PREVENCIÓN
TRIBUTARIA II: LA SUNAT Y ESSALUD VIENEN VERIFICANDO A FALSOS TRABAJADORES QUE
NO LABORAN EN EMPRESAS Y QUE GOZAN INDEBIDAMENTE DE BENEFICIOS – CASO DE ESPOSA
DE ACCIONISTA- Ver página 3 y 4 de la RTF 2007_4_05909
“…Si
bien la esposa figura en las planillas de pago como trabajadora de la empresa,
no acompañó al referido escrito ninguna documentación y/o elemento probatorio
que permitiera demostrar la realización de alguna de las funciones en la
empresa, por lo que no ha acreditado que la señora sea trabajadora de la
empresa…”.
Piensa antes de colocar trabajadores en
planilla de tu empresa, que realmente no laboran, buscando bajar el
Impuesto a la Renta de la empresa y gozar de beneficios de manera indebida del
Seguro Social por el hecho de creer que pagando el seguro obligatorio, el falso
trabajador puede gozar de beneficios ante ESSALUD.
CONSECUENCIAS:
1.
Para SUNAT: No es deducible el gasto en planilla, los
pagos de CTS y pagos de aportes indebidos de ESSALUD. Adicionalmente me multas
+ el 5% por dividendos presuntos + intereses presuntos.
2. Para ESSALUD: Se recibirá una
notificación para cancelar atenciones indebidas del falso trabajador. Los
montos superan los de una clínica particular.
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