LIBRE DISPOSICIÓN DE LOS FONDOS DE LAS CUENTAS DE DETRACCIONES PARA LAS
MYPE
La Ley 31903 (pub. 21-10-23; vig. 1-11-23) ha establecido, de manera extraordinaria,
la libre disposición de los fondos de las cuentas de detracciones para las
micro y pequeñas empresas (MYPE), con la finalidad de fortalecer la capacidad
financiera y apoyar la reactivación económica de este segmento empresarial ante
el impacto de la crisis económica. Asimismo, se ha establecido el procedimiento
general de liberación automática de fondos mediante el cual la SUNAT procederá
de oficio, sin requerir solicitud del titular, a la liberación de los fondos de
los titulares de las cuentas de las MYPE, respecto de los fondos acumulados que
no fueron agotados en los tres últimos meses consecutivos, teniendo como único
requisito no tener, a la fecha de presentación de la solicitud, deuda
tributaria pendiente de pago administrada por la SUNAT. Ver link: https://acortar.link/EbeE2p
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