martes, 13 de julio de 2021

 GRATIFICACIÓN POR FIESTAS PATRIAS

 

 

COMENTARIO:

A propósito del vencimiento para el pago de gratificaciones por Fiestas Patrias, comparto con ustedes la posición de SUNAFIL frente al incumplimiento de la norma sociolaboral que la regula.

Cabe precisar que, para propósitos tributarios, constituye una renta de quinta categoría al amparo del art. 34 de la LIR y su deducción en el IR empresarial, dependerá del momento del pago, esto conforme a lo establecido en el inc. v) del art. 37 del mismo cuerpo legislativo.

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