domingo, 23 de marzo de 2014




Cuidado con deducción de pago de utilidades a trabajadores: Comunicación en Diario no acredita necesariamente deducción en Impuesto a la Renta.
Mediante RTF 2013_8_12554, se señala, si bien los cheques para pago de participaciones en utilidades se emitieron, no puede entenderse que desde esa fecha estuvieron a disposición de los ex trabajadores, pues la emisión de tales documentos no implica necesariamente que desde tal fecha pudieron ser cobrados. Tampoco se advierte que la recurrente hubiese realizado actuaciones destinadas a comunicar a sus ex trabajadores, de manera directa, que se encontraban a su disposición los cheques, a pesar que realizó una comunicación en un Diario de circulación nacional. Ver páginas 4 y 5 de la RTF.

http://www.mactributo.com/descargas/descargas.html (Ver archivos de interés tributario, laboral, financiero y contable)
Fuente: Artículos de Diario Gestión


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