DIARIO EL PERUANO SÁBADO 21-05-22
RETIRO EXTRAORDINARIO DE HASTA 4 U ITS DE FONDOS PRIVADOS DE PENSIONES LEY
N° 31478 FECHA: 21/05/2022
Se autoriza de manera extraordinaria a
los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones a
retirar, de manera facultativa, hasta cuatro (4) unidades impositivas
tributarias del total de sus fondos acumulados en sus cuentas individuales de
capitalización.
PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Y DE
RETIRO
El retiro extraordinario de los fondos
se realiza de la siguiente manera:
1. Los afiliados presentan su solicitud
de forma remota, virtual o presencial, y por única vez, dentro de los noventa
(90) días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la presente
ley.
2. Se abonará hasta una (1) unidad
impositiva tributaria cada treinta (30) días calendario, realizándose el primer
desembolso a los treinta (30) días calendario de presentada la solicitud ante
la administradora privada de fondos de pensiones a la que pertenezca el
afiliado. Ello es aplicable hasta el segundo desembolso y el resto será
entregado en el tercero.
3. En el caso de que el afiliado desee
dejar de retirar los fondos de su cuenta individual de capitalización, podrá
solicitarlo por única vez a la administradora privada de fondos de pensiones
diez (10) días calendario antes del desembolso.
INTANGIBILIDAD DE FONDOS
El retiro de los fondos a que se
refiere la presente ley mantiene la condición de intangible, no pudiendo ser
objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, o de
cualquier forma de afectación, sea por orden judicial y/o administrativa, sin
distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados. Lo señalado en la
presente disposición no se aplica a las retenciones judiciales o convencionales
derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.
PRESENTACIÓN
ELECTRÓNICA DE TÍTULOS QUE CONTENGAN MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO DISPUESTO POR
LOS EJECUTORES COACTIVOS DEL INDECOPI PARA SER INSCRITOS EN EL REGISTRO DE
PREDIOS DE LA SUNARP RESOLUCION
N° 069-2022-SUNARP/SN FECHA: 21/05/2022 https://cutt.ly/fHGdq8Q
EXPEDICIÓN DE DIVERSOS
CERTIFICADOS EN FORMATO ELECTRÓNICO CON FIRMA ELECTRÓNICA CÓDIGO DE
VERIFICACIÓN Y CÓDIGO QR EN ATENCIÓN PRESENCIAL; Y CERTIFICADO POSITIVO Y
CERTIFICADO NEGATIVO DEL REGISTRO DE PREDIOS (POR TITULARIDAD) MEDIANTE
SOLICITUD VERBAL PRESENCIAL RESOLUCION
N° 070-2022-SUNARP/SN FECHA: 21/05/2022 https://cutt.ly/PHGdoyw
PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA
DE DIVERSAS SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN SUSCRITAS CON FIRMA ELECTRÓNICA DEL
INTERESADO MEDIANTE EL SISTEMA DE INTERMEDIACIÓN DIGITAL DE LA SUNARP A NIVEL
NACIONAL RESOLUCION
N° 071-2022-SUNARP/SN FECHA: 21/05/2022 https://cutt.ly/1HGdkuc
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