SUNAT DEBE
OTORGAR PRÓRROGA AL CONTRIBUYENTE PARA PRESENTAR INFORMACIÓN POR VOLUMEN DE
INFORMACIÓN
Mediante
RTF 2014_Q_01766 se declara fundada la queja contra la Administración por denegar la
prórroga solicitada para presentar información, dado el detalle de lo requerido
en el requerimiento emitido por la Administración, se requiere de un cierto
grado de análisis y elaboración para dar respuesta al requerimiento, por lo que
era necesario que se le otorgara una prórroga.
La Administración otorgó 4
días hábiles. El Contribuyente solicitó una prórroga de 30 días.
El Tribunal Fiscal señaló
que resulta necesario que en atención al principio de razonabilidad, el
plazo otorgado para cumplir con el requerimiento de información, guarde
coherencia con el volumen y tipo de información solicitada.
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