jueves, 5 de enero de 2023

 

MODIFICAN LA NORMATIVA SOBRE EMISIÓN ELECTRÓNICA EN RELACIÓN CON EL PLAZO DE ENVÍO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA HASTA EL TERCER DÍA CALENDARIO - RESOLUCION N° 000003-2023/SUNAT FECHA: 05/01/2023   https://acortar.link/rYW3bi

Se ha dispuesto ampliar el plazo máximo de envío a la SUNAT o al OSE, según corresponda, de la factura electrónica, así como de la nota electrónica vinculada a esta, que se emita en el SEE - Del contribuyente, SEE Facturador SUNAT y el SEE - OSE. De esta forma, se ha ampliado el plazo de envío hasta el tercer día calendario siguiente al de la fecha de emisión de la factura electrónica o de la nota electrónica vinculada.

De acuerdo a los considerandos de la resolución, la modificación se produce porque el plazo previsto por la Res. 193-2020/SUNAT (vig. 1-1-23), que establecía que la factura electrónica debía enviarse hasta el día calendario siguiente desde la fecha de emisión, alcanza un porcentaje inferior al 90% del total de facturas electrónicas enviadas.

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