sábado, 6 de junio de 2015

SUNAT DEBE OTORGAR PRÓRROGA AL CONTRIBUYENTE PARA PRESENTAR INFORMACIÓN POR VOLUMEN DE INFORMACIÓN

Mediante RTF 2014_Q_01766 se declara fundada la queja contra la Administración por denegar la prórroga solicitada para presentar información, dado el detalle de lo requerido en el requerimiento emitido por la Administración, se requiere de un cierto grado de análisis y elaboración para dar respuesta al requerimiento, por lo que era necesario que se le otorgara una prórroga.
La Administración otorgó 4 días hábiles. El Contribuyente solicitó una prórroga de 30 días.
El Tribunal Fiscal señaló que resulta necesario que en atención al principio de razonabilidad, el plazo otorgado para cumplir con el requerimiento de información, guarde coherencia con el volumen y tipo de información solicitada.

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