jueves, 15 de junio de 2017


EMPRESA QUE VENDAN ACTIVOS FIJOS USADOS A SUS TRABAJADORES DEBEN TOMAR EL VALOR COMERCIAL – NO PROCEDE EL VALOR DE REALIZACIÓN

Empresa vendió a sus trabajadores activos fijos usados cuyo valor se determinó mediante tasación.
El contribuyente argumentó que se debía tomar en cuenta el valor de realización y no el valor comercial.
La SUNAT reparó por subvaluación en la venta de los vehículos al haberse efectuado por debajo de su valor comercial establecido en la misma tasación.
El Tribunal Fiscal consideró que se debió tomar el valor comercial, a pesar que se vendió por un monto menor a sus trabajadores (valor de realización).

Nota: El valor comercial es valor venta, sobre el cual debe agregarse el 18% del IGV.


Ver páginas 31 a la 35 de la RTF 2016_1_06088

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