miércoles, 27 de enero de 2021




 

PRORROGAN ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL POR LAS GRAVES CIRCUNSTANCIAS QUE AFECTAN LA VIDA DE LA NACIÓN A CONSECUENCIA DE LA COVID-19 Y NUEVAS MEDIDAS DE RESTRICCIONES FOCALIZADAS  D.S. N° 008-2021-PCM  DE FECHA 27/01/2021  

https://cutt.ly/Uj4JaSp

 

Se prorroga por el plazo de 28 días calendario, a partir del 1-2-21, el Estado de Emergencia Nacional establecido por D.S. 184-2020-PCM. Se han dispuesto las siguientes medidas de restricciones focalizadas según el nivel de alerta de cada departamento, con vigencia desde el 31-1-21 hasta el 14-2-21:

NIVEL DE ALERTA ALTO:

Departamentos: Piura, Loreto, Lambayeque, La Libertad, San Martín, Ucayali, Madre de Dios.

Inmovilización social obligatoria: Desde las 21:00 horas hasta las 04:00 horas

Prohibición del uso de vehículos particulares: Domingos. Podrán circular los vehículos particulares que cuenten con el respectivo pase vehicular, emitido por la autoridad competente

ACTIVIDADES ECONÓMICAS (AFORO):

Artes escénicas en espacios abiertos: 60%

Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 50%

Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias: 50%

Restaurantes y afines en zonas internas: 60%

Restaurantes y afines en zonas al aire libre: 70%

Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, jardines botánicos y zoológicos: 60%

Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 50%

Bancos y otras entidades financieras: 50% − Templos y lugares de culto: 30%

 

NIVEL DE ALERTA MUY ALTO:

Departamentos: Tumbes, Amazonas, Cajamarca, Ayacucho, Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua, Tacna.

Inmovilización social obligatoria: Desde 20:00 horas hasta las 04:00 horas

Prohibición del uso de vehículos particulares: Sábados y domingos. Podrán circular los vehículos particulares que cuenten con el respectivo pase vehicular, emitido por la autoridad competente.

ACTIVIDADES ECONÓMICAS (AFORO):

Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines, artes escénicas (espacios cerrados o abiertos): 0%

Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 20%

Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias: 50%.

Restaurantes y afines en zonas internas: 0%

Restaurantes y afines en zonas al aire libre: 30%

Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, jardines botánicos y zoológicos: 0%

Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 0%

Bancos y otras entidades financieras: 50%

Transporte interprovincial terrestre de pasajeros: 50%

Templos y lugares de culto: 0%

 

NIVEL DE ALERTA EXTREMO:

Departamentos: Lima, Provincia Constitucional del Callao, Ancash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica, Apurímac.

Inmovilización social obligatoria: Desde las 00:00 horas hasta las 23:59 horas. Se permite la salida para el desarrollo de actividades autorizadas, así como la salida peatonal durante 1 hora como máximo a lugares cercanos al domicilio, entre las 06.00 y 18.00 horas.

Prohibición del uso de vehículos particulares: Todos los días. Podrán circular los vehículos particulares que cuenten con el respectivo pase vehicular, emitido por la autoridad competente.

ACTIVIDADES ECONÓMICAS (AFORO):

Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines, artes escénicas (espacios cerrados o abiertos): 0%

Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 0% − Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias: 40%

Restaurantes y afines (zonas internas o al aire libre): 0%

Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, jardines botánicos y zoológicos: 0%

Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 0%

Peluquerías y spa, barberías, masajes faciales, manicura, maquillajes y otros afines: 0%

Enseñanza deportiva y cultural: 0% − Bancos y otras entidades financieras: 40%

Transporte interprovincial de pasajeros (aéreo y terrestre): 0%. Se exceptúan a los vuelos que aterrizan y despegan de la Provincia Constitucional del Callao, cuya regulación será aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Templos y lugares de culto: 0%

DELIVERY: En las actividades económicas señaladas en todos los niveles de alerta, se podrán realizar transacciones por medios virtuales y entregas a domicilio (delivery).

HORARIO DE CIERRE DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES: Los establecimientos comerciales deben cerrar 2 horas antes del inicio de la inmovilización social obligatoria, con excepción del nivel de alerta extremo, donde cerrarán como máximo a las 18:00 horas. Las actividades económicas que no se encuentran señaladas y sus aforos, se rigen según lo establecido en las fases de la reanudación de actividades económicas vigentes.

PROHIBICIÓN DEL USO PLAYAS, RIBERAS DE RÍOS, LAGOS O LAGUNAS: En los departamentos de Ica, Arequipa, Moquegua, Tacna, Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Lima, Ancash y en la provincia Constitucional del Callao, hasta el 14-2- 21, no se hará uso de las zonas de descanso de arena o piedras inmediatamente colindantes con el mar, de la zona de mar, ni de la ribera de ríos, lagos o lagunas, exceptuándose la realización de deportes acuáticos sin contacto, tales como: Surf, Vela, Remo, entre otros. La realización de deportes acuáticos sin contacto y con distanciamiento físico o corporal no abarca la enseñanza de dichos deportes.

TRABAJO REMOTO: Las entidades públicas y privadas priorizan el trabajo remoto y cuentan con horario escalonado para el ingreso y salida del personal.

SUSPENSIÓN DEL INGRESO DE EXTRANJEROS NO RESIDENTES PROVENIENTES DE EUROPA, BRASIL O SUDÁFRICA: Se suspende hasta el 28-2-21 el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes de procedentes de Europa, Sudáfrica y/o Brasil, o que hayan realizado escala en dichos lugares.

INFRACTORES DE LAS DISPOSICIONES SANITARIAS: Los infractores de las disposiciones sanitarias y las relativas al estado de emergencia nacional que no hayan cumplido con pagar la multa impuesta por las infracciones cometidas durante el estado de emergencia nacional y demás normas emitidas para proteger la vida y la salud de la población por el contagio de la COVID-19, estarán impedidos de realizar cualquier trámite ante cualquier entidad del Estado, así como de ser beneficiarios de cualquier programa estatal de apoyo económico, alimentario y sanitario, salvo que exista causa justificada en cualquiera de los casos, supuestos en los cuales, la autoridad atenderá la solicitud mediante decisión motivada.

Asimismo, durante la inmovilización social obligatoria, las personas que incumplan las medidas sanitarias y las establecidas en virtud al Estado de Emergencia Nacional, serán intervenidas y conducidas por la Policía Nacional del Perú y/o por las Fuerzas Armadas, a los centros de retención temporal. Los infractores no pueden permanecer en estos centros por más de 4 horas.

 

PROHIBICIÓN DE REUNIONES Y CONCENTRACIONES DE PERSONAS:

Se encuentran suspendidos los desfiles, fiestas patronales y actividades civiles, así como todo tipo de reunión, evento social, político, cultural u otros que impliquen concentración o aglomeración de personas, y se encuentran prohibidas las reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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