lunes, 16 de noviembre de 2015


NEGARSE A INSPECCIONAR PREDIOS A FUNCIONARIOS DE MUNICIPIOS, PUEDE GENERAR MULTAS HASTA S/. 96,250

Mediante RTF 2014_7_04232, el Tribunal Fiscal confirma multa prevista en el numeral 16 del artículo 177° del Código Tributario. El funcionario de la Municipalidad se apersonó al predio del recurrente a fin de efectuar su inspección en mérito a un Requerimiento, la que no pudo llevarse a cabo por encontrarse el predio cerrado, a pesar que el recurrente se encontraba viajando en la fecha programada para la inspección, ya que previamente el contribuyente había sido notificado con la fecha de su realización de la inspección.


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