DIARIO EL PERUANO DOMINGO 18 DE ABRIL E
INFORMES DE LA SUNAT
MODIFICAN REGLAMENTO DE ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE QUE FACULTA AL
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO A TIPIFICAR INFRACCIONES POR VÍA
REGLAMENTARIA EN MATERIA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS TURÍSTICOS Y LA
CALIFICACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE Y ESTABLECE LAS SANCIONES APLICABLES.
DECRETO SUPREMO N°
005-2021-MINCETUR FECHA: 18/04/2021 https://cutt.ly/5vmc1KX
CRONOGRAMA ALTERNATIVO DE REEMPLACAMIENTO DE VEHÍCULOS
QUE SE AJUSTA A SU CAPACIDAD DE ATENCIÓN ADECUADA DE LA DEMANDA Y A LAS MEDIDAS
DE EMERGENCIA RESOLUCION MINISTERIAL
N° 348-2021-MTC/01
FECHA: 18/04/2021 https://cutt.ly/Ivmvod6
Aprueban el cronograma de reemplacamiento para los vehículos que cuenten
con habilitación vigente para prestar el servicio de transporte especial de
personas en la modalidad de transporte turístico terrestre en el ámbito
nacional, que corresponde a la etapa inicial, de conformidad con lo dispuesto
en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N°
026-2019-MTC y de acuerdo al detalle siguiente:
ÚLTIMO DÍGITO DE LA PLACA |
MES/AÑO |
0 |
Mayo 2021 |
1 |
Junio 2021 |
2 |
Julio 2021 |
3 |
Agosto 2021 |
4 |
Setiembre
2021 |
5 |
Octubre 2021 |
6 |
Noviembre 2021 |
7 |
Diciembre
2021 |
8 |
Enero 2022 |
9 |
Febrero 2022 |
Vencidas las fechas indicadas, el vehículo que no cuente con la nueva
Placa Única Nacional de Rodaje, se considerará como un vehículo sin placa de
acuerdo a lo señalado en el artículo 57 del Reglamento de Placa Única Nacional
de Rodaje, aprobado mediante D.S. N° 017-2008-MTC.
FACULTAD DE FISCALIZACIÓN PARCIAL: Informe N°
028-2021-SUNAT/7T0000 En virtud de la facultad de
fiscalización prevista en el Código Tributario, tratándose del procedimiento de
fiscalización parcial, la SUNAT puede requerir diversa información y/o
documentación tributaria vinculada a un elemento o aspecto no fiscalizado que
esté relacionada con hechos que tengan incidencia en el elemento y/o
aspecto que sí es materia de dicha fiscalización. i028-2021-7T0000.pdf (sunat.gob.pe)
VENTA DE TERRENOS FRACCIONADOS EN PARCELAS
ESTÁN DESTINADOS A SER ENAJENADOS COMO PARTE DE UN NEGOCIO: Informe N° 024-2021-SUNAT/7T0000
Los
ingresos obtenidos por la enajenación de terrenos rústicos bajo la modalidad de
parcelación realizada por una persona natural sin negocio califican como renta
producto para efectos de la Ley del Impuesto a la Renta. Informe: (sunat.gob.pe)
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