SUNAT
MODIFICA RESOLUCIONES PARA BRINDAR FACILIDADES A OPERADORES DEL SEE Y PROMOVER
LA EMISIÓN ELECTRÓNICA DE COMPROBANTES DE PAGO Y DOCUMENTOS RELACIONADOS
–
Res
N° 287-2017/SUNAT publicada el
10-11-2017
ESTA NORMA SE TRATARÁ EN EL CONVERSATORIO GRATUITO ESTE
SÁBADO 11-11-2017 EN EL AUDITORIO DEL COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE LA
LIBERTAD
Que con la finalidad de otorgar mayores
facilidades a los contribuyentes y promover la emisión electrónica de los comprobantes
de pago, se considera conveniente ampliar el plazo para el uso opcional de las
versiones 2.0 y 2.1 del Formato XML bajo el estándar UBL y flexibilizar ciertos
requisitos relacionados con la inscripción en el Registro de Operadores de
Servicios Electrónicos. Asimismo, se considera conveniente simplificar el
procedimiento para obtener la calidad de emisor electrónico por elección o iniciar
la emisión electrónica en el SEE a través del SEE – Del contribuyente.
Se simplifica la forma de adquirir la
calidad de emisor electrónico por elección en el SEE - Del contribuyente, eliminándose
la presentación de la solicitud de autorización así como el procedimiento de
homologación.
Modificaciones en el SEE – OSE
1.18 Formato digital: Al archivo con
información expresada en bits basado en el Formato XML (Extensible Markup Language).
En el caso de la factura electrónica, la boleta de venta electrónica, el recibo
electrónico SP, la nota electrónica y la guía de remisión electrónica se utiliza
ese formato bajo el estándar UBL (Universal Business Language), referido en la
página web http://www. oasis-open.org.
Hasta el 30 de junio de 2017 solo se puede
usar la versión 2.0. Del 1 de julio de 2017 hasta el 30 de junio de 2018 se
puede optar por utilizar la versión 2.0 o 2.1. Desde el 1 de julio de 2018 solo
se puede utilizar la versión 2.1.”
La presente resolución entra en vigencia
al día siguiente de su publicación, salvo la tercera disposición complementaria
derogatoria que entrará en vigencia el 8 de enero de 2018.
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