lunes, 24 de marzo de 2025

 

PROCEDENCIA DE LA EMISIÓN DE DOS RESOLUCIONES DE MULTA POR EL NUMERAL 5 DEL ART. 177 C.T.- RTF 3001-8-2024

 

Procede la emisión de dos resoluciones de multa por la infracción del art. 177, num. 5 (no presentar información o documentación que el contribuyente debe preparar ante la solicitud de la SUNAT) si el contribuyente no presenta i) el análisis mensual de la determinación del IGV (crédito fiscal, saldo a favor o compensaciones) y/o saldo a favor del exportador y saldo a favor materia de beneficio, de corresponder y ii) copias escaneadas en archivo PDF del original de comprobantes de pagos, guías de remisión, medios de pagos, constancias de detracción, entre otros, pues se tratan de dos hechos distintos sustentados en dos resultados de requerimientos distintos.

https://www.mef.gob.pe/contenidos/tribu_fisc/Tribunal_Fiscal/PDFS/2024/8/2024_8_03001.pdf

No hay comentarios:

Publicar un comentario