PODER JUDICIAL: SUSPENSIÓN DE LABORES, PLAZOS PROCESALES Y ADMINISTRATIVOS EN DIVERSOS DISTRITOS JUDICIALES DONDE SE HA DECLARADO LA CUARENTENA FOCALIZADA Y REINICIO DE LABORES EN LOS DISTRITOS JUDICIALES QUE SE ENCONTRABAN EN CUARENTENA HASTA EL 30-9-20 - RES. A N° 000113-2020-P-CE-PJ FECHA: 23/09/2020
Disponen la suspensión de las
labores, plazos procesales y administrativos, a partir del 20-9-20, en los
órganos jurisdiccionales y administrativos de los Distritos Judiciales que se
encuentren en las jurisdicciones de los departamentos Cusco, Moquegua, Puno y
Tacna, las provincias de Chachapoyas, Condorcanqui y Utcubamba del departamento
de Amazonas, las provincias de Santa, Casma, Huaraz y Huarmey del departamento
de Ancash, la provincia de Abancay del departamento de Apurímac, las provincias
de Huamanga, Huanta, Lucanas y Parinacochas del departamento de Ayacucho, la
provincia de Cajamarca del departamento de Cajamarca, la provincia de
Huancavelica del departamento de Huancavelica, las provincias de Huánuco,
Leoncio Prado y Puerto Inca del departamento de Huánuco, las provincias de Ica
y Pisco del departamento de Ica, las provincias de Huancayo y Satipo del
departamento de Junín, la provincia de Huaral del departamento de Lima, la
provincia de Tambopata del departamento de Madre de Dios, y las provincias de
Pasco y Oxapampa del departamento de Pasco. En dichos Distritos judiciales, los
órganos jurisdiccionales de emergencia designados y que se designen funcionarán
del 20-9-20 al 30-9-20, y aquellos que no son de emergencia continuarán con sus
labores en forma remota para expedir sentencias, actuaciones en procesos
pendientes, realización de audiencias virtuales, entre otros que se requieran
de atención. Asimismo, se señala que, a partir del 20-9-20, se reinician las
labores, así como los plazos procesales y administrativos en los órganos
jurisdiccionales y administrativos de los Distritos Judiciales ubicados en las
jurisdicciones de los departamentos y provincias que se encontraban en
aislamiento social obligatorio hasta el 30-9-20. En dichos órganos
jurisdiccionales la jornada laboral se realiza, acorde a lo establecido en la
Res. Adm. 000234-2020-CE-PJ, el trabajo presencial interdiario es de 09:00 a
14.00 horas y el trabajo remoto se efectivizará en el horario de ocho horas
diarias.
APRUEBAN PADRÓN DE HOGARES
BENEFICIARIOS DEL BONO UNIVERSAL QUE CONTIENE LOS HOGARES BENEFICIARIOS EN EL
ÁMBITO RURAL Y DE LOS PROGRAMAS NACIONALES JUNTOS PENSIÓN 65 Y CONTIGO - RES. M N°
151-2020-MIDIS FECHA: 23/09/2020 https://cutt.ly/0fCmoUX
MODIFICAN
EL TUPA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO DECRETO DE ALCALDIA N°
056-2020-MPT FECHA:
23/09/2020 https://cutt.ly/pfCnGbc
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