ATENCIÓN A NOTIFICACIONES DE FISCALIZACIÓN VÍA CORREO
ELECTRÓNICO QUE REALIZARÁ LA SUNAT A PARTIR DE MARZO DE 2015
Al
amparo de la Ley 30296 publicada el 31-12-2014, la SUNAT anuncia que
iniciará en el mes de marzo los procedimientos de fiscalizaciones parciales
electrónicas, notificando al deudor tributario, mediante correo electrónico
acompañando una liquidación preliminar del tributo a regularizar e intereses
respectivos, con el detalle de los reparos.
El
deudor tributario en un plazo de 10 días hábiles siguientes,
contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del inicio
de la fiscalización parcial electrónica, subsanará los reparos notificados, de
ser el caso, adjuntará documentación.
La
SUNAT, dentro de 20 días hábiles siguientes a la fecha en que vence el
plazo establecido en el párrafo anterior, notificará la Resolución de
Determinación con la cual se culmina el procedimiento de fiscalización, y de
ser el caso, la Resolución de Multa.
En
caso el deudor tributario no realice la subsanación correspondiente o no
sustente sus observaciones en el plazo establecido, la SUNAT notificará la
Resolución de Determinación con la cual culmina el procedimiento de
fiscalización, y de ser el caso, la Resolución de multa.
Reparos
anunciados a fiscalizar: La Jefa de
la SUNAT anunció que uno de los temas importantes a notificar serán las
operaciones falsas (comprobantes de favor). De igual forma se verificarán
reparos comunes como uso de vehículos, celulares, viajes, gastos de
alimentación, seguros de salud y educación.
Recomendación: Ver su buzón electrónico.
Base
legal: Artículos 61° y 62-B del
Código Tributario.