jueves, 23 de enero de 2014

Compra de predios sin medio de pago, no tiene costo computable en la venta


Mediante RTF N° 2013_4_10846 se confirma reparo de la SUNAT, al verificarse que una persona no acreditó haber utilizado medio de pago (bancarización) por la adquisición del inmueble enajenado, desconociéndose el costo computable de la compra. El impuesto a la renta se paga sobre el total del ingtreso.

1 comentario:

  1. Si hablamos de contratos de permuta es diferente, no hay bancarización

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