PUBLICAN NORMA QUE PERMITE A LA SUNAT ACCEDER A
INFORMACIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA DE MERCADO DE VALORES (SMV)
Mediante Resolución de SUNAT
N° 196-2015 publicada el 24 de Julio de 2015 se establece que la SUNAT
requerirá a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, información
necesaria respecto de cualquier persona natural o jurídica sometida al ámbito
de su competencia, encontrándose obligada a proporcionar la información
requerida en la forma y plazos que la SUNAT establezca.
La Octava Disposición Final
del Código Tributario establece esta facultad.
Dicha información
estará a disposición de la SMV en SUNAT Virtual a partir del 24 de julio de
2015. La SMV debe presentar la
Declaración utilizando un medio de almacenamiento magnético.
La
SMV presentará la Declaración correspondiente a los periodos de enero de
2010 a agosto de 2015 hasta el 30 de octubre de 2015.
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