APRUEBAN LEY DE MERCADO
LABORAL JUVENIL
Mediante
Ley N° 30288 publicada el 16 de diciembre de 2014, se aprobó la
Ley que promueve el acceso de Jóvenes al Mercado Laboral y a la Protección
Social, la cual comparando con el actual régimen laboral general tenemos los
siguientes efectos:
·
Es
aplicable a los jóvenes entre 18 y 24 años, que se incorporen por primera
vez como trabajadores.
·
A
la fecha de contratación se encuentren desocupados, entendiéndose
siempre y cuando no haya estado registrada en planilla electrónica como
trabajador al menos 90 días calendarios consecutivos, previos a la fecha de su
contratación.
·
El
régimen laboral especial es de carácter opcional, siendo aplicable para
las empresas privadas, que no tengan multas consentidas impagas
vigentes por infracciones a la normatividad sociolaboral.
·
Contratos
celebrados con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley, continúan
bajo las leyes que se celebraron.
·
No
es aplicable a jóvenes contratados bajo el régimen general, que cesen con
posterioridad a la vigencia de la presente ley.
·
En
el caso del joven que está cursando o haya culminado estudios superiores debe
desarrollar una ocupación relacionada s sus formación.
Beneficios
|
Régimen
General
|
Nuevo
Régimen de Jóvenes
|
PLANILLAS
|
SI
|
SI
|
MINIMO
VITAL
|
SI
|
SI
|
SEGURO
SALUD Y PENSIONES
|
SI
|
SI
|
JORNADA
MAXIMA
|
48
Horas
|
48
Horas
|
CTS
|
SI
|
NO
|
GRATIFICACIONES
|
SI
|
NO
|
VACACIONES
|
SI
|
SI (50%)
|
ASIGNACIÓN
FAMILIAR
|
SI
|
NO
|
SEGURO
DE VIDA
|
SI
|
NO
|
UTILIDADES
LABORALES
|
SI
|
NO
|
NIVEL
EDUCATIVO
|
Puede
ser profesional o estudiante
|
Puede
ser profesional o estudiante con educación completa o incompleta de
secundaria o superior técnica o universitaria, entre 18 y 24 años
|
CREDITO
FISCAL POR CAPACITACION
|
NO
|
SI, que
no exceda el 2% de planilla
|
INDEMNIZACIÓN
POR DESPIDO
|
90 días
por año (Tope 360 días)
|
20 días
por año ( Tope 120 Días)
|
TOPE DE
CONTRATACIÓN
|
NO
APLICA
|
25% del
total de los trabajadores
|
DURACION
MAXIMA DEL CONTRATO
|
Indeterminado
- Plazo Fijo
|
3 años
|
DURACIÓN
MÍNIMA
|
NO HAY
|
1 Año,
con período de prueba de 60 días calendarios
|
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