viernes, 30 de abril de 2021

 

Noticias del día 30 de abril de 2021

 

CONGRESO: COMISIÓN DE ECONOMÍA APRUEBA POR INSISTENCIA RETIRO DE AFP La Comisión de Economía del Congreso aprobó anoche por insistencia la autógrafa de ley que establece el retiro de hasta 17,600 soles (4 UIT) a todos los afiliados del Sistema Privado de Pensiones (AFP), con la finalidad de brindar un apoyo económico a los afiliados ante la crisis generada por la pandemia del covid-19.El dictamen de insistencia fue aprobado por unanimidad a través del voto de los 14 integrantes de este grupo de trabajo, que desarrolló una sesión extraordinaria durante la semana de representación. Tras el debate realizado, la comisión determinó la exclusión de la primera disposición complementaria que autorizaba el retiro excepcional del 100% de sus fondos para los mayores de 40 años que no hayan registrado aportes en los últimos cinco años. Congreso: Comisión de Economía aprueba por insistencia retiro de AFP | Noticias | Agencia Peruana de Noticias Andina

 

NO HABRÁ PRÓRROGA: MÁS DE 45,000 VEHÍCULOS A GNV PODRÍAN DEJAR DE CIRCULAR El Banco de Desarrollo del Perú, Cofide, señaló que más de 45,000 vehículos a GNV podrían dejar de circular, si no se actualizan los certificados de inspección. En su calidad de administrador del Sistema de Control de Carga de Gas Natural Vehicular-GNV (Infogas), Cofide indicó que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), ha determinado que no habrá prórroga para actualizar los certificados de inspección de las unidades a GNV. Refirió que la vigencia de estos documentos se ha venido ampliando debido al estado de emergencia. No habrá prórroga: más de 45,000 vehículos a GNV podrían dejar de circular | Noticias | Agencia Peruana de Noticias Andina

 

REGLAMENTO DE RETIRO DE CTS RECIÉN SE PUBLICARÍA LA PRÓXIMA SEMANA, SEGÚN MINISTRA CORNEJO https://larepublica.pe/economia/2021/04/30/reglamento-para-retiro-de-la-cts-probablemente-sea-anunciado-la-proxima-semana-segun-ministra-cornejo/

 

                       01 DE MAYO FERIADO NO LABORABLE

 

Compartimos algunas situaciones particulares que se pueden presentar por el Día del Trabajador a celebrarse el día de mañana, sábado 01 de mayo de 2021.
¡Dios los bendiga!

“Amos, haced lo que es justo y recto con vuestros siervos, sabiendo que también vosotros tenéis un Amo en los cielos”

Colosenses 4:1



jueves, 29 de abril de 2021

 

EL PERUANO JUEVES 29 DE ABRIL DE 2021

 

MEDIDAS QUE PERMITAN INCREMENTAR LA CAPACIDAD LOGÍSTICA MONITOREO DEL PROCESO LOGÍSTICO Y DE SOPORTE DE LA VACUNACIÓN Y LA IMPLEMENTACIÓN DE LA PLATAFORMA DIGITAL PARA EL PADRÓN NACIONAL DE VACUNACIÓN COVID-19 - DECRETO DE URGENCIA N° 043-2021  FECHA: 29/04/2021  https://cutt.ly/3bfbriC

 

MODIFICAN EL REGLAMENTO OPERATIVO DEL PROGRAMA REACTIVA PERÚ - R.M. N° 139-2021-EF/15  FECHA: 29/04/2021   https://cutt.ly/SbfbTET

Se ha modificado el Reglamento Operativo del Programa “REACTIVA PERÚ”, aprobado por R.M. 134-2020-EF/15, con la finalidad de incorporar a empresas que participan en el Programa “Reactiva Perú”, con créditos mayores a S/ 5 000 000,00 y hasta S/ 10 000 000,00 y que hayan tenido una disminución de sus ventas en 20% o más en el IV trimestre del 2020 con relación a similar periodo del año anterior, acorde a lo establecido en el D.U. 039-2021

MODIFICAN ANEXO 1 DEL REGLAMENTO OPERATIVO DEL PROGRAMA DE APOYO EMPRESARIAL A LAS MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS APROBADO - RESOLUCION MINISTERIAL N° 140-2021-EF/15  FECHA: 29/04/2021  https://cutt.ly/ebfbJia

 

MODIFICAN REGLAMENTO DEL REGISTRO DE SOCIEDADES - RESOLUCION N° 024-2021-SUNARP/SN  FECHA: 29/04/2021   https://cutt.ly/5bfb2h7Se ha modificado el Reglamento de Registro de Sociedades, aprobado por Res. 200-2001-SUNARP/SN, con el objeto de establecer como actos no inscribibles en el Registro de Sociedades, el nombramiento o elección de las Sociedades Administradoras por el fondo de inversión para que los represente, así como los demás acuerdos adoptados por los fondos de inversión de oferta pública o privada.

BCR TOPE A TASAS DE INTERÉS SERÁ DE 83.4%: Luego que a finales de marzo el Congreso de la República aprobara por insistencia la ley que pone tope a las tasas de interés, el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) aprobó la metodología que aplicará para determinar el costo financiero máximo para los nuevos créditos de consumo, cuyo monto sea menor a las 2 UIT, así como también para los nuevos préstamos para las micro y pequeñas empresas. En tal sentido, la entidad monetaria dispuso que la tasa máxima de interés será equivalente a 2 veces la tasa de interés promedio de los préstamos de consumo del sistema financiero, lo cual entrará en vigencia a partir del 10 de mayo de este año. El costo financiero será calculado cada seis meses y será en base a las tasas de los créditos de consumo del sistema financiero entre los dos y siete meses previos a su vigencia. De esta manera, la tasa máxima para el periodo mayo-octubre será de 83,4% anual. https://andina.pe/agencia/noticia-directorio-del-bcr-acordo-metodologia-determina-tasas-interes-maximas-843190.aspx

EL DÓLAR BAJA EN UN CONTEXTO VOLÁTIL, DE ALTA ESPECULACIÓN: Luego de dos días de superar la barrera de los S/ 3,80, la cotización del dólar cerró ayer a la baja y se ubicó en S/ 3,772, según reportó el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP). De acuerdo con los especialistas consultados, el tipo de cambio fluctúa en función a lo que pasa en el entorno local e internacional, más aún cuando se mantiene la incertidumbre mundial por la crisis sanitaria provocada por el Covid-19. Según el economista Armando Mendoza, el desempeño que ha tenido el "billete verde" en los últimos días no debería sorprender, ya que es normal que la divisa norteamericana varíe en épocas de elecciones y reaccione en función de las encuestas y declaraciones que brindan los candidatos presidenciales. El dólar baja en un contexto volátil, de alta especulación | La República (larepublica.pe)

PROCURADURÍA PRESENTA DEMANDA ANTE EL TC CONTRA FIJACIÓN DE TOPES A LAS TASAS DE INTERÉS: En representación del Poder Ejecutivo, la Procuraduría Pública Especializada en Materia Constitucional presentó ante el Tribunal Constitucional (TC) una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 2 de la Ley 31143, que modifica la facultad excepcional del Banco Central de Reserva (BCR) para fijar topes a las tasas de interés que dan las entidades financieras. Como se recuerda, en marzo el Pleno del Congreso de la República aprobó por insistencia esta norma, que faculta al BCR a establecer topes máximos y mínimos de las tasas de interés cada seis meses. La demanda, asimismo, fue presentada este miércoles 28 de abril. Procuraduría presenta demanda ante el TC contra la ley que fija topes a las tasas de interés | Bancos | Financieras | Cajas | MEF | ECONOMIA | EL COMERCIO PERÚ

miércoles, 28 de abril de 2021

 

                     ACTUALIZACIÓN MIÉRCOLES 28 DE ABRIL DE 2021

 

EL IMPACTO DE AUMENTAR TASAS IMPOSITIVAS de 29.5% a 70%: El plan de gobierno de Perú Libre propone invertir la proporción de ganancias que las empresas transnacionales tributan a favor del Estado. Es decir, que la tasa que se aplica por Impuesto a la Renta (IR), hoy de 29.5%, suba al 70% y que la empresa solo se quede con el 30% restante. Solo se aplicaría a compañías extranjeras que invierten en actividades extractivas, como el sector minero, gasífero y de hidrocarburos. Según Perú Libre, esto permitiría evitar que el 70% de ganancias se vayan del país para fortalecer el mercado interno. ( Perú 21 Pág. 9 ) El impacto de aumentar tasas impositivas | ECONOMIA | PERU21


PAE-MYPE OTORGARÁ DESDE MAYO CRÉDITOS CON TASAS DEL 2% AL 7%: Con el objetivo de seguir reactivando a las micro y pequeñas empresas (mype) del país, a partir de mayo estará disponible el programa PAE-Mype con un fondo de 2,000 millones de soles para préstamos de capital, indicó el ministro de la Producción, José Luis Chicoma Lúcar."Tenemos buenas noticias para las mype, desde mayo podrán acceder al PAE-Mype, que ofrecerá créditos con tasas del 2% al 7%, frente al 40% o 50% que usualmente conseguían", afirmó. (
El Peruano Pág. 11) Créditos de PAE-Mype con tasas del 2% al 7% (elperuano.pe)

 

 

domingo, 25 de abril de 2021

 

La reducción del capital social en las empresas y sus efectos tributarios.

VER VIDEO EN EL SIGUIENTE LINK:

https://web.facebook.com/miki.arancibiaalcantara/videos/6100657986618325



 DOMINGO 25 DE ABRIL

LIMITE DE INTERESES - DECLARACIÓN DE INFORMACIPON FINANCIERA REMITIDA POR ENTIDADES FINANCIERAS

 

LÍMITE A LA DEDUCCIÓN DE GASTOS POR INTERESES INFORME N° 013-2021-SUNAT/7T0000

La regla para calcular el límite a la deducción de gastos por intereses prevista en el numeral 1 del inciso a) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta:

1. Resulta aplicable a los gastos por intereses derivados de las operaciones de créditos efectuadas con sujetos residentes o establecimientos permanentes situados en países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición, a que se refiere el inciso m) del artículo 44 de la Ley del Impuesto a la Renta.

2. Resulta aplicable a los intereses que forman parte de las cuotas que paga el arrendatario en los contratos de arrendamiento financiero.

3. No resulta aplicable al gasto del cedente en las operaciones de factoring sin recurso.

INFORME N° -2005-SUNAT/2B0000

 

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE ESTABLECE LAS NORMAS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN QUE CONTENGA LA INFORMACIÓN FINANCIERA PARA EL COMBATE DE LA EVASIÓN Y ELUSIÓN TRIBUTARIAS

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/proyectos-ta/imagenes/logo-sunat.jpg

SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Temas a que se refiere el proyecto de resolución de superintendencia (conforme a lo previsto en el numeral 2.2 del artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y modificatorias):

  1. Se establece la información financiera a que se refiere el acápite ii) del literal b) del párrafo 4.1 del artículo 4 del Reglamento que regula el suministro de información financiera a la SUNAT para el combate de la evasión y elusión tributarias, aprobado por el Decreto Supremo N.° 430-2020-EF, que las empresas del sistema financiero deben declarar a la SUNAT.
  2. La forma y condiciones en que tales empresas deben presentar la declaración informativa que contenga la información financiera, así como las fechas para dicha presentación.

Dar click para ver archivos

Los comentarios al proyecto de resolución de superintendencia pueden dirigirse hasta el día 30 del mes de abril de 2021, vía correo electrónico a la siguiente dirección: CPACHEC1@sunat.gob.pe

La persona encargada de recibir los comentarios es: Claudia Pacheco Guerrero

 

 

viernes, 23 de abril de 2021

 

                           EL PERUANO VIERNES 23 DE ABRIL DE 2021

 

AUTORIZAN DISPOSICIÓN DEL 100%  DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS A FIN DE CUBRIR LAS NECESIDADES ECONÓMICAS

LEY N° 31171  FECHA: 23/04/2021   https://cutt.ly/nvVnCqZ

 

Autorizan por única vez y hasta el 31-12-21, a los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del TUO del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por D.S. 001-97-TR, a disponer libremente del 100% de los depósitos por compensación por tiempo de servicios (CTS) efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición.

En el plazo de 10 días calendario, el Poder Ejecutivo dictará las disposiciones reglamentarias para efectivizar la medida de libre disposición.

domingo, 18 de abril de 2021

 

HOY DOMINGO 18 DE ABRIL A LAS 9.30 P.M.: Breves comentarios de nuestro socio Dr- Miguel Arancibia Alcántara sobre las consecuencias laborales del pago extemporáneo de la asignación familiar y sus efectos en el impuesto a la renta.

VER VIDEO EN: https://www.facebook.com/miki.arancibiaalcantara/videos/6065276813489776

 

 

DIARIO EL PERUANO DOMINGO 18 DE ABRIL E INFORMES DE LA SUNAT

 

MODIFICAN REGLAMENTO DE ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE QUE FACULTA AL MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO A TIPIFICAR INFRACCIONES POR VÍA REGLAMENTARIA EN MATERIA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS TURÍSTICOS Y LA CALIFICACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE Y ESTABLECE LAS SANCIONES APLICABLES. DECRETO SUPREMO N° 005-2021-MINCETUR  FECHA: 18/04/2021    https://cutt.ly/5vmc1KX

 

CRONOGRAMA ALTERNATIVO DE REEMPLACAMIENTO DE VEHÍCULOS QUE SE AJUSTA A SU CAPACIDAD DE ATENCIÓN ADECUADA DE LA DEMANDA Y A LAS MEDIDAS DE EMERGENCIA RESOLUCION MINISTERIAL N° 348-2021-MTC/01  FECHA: 18/04/2021   https://cutt.ly/Ivmvod6

Aprueban el cronograma de reemplacamiento para los vehículos que cuenten con habilitación vigente para prestar el servicio de transporte especial de personas en la modalidad de transporte turístico terrestre en el ámbito nacional, que corresponde a la etapa inicial, de conformidad con lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 026-2019-MTC y de acuerdo al detalle siguiente:

ÚLTIMO DÍGITO DE LA PLACA

MES/AÑO

0

Mayo 2021

1

Junio 2021

2

Julio 2021

3

Agosto 2021

4

Setiembre 2021

5

Octubre 2021

6

Noviembre 2021

7

Diciembre 2021

8

Enero 2022

9

Febrero 2022

Vencidas las fechas indicadas, el vehículo que no cuente con la nueva Placa Única Nacional de Rodaje, se considerará como un vehículo sin placa de acuerdo a lo señalado en el artículo 57 del Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, aprobado mediante D.S. N° 017-2008-MTC.

 

FACULTAD DE FISCALIZACIÓN PARCIAL:  Informe N° 028-2021-SUNAT/7T0000 En virtud de la facultad de fiscalización prevista en el Código Tributario, tratándose del procedimiento de fiscalización parcial, la SUNAT puede requerir diversa información y/o documentación tributaria vinculada a un elemento o aspecto no fiscalizado que esté relacionada con hechos que tengan incidencia en el elemento y/o aspecto que sí es materia de dicha fiscalización. i028-2021-7T0000.pdf (sunat.gob.pe)

 

VENTA DE TERRENOS FRACCIONADOS EN PARCELAS ESTÁN DESTINADOS A SER ENAJENADOS COMO PARTE DE UN NEGOCIO: Informe N° 024-2021-SUNAT/7T0000 Los ingresos obtenidos por la enajenación de terrenos rústicos bajo la modalidad de parcelación realizada por una persona natural sin negocio califican como renta producto para efectos de la Ley del Impuesto a la Renta.  Informe: (sunat.gob.pe)

sábado, 17 de abril de 2021

                                   EL PERUANO SÁBADO 17 DE ABRIL DE 2021

 

APRUEBAN PORCENTAJE PARA DETERMINAR EL LÍMITE MÁXIMO DE DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO - RESOLUCION N° 000052-2021/SUNAT  FECHA: 17/04/2021   https://cutt.ly/evcPCtd

Aprueban el porcentaje a que se refiere el literal b) del numeral 4.4 del artículo 4 del Reglamento del Decreto de Urgencia N° 012-2019, aprobado por el D.S. N° 419-2019-EF, como sigue:

MES

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DEL ISC (%)

Enero 2021

15.74% 

Febrero 2021

14.76% 

Marzo 2021

13.88% 

 

APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY N° 31047 DE LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DEL HOGAR - DECRETO SUPREMO N° 009-2021-TR  FECHA: 17/04/2021   https://cutt.ly/HvcPcpD

 

MODIFICAN PROCEDIMIENTO PARA OTORGAMIENTO DEL BONO FAMILIAR HABITACIONAL - BFH EN LA MODALIDAD DE APLICACIÓN DE ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA  RESOLUCION MINISTERIAL N° 120-2021-VIVIENDA  FECHA: 17/04/2021   https://cutt.ly/3vcPO4T

jueves, 15 de abril de 2021

   DIARIO OFICIAL EL PERUANO JUEVES 15 DE ABRIL

 APRUEBAN EL REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DE APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO PARA EL SECTOR TURISMO (RAF - TURISMO)

DECRETO SUPREMO N° 066-2021-EF  FECHA: 15/04/2021   https://cutt.ly/SvsFhdp

 

APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ANOTACIÓN DE OFICIO DE LA EXTINCIÓN DE MANDATOS O PODERES POR FALLECIMIENTO

RESOLUCION N° 062-2021-SUNARP/SA  FECHA: 15/04/2021  https://cutt.ly/gvsFVy4

 

CREAN COMISIONES DE TRABAJO CON EL OBJETIVO DE ELABORAR LOS PROYECTOS NORMATIVOS DE MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE INSCRIPCIONES DEL REGISTRO DE PREDIOS Y DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO DE SOCIEDADES  RESOLUCION N° 063 -2021-SUNARP/SA  FECHA: 15/04/2021   https://cutt.ly/2vsF3Sw

martes, 13 de abril de 2021

 

                       EL PERUANO MARTES 13 DE ABRIL DE 2021

 

MODIFICAN LEY DE CONCILIACIÓN PERMITIENDO LA REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS U OTROS SIMILARES Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES PARA OPTIMIZAR EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA CONCILIATORIO LEY N° 31165  FECHA: 13/04/2021   https://cutt.ly/Pvrlmly

 

DISPONEN LA SIMPLIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD- ESSALUD

RESOLUCION MINISTERIAL N° 061-2021-TR  FECHA: 13/04/2021   https://cutt.ly/avrlSC0
 
MTPE: SUBSIDIARÁN 80,010 EMPLEOS FORMALES CREADOS EN NOVIEMBRE DE 2020 El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó el primer listado de empleadores elegibles para la asignación del subsidio "Recuperemos el Empleo Formal", el cual beneficiará a 80,010 trabajadores con empleos formales en 15,499 empresas. Detalló que este primer tramo cuenta con un monto de 26 millones 378,071 soles. Agregó que esta importante medida se da en el marco del Decreto de Urgencia N° 127-2020 que impulsa medidas específicas para recuperar el empleo formal en el sector privado. (La República Pág. 16 El Peruano Pág. 10 Agencia Andina -)

 

lunes, 12 de abril de 2021

 VER VIDEO EN EL SIGUIENTE LINK: https://web.facebook.com/miki.arancibiaalcantara/videos/6035121239838667


Estimados amigos, el lunes 12 de abril de 2021, a las 9:30 p.m., estaré compartiendo con ustedes temas vinculados con el #ITAN2021.
Vía Facebook Live de mi página, el Fan Page Arancibia & Bazán Abogados Contadores y el Grupo Conociendo la tributación.



 

El PERUANO LUNES 12 DE ABRIL Y NOTICIAS DE INTERÉS

 

EJECUTIVO TIENE HASTA EL 29 DE ABRIL PARA FIRMAR LEY QUE LIBERA LA CTS: El Congreso de la República envió al Ejecutivo la autógrafa de ley que autoriza la disposición de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia de la COVID-19. De esta manera, el Ejecutivo tendrá hasta el 29 de abril de este año para promulgar la norma. En caso se cuestione la autógrafa de ley, el Parlamento podrá aprobarlo por insistencia. De ser promulgada, todos los trabajadores, sin excepción, tendrán hasta el 31 de diciembre de este año para para poder retirar hasta el 100% de su CTS.  (La República Pág. 24)

APRUEBAN LISTADO DE EMPLEADORES ELEGIBLES QUE HAN CALIFICADO PARA LA ASIGNACIÓN DEL SUBSIDIO CREADO POR EL DECRETO DE URGENCIA Nº 127-2020 RESPECTO AL MES DE NOVIEMBRE DE 2020 -RESOLUCION MINISTERIAL N° 063-2021-TR FECHA: 12/04/2021   https://cutt.ly/Gc6eaIx

 

MODIFICAN REGLAMENTO DE COMPROBANTES DE PAGO DESIGNAN EMISORES ELECTRÓNICOS DEL SISTEMA DE EMISIÓN ELECTRÓNICA Y ESTABLECEN LA FECHA EN QUE SE CUMPLE LO DISPUESTO EN LA PRIMERA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL DEL D.S. 100-2020-PCM - RESOLUCION N° 000048-2021/SUNAT  FECHA: 10/04/2021  https://cutt.ly/Ec2UAnm

 

RETIRARÍAN S/. 44,357 MILLONES DE LAS AFP: Alrededor de 5 millones 600,000 afiliados a las administradoras privadas de fondos de pensiones (AFP) retirarían cerca de 44,157 millones de soles con la reciente ley aprobada por el Congreso, indicó el superintendente adjunto de AFP de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), Elio Sánchez Chávez. El 31 de marzo de este año, el pleno del Congreso aprobó el texto sustitutorio que permite retirar hasta 17,200 soles, cuatro unidades impositivas tributarias (UIT) y el 100% de fondos a quienes tengan cinco años sin aportar. Sánchez refirió que cerca de 5 millones 69,575 de afiliados retirarían 38,036 millones de soles; mientras que los que registran cinco años sin aportar y prevén utilizar el 100% de sus fondos serían 527,746, con monto de 6,120 millones de soles. (Edición sábado). (Perú 21 Pág. Web El Peruano Pág. 11)

domingo, 4 de abril de 2021

 

ESTABLECEN DISPOSICIONES PARA EL INGRESO Y SALIDA DEL PAÍS DE LOS INSUMOS QUÍMICOS FISCALIZADOS EN EL ÁMBITO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1103

DECRETO SUPREMO N° 059-2021-EF  FECHA: 04/04/2021   https://cutt.ly/Ycmodfm

 

NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA LA APLICACIÓN DEL D.S. N° 011-2020-TR QUE ESTABLECE NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA LA APLICACIÓN DEL D.U. N° 038-2020 PARA LA MODIFICACIÓN DEL PLAZO DE AQUELLAS MEDIDAS DE SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES CUYA DURACIÓN SE AMPLÍE EN VIRTUD DE LA PRÓRROGA DE LA EMERGENCIA SANITARIA

RESOLUCION MINISTERIAL N° 058-2021-TR  FECHA: 04/04/2021   https://cutt.ly/acmojyU
 

Hoy domingo 04 de abril a las 9:15 p.m comentaré algo de gastos deducibles y otros temas de interés tributario. Vía Facebook Live de mi página, el Fan Page

MIGUEL ARANCIBIA ALCÁNTARA SOCIO

Arancibia & Bazan Abogados Contadores



viernes, 2 de abril de 2021

 

Estimados amigos, hoy, viernes 02 de abril de 2021, a las 9:15 p.m., estaré haciendo breves comentarios sobre las implicancias de la RTF Nº 02398-11-2021, jurisprudencia de observancia obligatoria, en los contratos de asociación en participación. Vía Facebook Live de mi página, el Fan Page Arancibia & Bazán Abogados Contadores y el Grupo Conociendo la tributación.



jueves, 1 de abril de 2021

 DIARIO EL PERUANO JUEVES 01 DE ABRIL DE 2021

 

PRESTACIÓN ECONÓMICA DE S/ 760.00 DE PROTECCIÓN ANTE COVID-19 Y SUBSIDIO POR INCAPACIDAD TEMPORAL - DECRETO DE URGENCIA N° 034-2021  FECHA: 31/03/2021

https://cutt.ly/ZcpLMw1

Autorízase, de manera excepcional, al Seguro Social de Salud – EsSalud, durante el Año Fiscal 2021, a efectuar el pago de la “Prestación Económica de Protección Social de Emergencia ante la Pandemia del Coronavirus COVID-19” a aquellos trabajadores comprendidos en una suspensión perfecta de labores aprobada por la Autoridad Administrativa de Trabajo, cuyo empleador cuente con hasta cien (100) trabajadores, considerando lo dispuesto en el segundo párrafo del literal b) del numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Supremo Nº 011-2020-TR, Decreto Supremo que establece normas complementarias para la aplicación del Decreto de Urgencia Nº 038-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas complementarias para mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores ante el COVID-19 y otras medidas; y siempre que perciban una remuneración bruta de hasta S/ 2400.00 (DOS MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES).

Dicha prestación no es aplicable para aquellos trabajadores cuyo hogar, según la información del Registro Nacional para medidas COVID-19 en el marco de la Emergencia Sanitaria, al que hace referencia el Decreto de Urgencia Nº 052-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para reducir el impacto negativo en la economía de los hogares afectados por las medidas de aislamiento e inmovilización social obligatoria a nivel nacional; sea beneficiario de alguno de los subsidios monetarios a los que hace referencia el artículo 2 de dicho Decreto de Urgencia, así como el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 027-2020, complementado por el Decreto de Urgencia Nº 044-2020, el artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 033-2020, el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 042-2020, el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 098-2020 y el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 010-2021.

La “Prestación Económica de Protección Social de Emergencia ante la Pandemia del Coronavirus COVID-19” es otorgada por el Seguro Social de Salud – EsSalud por un monto máximo de S/ 760.00 (SETECIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES) por cada mes calendario vencido que dure la correspondiente medida de suspensión perfecta de labores, hasta por un periodo máximo de tres (3) meses. Si el plazo de la duración de la suspensión perfecta de labores reporta una fracción menor a treinta (30) días calendario, se considera para el cálculo la proporción que corresponda.

El periodo máximo de tres (3) meses señalado en el numeral anterior se computa considerando los periodos anteriores por los que se haya otorgado la “Prestación Económica de Protección Social de Emergencia ante la Pandemia del Coronavirus COVID-19”.

 

MODIFICAN REGLAMENTO OPERATIVO DEL PROGRAMA REACTIVA PERÚ - RESOLUCION MINISTERIAL N° 119-2021-EF/15  FECHA: 31/03/2021

https://cutt.ly/ocpXavF

 

PRORROGAN SUSPENSIÓN DE VUELOS DE PASAJEROS DEL REINO UNIDO SUDÁFRICA Y BRASIL DEL 1 AL 15 DE ABRIL DE 2021 – R.M. N° 291-2021-MTC/01  FECHA: 31/03/2021 

https://cutt.ly/ycpXUZO

 

NULIDAD DE DESPIDO - MODIFICAN EL INCISO E) DEL ARTÍCULO 29 DEL T.U.O. DECRETO LEGISLATIVO 728 - LEY N° 31152  FECHA: 01/04/2021  

Es nulo el despido que tenga por motivo:

e) El embarazo, el nacimiento y sus consecuencias o la lactancia, si el despido se produce en cualquier momento del periodo de gestación o dentro de los 90 (noventa) días posteriores al nacimiento. Se presume que el despido tiene por motivo el embarazo, el nacimiento y sus consecuencias o la lactancia si el empleador no acredita en estos casos la existencia de causa justa para despedir.

La disposición establecida en este inciso es aplicable también a la trabajadora durante el periodo de prueba regulado en el artículo 10, así como a la que presta servicios bajo el régimen de tiempo parcial de cuatro o menos horas diarias, dispuesto en el artículo 4.

Lo dispuesto en el presente inciso es aplicable siempre que el empleador hubiere sido notificado documentalmente del embarazo en forma previa al despido y no enerva la facultad del empleador de despedir por causa justa”.

https://cutt.ly/KcpZFFO

 

 

OTORGAMIENTO DE GARANTÍA DEL GOBIERNO NACIONAL A BONOS DE RECONOCIMIENTO - DECRETO SUPREMO N° 057-2021-EF  FECHA: 01/04/2021   

https://cutt.ly/ycpZccp