Viernes
30 de Abril vence plazo para informar a entidades importe de 6 últimas
remuneraciones
Este jueves 30 vence el plazo para que
los empleadores informen a la entidad depositaria de CTS de sus trabajadores el
importe de sus seis últimas remuneraciones brutas mensuales, la cual servirá
para determinar el monto intangible de la CTS que se puede retirar hasta el 70%
de lo que exceda al mismo.
Base legal: Artículo 4° del Reglamento de la Ley N°
29352.
Feriado viernes 01 de Mayo –
Día del Trabajo
La remuneración por el feriado 01 de
mayo - Día del Trabajo se percibe íntegramente y sin condición alguna, aun
cuando el trabajador registre inasistencias y/o tardanzas en la semana.
Si el 01 de mayo coincide con el día de
descanso semanal del trabajador, se le deberá abonar una remuneración por el
feriado y otra por su descanso semanal.
Los que laboren sin descanso
sustitutorio percibirán una remuneración por el feriado; y doble remuneración
por laborar en el Día del Trabajo. El trabajador que labore el 01 de mayo, sin
descanso sustitutorio, percibirá en total tres remuneraciones, una de ellas ya
está incluida en el sueldo.
Base legal: DS Nº 012-92-TR.
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