domingo, 20 de abril de 2014

Subvaluación de ventas – Diferencia en valor de venta del mismo producto a diferentes clientes

Mediante RTF N° 2013_4_13273, el Tribunal fiscal confirma la posición de la SUNAT, por ventas subvaluadas. La recurrente no acreditó con medios probatorios (análisis, contratos, correspondencia, informes) sobre la diferencia de calidad y características del aceite vendido y que motivo la diferencia en el precio pactado. Era el mismo producto y en las mismas condiciones de otros clientes.  

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