INFORME
N° 052-2021-SUNAT/7T0000: CONTRIBUYENTE CON SUSPENSIÓN TEMPORAL DE
ACTIVIDADES NO ESTÁ OBLIGADO A GENERAR REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS Y DE
COMPRAS DE MANERA ELECTRÓNICA.
En el Sistema de Llevado del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras
de manera electrónica en SUNAT Operaciones en Línea (SLE-Portal), el
contribuyente que se encuentre en suspensión temporal de actividades no está
obligado a generar, durante el tiempo de suspensión, los libros y registros
electrónicos a los que esté obligado a llevar en los plazos de vencimiento que
correspondan.
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