miércoles, 25 de febrero de 2015

ATENCIÓN A NOTIFICACIONES DE FISCALIZACIÓN VÍA CORREO ELECTRÓNICO QUE REALIZARÁ LA SUNAT A PARTIR DE MARZO DE 2015

Al amparo de la Ley 30296 publicada el 31-12-2014, la SUNAT anuncia que iniciará en el mes de marzo los procedimientos de fiscalizaciones parciales electrónicas, notificando al deudor tributario, mediante correo electrónico acompañando una liquidación preliminar del tributo a regularizar e intereses respectivos, con el detalle de los reparos.
El deudor tributario en un plazo de 10 días hábiles siguientes, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del inicio de la fiscalización parcial electrónica, subsanará los reparos notificados, de ser el caso, adjuntará documentación.
La SUNAT, dentro de 20 días hábiles siguientes a la fecha en que vence el plazo establecido en el párrafo anterior, notificará la Resolución de Determinación con la cual se culmina el procedimiento de fiscalización, y de ser el caso, la Resolución de Multa.
En caso el deudor tributario no realice la subsanación correspondiente o no sustente sus observaciones en el plazo establecido, la SUNAT notificará la Resolución de Determinación con la cual culmina el procedimiento de fiscalización, y de ser el caso, la Resolución de multa.
Reparos anunciados a fiscalizar: La Jefa de la SUNAT anunció que uno de los temas importantes a notificar serán las operaciones falsas (comprobantes de favor). De igual forma se verificarán reparos comunes como uso de vehículos, celulares, viajes, gastos de alimentación, seguros de salud y educación.
Recomendación: Ver su buzón electrónico.

Base legal: Artículos 61° y 62-B del Código Tributario. 

domingo, 22 de febrero de 2015

ENTREVISTA REALIZADA POR SOL TV CANAL 21 REALIZADO AL COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE LA LIBERTAD SOBRE LA VIABILIDAD DE CELEBRAR CONVENIO ENTRE EL MUNICIPIO DE TRUJILLO Y LA SUNAT - DÍA 20 DE FEBRERO DE 2015.


viernes, 20 de febrero de 2015






SEMINARIO - Trujillo
Sábado 21 febrero 2015
http://www.aempresarial.com/boletin/logo_aempresarial_bol.jpg

IMPUESTO A LA RENTA 2014 - MODIFICACIONES 2015
SEDE:
Centro de Convenciones Palacio del Hierro
Jr. Pizarro 639 Centro Histórico - Trujillo


HORARIO:
Sábado 21 febrero 2015
9:00 a.m. – 1:00 p.m. / 3:00 p.m. – 7:00 p.m.
Acreditación: 8:30 a.m.
EXPOSITOR:
Miguel Arancibia Cueva
AUSPICIA:
Actualidad Empresarial
INCLUYE:
• Libro Teoría y práctica del impuesto a la renta. Ejercicio 2014-2015 Casos aplicados NIIF - PCGE
• Material de exposición
• Medios audiovisuales
• Certificado de participación
• Coffee break

INFORMES:
Jr. Ayacucho 513 OF. 206
Telf.: 044-233042 - RPC. 943736377
RPM: #9497-11760
GIRO DE CHEQUE A NOMBRE DE
ASESORÍA Y EVENTOS PACÍFICO S.A.C.
INVERSIÓN:
SEMINARIO + LIBRO
SUSCRIPTORES: S/.139.00
NO SUSCRIPTORES: S/.180.00

SEMINARIO
SUSCRIPTORES: S/.70.00
NO SUSCRIPTORES: S/.90.00

LIBRO
SUSCRIPTORES: S/.100.00
NO SUSCRIPTORES: S/.130.00
Los precios incluyen IGV


DEPÓSITOS:
BANCO DE CRÉDITO
Depósito en cuenta corriente:
N° 570-1190364-0-52
(en nuevos soles)
BANCO DE LA NACIÓN
Detracción 10 % - Banco de la Nación
Cta. Corriente N° 0012014805
A partir de S/. 700.00 
E-mail: aempresarialtrujillo@hotmail.com         
                 trujillo@aempresarial.com


TEMARIO

I. PLANEAMIENTO TRIBUTARIO 2015
  • Uso obligatorio de los recibos de honorarios electrónicos – Casos prácticos con tasa del 8%
  • Suspensión de pagos y retenciones de cuarta categoría – Res. SUNAT N.º 002-2015
  • Embargos electrónicos SUNAT vía Registros Públicos - Res. N.º 007-2015-SUNARP/SN
  • Cronograma de pagos de obligaciones tributarias 2015 - Res. SUNAT N.º 376-2014
  • Rebaja de tasa impositiva del 30%, 28%, y 26% del Impuesto a la Renta para empresas
  • Nuevas tasas de dividendos del 6.8%, 8% y 9.3%
  • Fiscalización empresas vinculadas
  • Implicancias de la Declaración de Notarios – PDT 3520
  • Operaciones no reales: Posición de la Sunat y del Tribunal Fiscal
  • Los efectos tributarios de un llenado deficiente de una guía de remisión
  • Los efectos del RUC dado de baja: Observación al costo o gasto tributario
  • Régimen especial de depreciación para edificios y construcciones (Ley N°30264)
  • Variaciones de las tasas de detracción y eliminación de conceptos
  • Declaración Anual de Obligaciones (DAOT)
  • No vigencia de descuentos en gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad
  • Valor de la Unidad Impositiva Tributaria en el 2015 en S/.3,850 y sus efectos en las retenciones de 5ta Categoría - Casos prácticos
  • Nuevos obligados a llevar Libros y Registros Electrónicos - Res. Nº 390-2014 y 018-2015/SUNAT
  • Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta 2015 y la aplicación del factor 0.9333 – Casos prácticos
  • Nuevos operativos de verificación dirigido a personas naturales y empresas
  • Los nuevos cambios en el Código Tributario
  • Efectos tributarios de los operativos de la Sunafil
  • Cambios en el Impuesto Temporal a los Activos Netos – ITAN - Nuevo texto del artículo 3° de la Ley N.º 28424 regulando “inafectaciones”
II. MPUESTO A LA RENTA 2014
PERSONAS NATURALES
  • Tratamiento adecuado de alquileres de predios
  • Formulario para DJ Anual Impuesto a la Renta 2014 - Res. SUNAT N.º 380-2014
  • Situación que no tributan el 5% de los alquileres o pagan un importe menor al pactado en el contrato
    Verificación de la Sunat en visita a predios
  • Uso adecuado del formulario 820 y factura en el cobro de intereses
  • Venta de predios como renta de segunda o tercera categoría
  • Declaración y tributación de las sociedades conyugales
  • Las regalías como rentas de segunda categoría
  • Rentas de personal independiente y dependiente
  • Uso indebido de los recibos de honorarios en labores de dependencia
  • Declaración de los ingresos exonerados e inafectos
  • Jurisprudencia del Tribunal Fiscal
EMPRESAS
  • Principio de causalidad, proporcionalidad y razonabilidad
  • Bancarización, guías de remisión, incumplimiento de proveedores de intermediación laboral y tercerización
  • Depreciación tributaria y su contabilización
  • Arrendamiento financiero
  • Gastos de representación 
  • Gastos recreativos
  • Gastos de vehículos, sus límites y valor razonable
  • Gastos de viajes 
  • Tratamiento de los reembolsos
  • Mermas, desmedros y pérdida de bienes
  • Remuneraciones de accionistas y parientes
  • Declaración tributaria de las asociaciones
  • Dividendos presuntos y el pago del 4.1% 
  • Gastos personales
  • Donaciones no deducibles y actos de liberalidad
  • Jurisprudencia del Tribunal Fiscal

martes, 17 de febrero de 2015



VERIFICACIÓN Y SANCIÓN POR INCUMPLIMIENTO DE FORMALIDADES TRIBUTARIAS


En recientes verificaciones y/o fiscalizaciones, la SUNAT vienen detectando REPAROS FRECUENTES, los cuales se sancionan con multas que llegan hasta los  S/. 96,250, tales como:

·         No guardar sus Libros y Registros Electrónicos en un medio de almacenamiento magnético, óptico u otros similares en un domicilio fiscal diferente al fiscal, (CD, cinta, USB, disco duro) – Art. 10° Res. SUNAT 286-2009.
·         No tener la toma de inventarios físicos de existencias en cada ejercicio, firmada por los responsables – Artículo 35° del Reglamento del Impuesto a la Renta – Sanción: Hasta 0.6% de los ingresos anuales
·         No emitir las boletas de venta en orden correlativo – Res. 007-99/SUNAT – Sanción: Hasta 0.3% de los ingresos anuales.
·         Omitir llevar Registros de Costos - Artículo 35° del Reglamento del Impuesto a la Renta – Sanción: Hasta 0.6% de los ingresos anuales.
·         No demostrar un real uso de locales o de vehículos – Artículo 37° de la Ley del Impuesto a la Renta - Se sanciona con la pérdida del crédito fiscal del IGV y reparo para el impuesto a la Renta.
·         No emitir Recibos de honorarios electrónicos a sujetos del Régimen General: El uso de recibos de honorarios manuales emitidos en el ejercicio 2015, no son gastos deducibles tributarios, conforme lo dispone el inciso j) del artículo 44° de la Ley del Impuesto a la Renta. De otro lado, el emisor (independiente) comete una infracción que la SUNAT lo puede sancionar con multa de 25% UIT – 174 – 3 CT (S/. 962.50).
·         No contar con comprobante de pago la adquisición de activos fijos – Artículo 20° de la Ley del Impuesto a la Renta. Genera la pérdida de la depreciación tributaria.


martes, 10 de febrero de 2015

Inspecciones inmediatas realizadas 
por la SUNAT

La Administración Tributaria - SUNAT viene practicando inspecciones en locales de los contribuyentes, ocupados bajo cualquier título, así como en los medios de transporte.
La actuación es ejecutada en forma inmediata con ocasión de la intervención, pudiendo tomarse declaraciones a las personas que se encuentren en los locales o medios de transporte inspeccionados.
El numeral 8 del artículo 62° del Código Tributario faculta a la SUNAT a realizar estas acciones.

El impedir que la SUNAT efectúe su labor se sanciona con multas hasta por el monto de S/. 96,250.00 (Numeral 16 del artículo 177° del C.T.)

miércoles, 4 de febrero de 2015





SEMINARIO - Trujillo
Sábado 21 febrero 2015

IMPUESTO A LA RENTA 2014 - MODIFICACIONES 2015
SEDE:
Centro de Convenciones Palacio del Hierro
Jr. Pizarro 639 Centro Histórico - Trujillo


HORARIO:
Sábado 21 febrero 2015
9:00 a.m. – 1:00 p.m. / 3:00 p.m. – 7:00 p.m.
Acreditación: 8:30 a.m.
EXPOSITOR:
Miguel Arancibia Cueva
AUSPICIA:
Actualidad Empresarial
INCLUYE:
• Libro Teoría y práctica del impuesto a la renta. Ejercicio 2014-2015 Casos aplicados NIIF - PCGE
• Material de exposición
• Medios audiovisuales
• Certificado de participación
• Coffee break

INFORMES:
Jr. Ayacucho 513 OF. 206
Telf.: 044-233042 - RPC. 943736377
RPM: #9497-11760
GIRO DE CHEQUE A NOMBRE DE
ASESORÍA Y EVENTOS PACÍFICO S.A.C.
INVERSIÓN:
SEMINARIO + LIBRO
SUSCRIPTORES: S/.139.00
NO SUSCRIPTORES: S/.180.00

SEMINARIO
SUSCRIPTORES: S/.70.00
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LIBRO
SUSCRIPTORES: S/.100.00
NO SUSCRIPTORES: S/.130.00
Los precios incluyen IGV


DEPÓSITOS:
BANCO DE CRÉDITO
Depósito en cuenta corriente:
N° 570-1190364-0-52
(en nuevos soles)
BANCO DE LA NACIÓN
Detracción 10 % - Banco de la Nación
Cta. Corriente N° 0012014805
A partir de S/. 700.00 
E-mail: aempresarialtrujillo@hotmail.com         
                 trujillo@aempresarial.com


TEMARIO

I. PLANEAMIENTO TRIBUTARIO 2015
  • Uso obligatorio de los recibos de honorarios electrónicos – Casos prácticos con tasa del 8%
  • Suspensión de pagos y retenciones de cuarta categoría – Res. SUNAT N.º 002-2015
  • Embargos electrónicos SUNAT vía Registros Públicos - Res. N.º 007-2015-SUNARP/SN
  • Cronograma de pagos de obligaciones tributarias 2015 - Res. SUNAT N.º 376-2014
  • Rebaja de tasa impositiva del 30%, 28%, y 26% del Impuesto a la Renta para empresas
  • Nuevas tasas de dividendos del 6.8%, 8% y 9.3%
  • Fiscalización empresas vinculadas
  • Implicancias de la Declaración de Notarios – PDT 3520
  • Operaciones no reales: Posición de la Sunat y del Tribunal Fiscal
  • Los efectos tributarios de un llenado deficiente de una guía de remisión
  • Los efectos del RUC dado de baja: Observación al costo o gasto tributario
  • Régimen especial de depreciación para edificios y construcciones (Ley N°30264)
  • Variaciones de las tasas de detracción y eliminación de conceptos
  • Declaración Anual de Obligaciones (DAOT)
  • No vigencia de descuentos en gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad
  • Valor de la Unidad Impositiva Tributaria en el 2015 en S/.3,850 y sus efectos en las retenciones de 5ta Categoría - Casos prácticos
  • Nuevos obligados a llevar Libros y Registros Electrónicos - Res. Nº 390-2014 y 018-2015/SUNAT
  • Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta 2015 y la aplicación del factor 0.9333 – Casos prácticos
  • Nuevos operativos de verificación dirigido a personas naturales y empresas
  • Los nuevos cambios en el Código Tributario
  • Efectos tributarios de los operativos de la Sunafil
  • Cambios en el Impuesto Temporal a los Activos Netos – ITAN - Nuevo texto del artículo 3° de la Ley N.º 28424 regulando “inafectaciones”
II. MPUESTO A LA RENTA 2014
PERSONAS NATURALES
  • Tratamiento adecuado de alquileres de predios
  • Formulario para DJ Anual Impuesto a la Renta 2014 - Res. SUNAT N.º 380-2014
  • Situación que no tributan el 5% de los alquileres o pagan un importe menor al pactado en el contrato
    Verificación de la Sunat en visita a predios
  • Uso adecuado del formulario 820 y factura en el cobro de intereses
  • Venta de predios como renta de segunda o tercera categoría
  • Declaración y tributación de las sociedades conyugales
  • Las regalías como rentas de segunda categoría
  • Rentas de personal independiente y dependiente
  • Uso indebido de los recibos de honorarios en labores de dependencia
  • Declaración de los ingresos exonerados e inafectos
  • Jurisprudencia del Tribunal Fiscal
EMPRESAS
  • Principio de causalidad, proporcionalidad y razonabilidad
  • Bancarización, guías de remisión, incumplimiento de proveedores de intermediación laboral y tercerización
  • Depreciación tributaria y su contabilización
  • Arrendamiento financiero
  • Gastos de representación 
  • Gastos recreativos
  • Gastos de vehículos, sus límites y valor razonable
  • Gastos de viajes 
  • Tratamiento de los reembolsos
  • Mermas, desmedros y pérdida de bienes
  • Remuneraciones de accionistas y parientes
  • Declaración tributaria de las asociaciones
  • Dividendos presuntos y el pago del 4.1% 
  • Gastos personales
  • Donaciones no deducibles y actos de liberalidad
  • Jurisprudencia del Tribunal Fiscal