A PARTIR DEL 01-08-2017
NUEVO SISTEMA DE EMISIÓN ELECTRÓNICA CONSUMIDOR FINAL Y COMPROBANTE DE
PAGO ELECTRÓNICO TICKET
POS - Res.
141-2017/SUNAT del 08-06-2017
Por
el aumento en el uso de tarjetas de crédito y/o débito por parte de las
personas naturales como medio de pago APRUEBAN COMO MEDIO DE EMISIÓN DEL COMPROBANTE DE PAGO
ELECTRÓNICO EL TICKET POS, A TRAVÉS DEL USO DE UN EQUIPO POS U OTROS
DISPOSITIVOS.
Condiciones
para ser emisor electrónico de ticket POS:
Ø El sujeto que cuente con código de usuario y clave SOL
puede obtener la calidad de emisor electrónico del SEE–CF, por elección, a
través de la opción que señale SUNAT Operaciones en Línea, siempre que cumpla
con las siguientes condiciones:
·
Encontrarse
acogido al Nuevo RUS. El sujeto perteneciente a cualquier otro régimen
tributario del Impuesto a la Renta también puede acogerse en la medida que
tenga como actividad principal o secundaria registrada en el RUC:
i.
Restaurantes, bares y cantinas.
ii.
Actividades de restaurantes y de servicio móvil de comidas.
·
No tener
para efectos del RUC la condición de domicilio fiscal no habido.
·
No
encontrarse en el RUC en estado de suspensión temporal de actividades o baja de
inscripción.
Ø En el momento en que se inscriba en SUNAT Operaciones en
Línea habiendo cumplido con las condiciones señaladas en el numeral 3.1, el
sujeto debe indicar, a través de la opción que señale SUNAT Operaciones en
Línea, que desea autorizar a uno o más proveedores de servicios
electrónicos–CF, para que este (estos) realice(n) en su nombre cualquiera de
las actividades inherentes a la modalidad de emisión electrónica.
Cumplidas las condiciones indicadas en este
artículo, el sujeto adquiere, al amparo de esta resolución y desde el día
calendario siguiente, la calidad de emisor electrónico por elección.
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