MEDIANTE RESOLUCION N°
000010-2025/SUNAT DE FECHA 21/01/2025, LA SUNAT APRUEBA EL FORMULARIO
VIRTUAL PARA DECLARAR Y/O PAGAR EL IMPUESTO A LOS JUEGOS A DISTANCIA Y A LAS
APUESTAS DEPORTIVAS A DISTANCIA Y EL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO QUE GRAVA
DICHAS ACTIVIDADES REGULA LA DECLARACIÓN Y PAGO EN DÓLARES Y LA COMPENSACIÓN DE
PAGOS O PERCEPCIONES INDEBIDAS O EN EXCESO
La presente resolución
entra en vigor a partir del 1 de febrero de 2025.
La presente resolución de
superintendencia tiene por objeto:
a) Aprobar el formulario
virtual para la declaración determinativa del Impuesto a los JDYADD y del ISC
que grava los JDYADD, que deben presentar los contribuyentes domiciliados, los
contribuyentes no domiciliados y los agentes de percepción no domiciliados, por
el medio que corresponda según el inciso b) o c), dentro del plazo señalado por
esta resolución.
b) Disponer que la
plataforma Declaración y pago para no domiciliados, aprobada por la Resolución
de Superintendencia N° 000294-2024/SUNAT, sea el medio por el que los
contribuyentes no domiciliados y los agentes de percepción no domiciliados
cumplan con presentar las declaraciones determinativas de los tributos
referidos en el inciso anterior y pagar la deuda tributaria en moneda nacional
u obtener el número de pago SUNAT para transferencia a fin de realizar el pago
en dólares de los Estados Unidos de América.
c) Disponer que el
servicio Mis declaraciones y pagos, aprobado por la Resolución de
Superintendencia N° 335-2017/SUNAT, sea el medio por el que los contribuyentes
domiciliados cumplan con presentar las declaraciones determinativas del
Impuesto a los JDYADD y del ISC que grava los JDYADD, así como con pagar la
deuda tributaria.
d) Regular la
compensación de los pagos o de las percepciones indebidas o en exceso por
concepto del Impuesto a los JDYADD y del ISC, efectuados por contribuyentes no
domiciliados o agentes de percepción no domiciliados; así como el tipo de
cambio a aplicar para la referida compensación, cuando teniendo pagos o
percepciones indebidas o en exceso declaradas en una moneda se opte por
declarar y pagar el impuesto respectivo en una moneda distinta.
https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2363459-1
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