lunes, 31 de julio de 2017

LA SUNAT REGULA NUEVO PROCEDIMIENTO DE INGRESO COMO RECAUDACIÓN DE FONDOS DEPOSITADOS EN CUENTA DE DETRACCIONES
Res N° 184-2017/SUNAT publicada el 31-07-17

La presente norma regula el procedimiento de ingreso como recaudación de los fondos depositados en la cuenta de detracciones, cuando respecto del titular de la cuenta se detecte que ha incurrido en alguna de las causales que dan lugar al inicio de dicho procedimiento.
Se aplica a los titulares de las cuentas comprendidos en el Sistema de acuerdo a lo dispuesto en la Ley y en las Resoluciones de Superintendencia N°s 183-2004/SUNAT (aprobó disposiciones para la aplicación del Sistema), 266-2004/SUNAT (aprobó disposiciones aplicables a los sujetos del impuesto a la venta de arroz pilado), 073-2006/SUNAT (aprobó disposiciones para la aplicación del Sistema al transporte de bienes realizado por vía terrestre), 057-2007/SUNAT (aprobó disposiciones para la aplicación del Sistema al transporte público de pasajeros realizado por vía terrestre)
La presente resolución rige a partir del 7 de agosto de 2017:
a) Para aquellos titulares de cuentas que pertenezcan al directorio de principales contribuyentes de la Intendencia Lima o al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales.
b) Para el resto de titulares de cuentas a nivel nacional, salvo lo dispuesto en el párrafo 5.1 del artículo 5 que entra en vigencia el 1 de octubre de 2017.
Contribuyentes notificados a través de Notificaciones SOL
Los titulares de cuentas señalados en el inciso b), a los que a partir de la entrada en vigencia de la presente norma les sea notificada la comunicación a través de Notificaciones SOL, pueden presentar sus descargos dentro del plazo establecido en el primer párrafo del artículo 5 y conforme a lo señalado en el párrafo 5.2 del mismo artículo hasta el 30 de setiembre de 2017.
Segunda. Procedimientos en trámite

Lo dispuesto en la presente resolución se aplica a los procedimientos que se encuentren en trámite, en la etapa en la que se encuentren.

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