domingo, 24 de noviembre de 2019


APRUEBAN REGLAMENTO PARA CATEGORIZACIÓN Y CALIFICACIÓN TURÍSTICA DE RESTAURANTES – D.S. N° 011-2019-MINCETUR de fecha 24/11/2019

Aprueban Reglamento para la categorización y calificación turística de restaurantes, que consta de 8 capítulos, 29 artículos, 24 disposiciones complementarias finales, 4 disposiciones complementarias transitorias y 6 anexos.
El presente reglamento es de aplicación para la Municipalidad Metropolitana de Lima, los gobiernos regionales y la persona titular del restaurante que solicite u ostente la categorización y la calificación de “Restaurante Turístico”, según corresponda.

CATEGORIZACIÓN Y CALIFICACIÓN DE “RESTAURANTE TURÍSTICO”
La persona titular del restaurante puede solicitar al órgano competente, de manera voluntaria, su categorización de 1, 2, 3, 4 o 5 tenedores, debiendo cumplir para tal efecto con las condiciones mínimas de infraestructura, equipamiento, servicio y personal, establecidas en los Anexos I, II, III, IV y V del presente reglamento, según corresponda.
La persona titular del restaurante tiene la facultad de solicitar al órgano competente, de manera voluntaria, la calificación de “Restaurante Turístico”, de manera simultánea o posterior a la categorización, debiendo cumplir para tal efecto, además de las condiciones mínimas a las que se refiere el numeral anterior, con las disposiciones contenidas en el Capítulo IV del presente reglamento.

CALIFICACIÓN DE “RESTAURANTE TURÍSTICO”
La calificación de “Restaurante Turístico”, puede ser solicitada en forma simultánea a la solicitud de categorización, o en fecha posterior. Para tal efecto se debe acreditar que el restaurante cumple con alguna de las condiciones siguientes:
a) Se ubique en una zona de calificación especial otorgada por el Sector Cultura.
b) Se ubique en un área natural protegida por el Estado.
c) Se ubique en un inmueble declarado Patrimonio Cultural de la Nación que permita brindar el servicio de restaurante.
d) Se dedique principalmente a la explotación de recursos gastronómicos de alguna o varias regiones del Perú en forma permanente, que incluya especialidades, platos y bebidas típicas.
e) Desarrolle tendencias gastronómicas de vanguardia y/o que en la preparación de los alimentos procure el rescate de técnicas culinarias ancestrales del Perú.
f) Difunda muestras culturales del Perú de manera permanente, como parte de la decoración del restaurante o en una sala especialmente acondicionada para tal fin.
g) Ofrezca espectáculos de folclore nacional por lo menos dos veces a la semana en forma regular.




No hay comentarios:

Publicar un comentario