2 de enero de 2015 es feriado no laborable
Mediante
Decreto Supremo 073-2014-PCM publicado el 14-12-2014, declaran día no
laborable, a nivel nacional, para los trabajadores del sector público y
privado, el día 2 de enero de 2015, bajo las siguientes reglas:
· En el sector público, las horas dejadas de trabajar en el citado
día, serán compensadas en los diez días inmediatos posteriores, o en la
oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus
propias necesidades.
· En el sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y sus
trabajadores se establecerá la forma como se hará efectiva la recuperación de
las horas dejadas de laborar, a falta de acuerdo, decidirá el empleador.
·
Para fines tributarios, dicho día será considerado hábil.
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