miércoles, 25 de febrero de 2015

ATENCIÓN A NOTIFICACIONES DE FISCALIZACIÓN VÍA CORREO ELECTRÓNICO QUE REALIZARÁ LA SUNAT A PARTIR DE MARZO DE 2015

Al amparo de la Ley 30296 publicada el 31-12-2014, la SUNAT anuncia que iniciará en el mes de marzo los procedimientos de fiscalizaciones parciales electrónicas, notificando al deudor tributario, mediante correo electrónico acompañando una liquidación preliminar del tributo a regularizar e intereses respectivos, con el detalle de los reparos.
El deudor tributario en un plazo de 10 días hábiles siguientes, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación del inicio de la fiscalización parcial electrónica, subsanará los reparos notificados, de ser el caso, adjuntará documentación.
La SUNAT, dentro de 20 días hábiles siguientes a la fecha en que vence el plazo establecido en el párrafo anterior, notificará la Resolución de Determinación con la cual se culmina el procedimiento de fiscalización, y de ser el caso, la Resolución de Multa.
En caso el deudor tributario no realice la subsanación correspondiente o no sustente sus observaciones en el plazo establecido, la SUNAT notificará la Resolución de Determinación con la cual culmina el procedimiento de fiscalización, y de ser el caso, la Resolución de multa.
Reparos anunciados a fiscalizar: La Jefa de la SUNAT anunció que uno de los temas importantes a notificar serán las operaciones falsas (comprobantes de favor). De igual forma se verificarán reparos comunes como uso de vehículos, celulares, viajes, gastos de alimentación, seguros de salud y educación.
Recomendación: Ver su buzón electrónico.

Base legal: Artículos 61° y 62-B del Código Tributario. 

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