A PROPÓSITO DE OPERACIONES NO REALES EN COMBUSTIBLES,
EL TRIBUNAL SE PRONUNCIA A FAVOR DE LA SUNAT EN RECIENTE RTF N° 03124-2-2017
(Ver páginas 5 a la 8)
POSICIÓN
DE LA SUNAT, INDICANDO QUE EL CONTRIBUYENTE:
·
No detalló el rendimiento en el recorrido por
galón de combustible,
·
No presentó documentos internos ni contratos por
la adquisición de los vehículos,
·
No señaló la fecha de incorporación de los
activos,
·
No identificó con nombres, apellidos y número de
DNI a los choferes encargados de cada uno de los vehículos, ni precisó sus
horas diarias de trabajo,
·
No presentó un informe detallado de los trabajos
realizados por cada vehículo, sus rutas de recorrido, ni el recorrido de cada
uno con Guías de Remisión - Transportistas,
· No detalló las adquisiciones de combustible
realizadas, ni especificó el tipo de comprobante, cantidad y monto pagado; así
como el lugar donde se almacenó.
· Se constató en su Registro de Compras
adquisiciones de combustible y lubricantes pero en la D.J. Anual del Impuesto a
la Renta, consignó en la “Cuenta 33- Inmuebles, Maquinaria y Equipos” un
importe de 0.00 (soles).
POSICIÓN DEL CONTRIBUYENTE:
· Los choferes se declararon en el Sistema PLAME
de SUNAT, que regularmente superan más de 8 horas de trabajo,
·
Los conductores no tenían un correcto manejo del
combustible y lo gastan o hurtan,
·
El combustible se almacena en tanques o
depósitos de plásticos,
·
Los choferes trabajan desde las 6 o 7 de la
mañana hasta las 6 o 7 de la noche y que todos los gastos efectuados estaban
relacionados con el giro del negocio.
Ver
texto completo de la RTF en: https://app.box.com/s/57s561lk41aom4y1l0tgh644f83sx5xx
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