domingo, 29 de junio de 2014

Publican oficialmente reducción de detracciones del 12% al 10% para algunos servicios


Mediante R. Superintendencia Nº 203-2014 publicada en el Diario El Peruano el 28 de junio de 2014, se rebaja la tasa de detracción al 10% SOLAMENTE a servicios de numerales 5 y 10 del anexo 3 del SPOT: “Otros servicios empresariales” y “demás servicios gravados con el IGV”.
Los servicios de intermediación laboral, tercerización, arrendamiento de bienes, mantenimiento, reparación de bienes muebles, movimiento de carga, comisión mercantil, fabricación por encargo, servicio de transporte de personas SEGUIRÁN CON LA TASA DEL 12%.  Rige esta rebaja a partir del mes de Julio y se aplica para las operaciones cuyo momento para efectuar el depósito se produzca a partir de dicha fecha. (Texto que no concuerda con el proyecto)

Nota: En el proyecto se establecía que sería aplicable para aquellas operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria del impuesto general a las ventas se genere a partir de dicha fecha.

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