/2024 https://acortar.link/n5ngrl

DECLARAN BARRERAS BUROCRÁTICAS ILEGALES LO DISPUESTO EN EL INCISO D) DEL ARTÍCULO 147 DEL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS Y EL CÓDIGO 18 DE LA TABLA DE SANCIONES APLICABLES A LAS INFRACCIONES PREVISTAS EN LA LEY GENERAL DE ADUANAS RESOLUCION N° 0115-2024/SEL-INDECOPI FECHA: 16/03/2024 https://acortar.link/fZFdze

DECLARAN BARRERA BUROCRÁTICA ILEGAL LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 36 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE MODERNIZACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD RESOLUCION N° 0177-2024/SEL-INDECOPI FECHA: 16/03/2024  https://acortar.link/i4u5jk

martes, 5 de marzo de 2024

 

TOMEMOS ACCIONES PREVENTIVAS CON NUESTROS PROVEEDORES: SUNAT PUBLICARÁ LISTA DE CONTRIBUYENTES SIN CAPACIDAD OPERATIVA. D. Leg. 1527 -  D.S. 233-2022-EF – D.S. 319-2023-EF  que rigen desde el 01-01-2023.

Los contribuyentes a efectos de no tener contingencias tributarias con el Impuesto a la Renta e IGV, deben tomar precauciones con operaciones que realicen con sus proveedores, muy independiente al cumplimiento de las normas de la bancarización, detracciones, guías de remisión, entre otras formalidades, recomendamos verificar previamente los siguientes hechos: 

  • VER SI PROVEEDOR CUENTA CON PERSONAL EN PLANILLA? (Especialmente proveedores de servicios)
  • TIENE ACTIVOS FIJOS FORMALES PARA OPERAR? (En su contabilidad no tiene activos propios, ni alquilados).
  • LOCALES QUE SE ALQUILAN CUENTAN CON DOCUMENTOS DE FECHA CIERTA?
  • LOCALES DONDE OPERAN ESTÁN DECLARADOS ANTE LA SUNAT?
  • LOCALES DONDE OPERAN SON SUFICIENTES EN CAPACIDAD (INFRAESTRUCTURA)? (Locales con producción con poca área)

La SUNAT puede efectuar actuaciones de ejecución inmediata tales como las inspecciones de locales ocupados, tomar declaraciones al sujeto o representantes que se encuentren en la intervención, efectuar tomas de inventario y realizar cualquier otra actuación.

La SUNAT y el Tribunal Fiscal en algunas viene calificándolas como operaciones no reales, citando al “proveedor sin capacidad económica, operativa y financiera”, a pesar que son operaciones de ejercicios anteriores al 2023.

Ver RTF 3958-10-2021, en la cual SUNAT fiscalizó el ejercicio 2016 https://www.mef.gob.pe/contenidos/tribu_fisc/Tribunal_Fiscal/PDFS/2021/10/2021_10_03958.pdf

viernes, 1 de marzo de 2024

 

Modificación de boletos de transporte aéreo regular de pasajeros por compañías de aviación

La Res. 000032-2024/SUNAT (pub. 1-3-24; vig. 2-3-24) ha modificado las Res. 097-2012/SUNAT y 117-2017/SUNAT, que regulan los SEE-Del Contribuyente y SEE-OSE, respectivamente, a fin de permitir que las compañías de aviación comercial que tienen la calidad de emisores electrónicos de comprobantes de pago, puedan modificar los boletos de transporte aéreo que hubieren emitido, a través de notas de crédito y notas de débito electrónicas emitidas a través de dichos sistemas.

https://acortar.link/RhKGAQ

 

Plan Sectorial de Promoción de la Libertad Sindical: Publicación del proyecto
La R.M. 027-2024-TR (pub. 1-3-24) ha dispuesto la publicación del proyecto de Plan Sectorial de Promoción de la Libertad Sindical y del proyecto de resolución ministerial que lo aprueba, en el portal web del Ministerio de Trabajo, a fin de recibir sugerencias, comentarios y recomendaciones de entidades públicas o privadas, así como de la ciudadanía en general, durante un período de 60 días hábiles.

https://acortar.link/lAInTT

martes, 27 de febrero de 2024

 

Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31315 Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional. DECRETO SUPREMO N° 003-2024-MIDAGRI Fecha: 27/02/2024

Establecen que a partir del período académico 2024 las universidades bajo responsabilidad se encuentran prohibidas de ofertar crear y/o admitir estudiantes en programas de pregrado con un componente de 100% de virtualidad; y dictan otras disposiciones. RESOLUCION N° 00006-2024-SUNEDU-CD Fecha: 27/02/2024

miércoles, 14 de febrero de 2024

 

Facultad discrecional de no sancionar las infracciones del art. 175, nums. 2 y 10 por no utilizar el SIRE en los plazos establecidos. Aplicación por los periodos enero, febrero y marzo 2024

La Res. de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos 000005-2024-SUNAT/700000 ha dispuesto ampliar los “Supuestos para la aplicación de la facultad discrecional” del Anexo de la Res. de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos 000039-2023-SUNAT/700000, relativos a las infracciones tipificadas en los nums. 2(1) y 10(2) del artículo 175 del Código Tributario, a fin de incluir a dichas infracciones cuando se configuren por los periodos enero, febrero y marzo de 2024.

1. “Llevar los libros de contabilidad, u otros libros y/o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolución de Superintendencia de la SUNAT, el registro almacenable de información básica u otros medios de control exigidos por las leyes y reglamentos; sin observar la forma y condiciones establecidas en las normas correspondientes.”

2. “No registrar o anotar dentro de los plazos máximos de atraso, ingresos, rentas, patrimonio, bienes, ventas, remuneraciones o actos gravados, o registrarlos o anotarlos por montos inferiores en el libro y/o registro electrónico que se encuentra obligado a llevar de dicha manera de conformidad con las leyes, reglamentos o Resolución de Superintendencia de la SUNAT.”   

https://acortar.link/McUrnq



Barreras burocráticas: Exigencia de cobro de cuota de reingreso de manera proporcional al grado o edad, de estudio pendiente o pendientes de conclusión en Colegios Privados

La Res. 0101-2024/SEL-INDECOPI ha declarado barrera burocrática ilegal a la exigencia de cobrar la cuota de reingreso de manera proporcional al grado o edad, de estudio pendiente o pendientes de conclusión en colegios privados, contenida en el Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica, aprobado por D.S. 005-2021-MINEDU.

https://acortar.link/1b7aU9

domingo, 11 de febrero de 2024

 

TOMEMOS ACCIONES PREVENTIVAS CON NUESTROS PROVEEDORES: SUNAT PUBLICARÁ LISTA DE CONTRIBUYENTES SIN CAPACIDAD OPERATIVA. D. Leg. 1527 -  D.S. 233-2022-EF – D.S. 319-2023-EF  que rigen desde el 01-01-2023.

Los contribuyentes a efectos de no tener contingencias tributarias con el Impuesto a la Renta e IGV, deben tomar precauciones con operaciones que realicen con sus proveedores, muy independiente al cumplimiento de las normas de la bancarización, detracciones, guías de remisión, entre otras formalidades, recomendando verificar previamente los siguientes hechos: 

  • PROVEEDOR CUENTA CON PERSONAL EN PLANILLA? (Especialmente proveedores de servicios)
  • TIENE ACTIVOS FIJOS FORMALES PARA OPERAR? (En su contabilidad no tiene activos propios, ni alquilados).
  • LOCALES QUE SE ALQUILAN CUENTAN CON DOCUMENTOS DE FECHA CIERTA?
  • LOCALES DONDE OPERAN ESTÁN DECLARADOS ANTE LA SUNAT?
  • LOCALES DONDE OPERAN SON SUFICIENTES EN CAPACIDAD (INFRAESTRUCTURA)? (Locales con producción con poca área)

La SUNAT puede efectuar actuaciones de ejecución inmediata tales como las inspecciones de locales ocupados, tomar declaraciones al sujeto o representantes que se encuentren en la intervención, efectuar tomas de inventario y realizar cualquier otra actuación.

La SUNAT y el Tribunal Fiscal en algunas viene calificándolas como operaciones no reales, citando al “proveedor sin capacidad económica, operativa y financiera”, a pesar que son operaciones de ejercicios anteriores al 2023.

Ver RTF 3958-10-2021, en la cual SUNAT fiscalizó el ejercicio 2016 https://www.mef.gob.pe/contenidos/tribu_fisc/Tribunal_Fiscal/PDFS/2021/10/2021_10_03958.pdf

 

 

GASTOS TRIBUTARIOS QUE NO ES OBLIGATORIO QUE SE CONTABILICEN

Para efectos de determinar la renta neta imponible de tercera categoría NO es exigible que los gastos devengados en el ejercicio deban encontrarse contabilizados en este para reconocer su deducción en la declaración jurada anual del impuesto a la renta, salvo los casos en que así se haya dispuesto en la normativa de dicho impuesto, como son la provisión de cobranza dudosa, la depreciación de los bienes del inciso b) del artículo 22° del Reglamento del Impuesto a la Renta.

Informe 004-2017-SUNAT/5D0000

https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2017/informe-oficios/i004-2017.pdf

jueves, 1 de febrero de 2024

 

DÍAS NO LABORABLES COMPENSABLES EN EL SECTOR PÚBLICO DURANTE EL AÑO 2024, CONSIDERADOS HÀBILES PARA EFECTOS TRIBUTARIOS  DECRETO SUPREMO N° 011-2024-PCM FECHA: 01/02/2024 - https://acortar.link/sUIp8E


Días no laborables en el sector público

- Viernes 26 de julio de 2024;

- Lunes 7 de octubre de 2024;

- Viernes 6 de diciembre de 2024;

- Lunes 23 de diciembre de 2024;

- Martes 24 de diciembre de 2024;

- Lunes 30 de diciembre de 2024;

- Martes 31 de diciembre de 2024.

Para fines tributarios, dichos días serán considerados hábiles

Compensación de horas: Las horas dejadas de laborar durante los días no laborables establecidos en el artículo precedente, serán compensadas según corresponda, en los diez (10) días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

 

Días no laborables en el sector privado: Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.

 

 

lunes, 29 de enero de 2024

 "RMV: EN ESTE MOMENTO NO PARECE RAZONABLE ELEVARLO" El salario mínimo vital debe sujetarse a la situación que vive el país: el impacto de la recesión es muy alto en el informal, microempresa y jóvenes, y sumado a la amenaza de El Niño, en este momento no parece razonable elevarlo, señaló Jorge Toyama, socio de Vinatea y Toyama. Otra cosa es su efecto: el salario mínimo peruano es casi 78% del promedio salarial. Es una tasa muy alta. La OCDE tiene una del 55% del salario mediano y en Estados Unidos es el 29%. ¿A qué se debe esta naturaleza de nuestro mercado laboral? Nuestro trabajador es poco productivo y no genera mucho valor a la empresa. Es más de servicios, comercio e informalidad el trabajador peruano. https://larepublica.pe/economia/2024/01/28/tras-el-mal-2023-es-oportuno-subir-ahora-el-sueldo-minimo-politica-salarial-en-peru-medidas-para-mejorar-los-ingresos-de-los-trabajadores-ministerio-del-trabajo-2221576

lunes, 22 de enero de 2024

 

SOLO 8% DE INFORMALES ACCEDE A UN EMPLEO FORMAL DE UN AÑO A OTRO: El Ejecutivo ha dado indicios de querer incrementar la remuneración mínima vital (RMV) para contrarrestar la pérdida de poder adquisitivo que enfrentan los peruanos. Sin embargo, esta medida no solo beneficiaría a un grupo muy reducido de la población, sino que aumentará las barreras de ingreso a empleos formales. Si el objetivo es proteger a los de menores recursos, los esfuerzos de política deben orientarse a impulsar la inversión privada y a hacer competitiva la regulación que impide la generación y el acceso a trabajo de calidad. El incremento del salario mínimo causará mayores rigideces -de por sí bastante altas- en el tránsito de trabajadores desde la informalidad hacia empleos formales. Entre el 2018 y el 2022, solo el 8% de trabajadores informales logró transitar hacia la formalidad de un año a otro, mientras que el 89% se mantuvo en la informalidad. Los más afectados serían los jóvenes cuyo primer empleo se da en la informalidad debido a que enfrentan una mayor probabilidad de quedarse en esa condición, de acuerdo con Miguel Jaramillo, investigador principal de Grade. https://elcomercio.pe/economia/ipe-solo-8-de-informales-accede-a-un-empleo-formal-de-un-ano-a-otro-noticia/

 

UNIVERSITARIOS SON MAYORÍA, PERO HAY 400 MIL DESEMPLEADOS: En el Perú, hay más mujeres que hombres que se matriculan en una universidad (632.632 inscritas frente a 597.598 varones). Sin embargo, un análisis de ECData de las cifras del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y del INEI muestra que el porcentaje de mujeres en actividad laboral continúa por debajo del de los hombres. Además, estos siguen ganando mensual mente un 28% más. Pese a que Lima y Arequipa son las dos regiones con más mujeres matriculadas en universidades, se encuentran entre los cinco departamentos con menor porcentaje de actividad laboral femenina. https://elcomercio.pe/ecdata/ecdata-mujeres-universitarias-son-mayoria-pero-hay-mas-de-439-mil-desempleadas-noticia/

viernes, 19 de enero de 2024

 

EL CRÉDITO FISCAL DEL IGV DE PROVEEDOR EN ESTADO DE “SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES” - RTF 1242-10-2023 de 10-2-23

Se revoca la apelada que declaró infundada las reclamación formulada contra las resoluciones de IGV de enero a diciembre de 2013 y la infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 178 del Código Tributario, en el extremo de los comprobantes de pago observados emitidos por proveedores no habilitados, dado que si bien la Administración afirma que uno de los proveedores tenía el estado de baja provisional de oficio a la fecha de emisión de la factura observada, tal condición no se puede verificar del portal institucional de la SUNAT; asimismo, si bien uno de sus proveedores tenía el estado de suspensión temporal a la fecha de emisión de las facturas observadas, tal condición no la inhabilita, pues con dicha emisión se entiende que reinició sus actividades, siendo que la referida condición no se puede verificar del portal institucional de la SUNAT. https://www.mef.gob.pe/contenidos/tribu_fisc/Tribunal_Fiscal/PDFS/2023/10/2023_10_01242.pdf

 

 

BARRERA BUROCRÁTICA: PROHIBICIÓN DE DEVOLUCIÓN DE LOS SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD TEMPORAL Y MATERNIDAD A EMPLEADORES QUE INCUMPLAN CON EL PAGO DE LAS APORTACIONES DE MANERA OPORTUNA E ÍNTEGRA. RESOLUCION N° 0750-2023/SEL-INDECOPI FECHA: 19/01/2024 https://acortar.link/xZXr9C

 

 

jueves, 18 de enero de 2024

 

FIJAN EN S/ 515.00 EL VALOR DE LA UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL (URP) PARA EL AÑO 2024 Y APRUEBAN EL CUADRO DE VALORES DE LOS ARANCELES JUDICIALES PARA EL AÑO 2024 RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000001-2024-CE-PJ FECHA: 18/01/2024  https://acortar.link/QRTr1E

miércoles, 17 de enero de 2024

 

RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR PESE A LA EXISTENCIA DE FACTORES PERSONALES DURANTE UN ACCIDENTE - Res. 025-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala de 16-1-23

 

Si en un accidente de trabajo concurren factores personales (responsabilidad del trabajador por imprudencia, por ejemplo), el empleador no queda liberado de responsabilidad. Aun cuando hayan concurrido factores personales en el accidente, es el empleador quien se encuentra a cargo del cumplimiento de la normativa en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).

Por tanto, si se acredita el incumplimiento de alguna o varias de sus obligaciones en materia de SST, el factor personal no lo libera de responsabilidad. Lo señalado se sustenta en el hecho de que un accidente se produce debido a una multicausalidad de hechos y no producto de una sola causa, ni mucho menos del azar.

 

APRUEBAN EL PORCENTAJE REQUERIDO PARA DETERMINAR EL LÍMITE MÁXIMO DE DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO A QUE SE REFIERE EL REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA Nº 012-2019 RESOLUCION N° 000004-2024/SUNAT FECHA: 17/01/2024 https://acortar.link/kczjQD

 

MES

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DEL ISC

(%)

Octubre 2023

9.11%

Noviembre 2023

9.18%

Diciembre 2023

9.78%

 

martes, 16 de enero de 2024

 

  • MODIFICAN LA LEY 28036 LEY DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO DEL DEPORTE A FIN DE PERMITIR A LOS DEPORTISTAS CALIFICADOS DE ALTO NIVEL Y PARA DEPORTISTAS ACCEDER A BECAS PARA ESTUDIOS DE POSGRADO A EFECTOS DE COMPLEMENTAR SU FORMACIÓN ACADÉMICA Y PROFESIONAL LEY N° 31978 FECHA: 16/01/2024
  • LEY QUE PROMUEVE EL EMPLEO TEMPORAL EN LOS PROGRAMAS LABORALES DEL ESTADO EN FAVOR DE LOS JÓVENES DE ENTRE 18 Y 29 AÑOS DE EDAD QUE SE ENCUENTREN EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD A FIN DE MEJORAR SU CALIDAD DE VIDA LEY N° 31979 FECHA: 16/01/2024
  • DECRETO SUPREMO QUE DISPONE EL REAJUSTE DE PENSIONES DEL RÉGIMEN DEL DECRETO LEY N° 20530 Y AUTORIZA TRANSFERENCIA DE PARTIDAS DECRETO SUPREMO N° 002-2024-EF Fecha: 16/01/2024
  • APRUEBAN TABLA DE VALORES REFERENCIALES DE VEHÍCULOS PARA EFECTOS DE DETERMINAR LA BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2024 RESOLUCION MINISTERIAL N° 010-2024-EF/15 FECHA: 16/01/2024

jueves, 11 de enero de 2024

 

LEY QUE AUTORIZA EXCEPCIONALMENTE A LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SUNAT) PARA DISPONER DE BIENES Y MERCANCÍAS LEY N° 31974 FECHA: 11/01/2024 https://acortar.link/kpyeX3

 

DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA LA OBLIGATORIEDAD DE LA NOTIFICACIÓN VÍA CASILLA ELECTRÓNICA DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS – SUNARP DECRETO SUPREMO N° 001-2024-JUS FECHA: 11/01/2024  https://acortar.link/AbPNL4

 

AMPLÍAN EXCEPCIONES A LA PRESENTACIÓN OBLIGATORIA POR EL SID-SUNARP A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 2 DE LA RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 169-2023-SUNARP/S RESOLUCION N° 006-2024-SUNARP/SN FECHA: 11/01/2024  https://acortar.link/0zYuCc

lunes, 1 de enero de 2024

 

APRUEBAN ÍNDICES DE PRECIOS AL CONSUMIDOR A NIVEL NACIONAL Y DE LIMA METROPOLITANA CORRESPONDIENTES AL MES DE DICIEMBRE DE 2023 RESOLUCION JEFATURAL N° 350-2023-INEI FECHA: 01/01/2024

APRUEBAN EL ÍNDICE DE PRECIOS AL POR MAYOR A NIVEL NACIONAL CORRESPONDIENTE AL MES DE DICIEMBRE DE 2023 RESOLUCION JEFATURAL N° 351-2023-INEI FECHA: 01/01/2024 

MODIFICAN EL PROCEDIMIENTO N° 32 CONSTANCIA DE IRRECUPERABILIDAD PARA CASTIGO TRIBUTARIO DE CRÉDITOS Y/O CUENTAS POR COBRAR DE EMPRESAS DE OPERACIONES MÚLTIPLES Y EMPRESAS ESPECIALIZADAS DEL TUPA DE LA SBS RESOLUCION SBS N° 04342-2023 FECHA: 01/01/2024