PAGO DE UNA
INDEMNIZACIÓN NO CONSTITUYE UN GASTO DEDUCIBLE EN EL IMPUESTO A LA RENTA
(Fallo
controvertido)
La Sala de Derecho
Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la
República, en la Casación 8407-2013 publicada el 31 de agosto de 2016, indica
que el pago de una indemnización no constituye un gasto deducible al Impuesto a
la Renta. Cita que hacer lo contrario, implicaría avalar la conducta de quien
incumple con un contrato y pretende valerse de dicha transgresión para obtener
beneficios tributarios.
Casación 8407-2013
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