jueves, 16 de enero de 2025

 PRECEDENTES DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA DEL TRIBUNAL FISCAL: NO CALIFICACIÓN COMO PRECEDENTE JUDICIAL

 

Casación 3-2024, Lima (pub. 17-12-24) (Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema)

RTF impugnada: 681-A-2021

Ponente: Juez Supremo Gutiérrez Remón

“…la jurisprudencia del Tribunal Fiscal no califica como precedente judicial, pues el artículo 154 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, acerca de los precedentes de observancia obligatoria expedidos por el Tribunal Fiscal, señala que constituirán jurisprudencia de observancia obligatoria para los órganos de la administración tributaria (y no para los órganos judiciales).” 

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