PROYECTO DE NUEVO REGLAMENTO DE APLAZAMIENTO Y/O
FRACCIONAMIENTO DE LA DEUDA TRIBUTARIA POR TRIBUTOS INTERNOS
Dentro de las novedades, la SUNAT, plantea nuevos plazos máximos para aplazamiento y/o
fraccionamiento.
a)
En caso de aplazamiento:
Monto de
la deuda
|
Plazo máximo
|
Hasta 3 UIT
|
2 meses
|
Más de 3
UIT
|
3 meses
|
b)
En caso de fraccionamiento:
Monto de la
deuda
|
Plazo
máximo
|
Hasta 1 UIT
|
9
meses
|
De más de 1
UIT hasta 3 UIT
|
18 meses
|
Más de 3
UIT
|
48 meses
|
c)
En caso de aplazamiento y fraccionamiento:
Monto de la
deuda
|
Plazo
máximo de
aplazamiento
|
Plazo
máximo de fraccionamiento
|
Hasta 1 UIT
|
2
meses
|
7 meses
|
De más de 1
UIT hasta 3 UIT
|
2 meses
|
16 meses
|
Más de 3
UIT
|
3 meses
|
45 meses
|
Los plazos
mínimos son:
a)
1 mes, en caso de aplazamiento.
b)
2 meses, en caso de fraccionamiento.
c)
1 mes de aplazamiento y 2 meses de fraccionamiento,
cuando ambos se otorguen de manera conjunta.
Ver texto completo del proyecto en: http://www.sunat.gob.pe/legislacion/proyectos-ti/2015/marzo/310315/caratula.html
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