RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR
PESE A LA EXISTENCIA DE FACTORES PERSONALES DURANTE UN ACCIDENTE - Res.
025-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala de 16-1-23
Si en un accidente de trabajo
concurren factores personales (responsabilidad del trabajador por imprudencia,
por ejemplo), el empleador no queda liberado de responsabilidad. Aun
cuando hayan concurrido factores personales en el accidente, es el empleador
quien se encuentra a cargo del cumplimiento de la normativa en Seguridad y
Salud en el Trabajo (SST).
Por tanto, si se acredita el incumplimiento de
alguna o varias de sus obligaciones en materia de SST, el factor personal no lo
libera de responsabilidad. Lo señalado se sustenta en el hecho de que un
accidente se produce debido a una multicausalidad de hechos y no producto de
una sola causa, ni mucho menos del azar.
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