Aprueban Declaración de
Política Macro Fiscal
D.S. N° 291-2016-EF (22-10-16)- Lineamientos de Política Tributaria
D.S. N° 291-2016-EF (22-10-16)- Lineamientos de Política Tributaria
• Se deberá ampliar la base tributaria, simplificando la
estructura tributaria, unificando los regímenes especiales con el régimen
general de tal forma que la carga y simplicidad tributaria suban de manera
natural, progresiva con el tamaño de la empresa. Para esto, se efectuarán las
modificaciones correspondientes a los procedimientos y normas de nuestro
ordenamiento jurídico – tributario que fomenten la formalización de las
pequeñas y micro empresas, así como faciliten las labores de la Administración
Tributaria.
•
En el caso del Impuesto a la Renta se continuará con la evaluación de: i) los
efectos de las modificaciones efectuadas al Impuesto a la Renta desde el 2015,
ii) los beneficios tributarios dentro de la política de racionalización, iii)
las Normas Internacionales de Información Financiera y sus efectos sobre dicho
impuesto y, iv) otras medidas que fortalezcan la base tributaria además de
introducir disposiciones que permitan combatir esquemas o arreglos elusivos a
efectos de alcanzar mayor neutralidad y equidad tomando en cuenta, entre otros,
las recomendaciones resultantes del Plan de Acción BEPS (Erosión de la Base
Imponible y Traslado de Beneficios).
•
Por el lado del Impuesto General a las Ventas se deberá continuar con la
revisión de la legislación nacional a fin de promover una mayor eficiencia e
identificar vacíos o falta de claridad en la norma que impidan su correcta
aplicación; igualmente dotará de mayor neutralidad y eficacia al referido
impuesto. Asimismo, se continuará con el perfeccionamiento y racionalización de
los sistemas de pago a fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones
tributarias.
•
En el caso del Impuesto Selectivo al Consumo, se continuará con la afectación
del referido impuesto en función a la externalidad negativa que genera el
consumo de los bienes afectos respetando los objetivos de presión tributaria y
estabilidad macroeconómica; así como su función recaudadora.
•
En lo concerniente a la normatividad tributaria municipal, se propondrá cambios
normativos con el objetivo de optimizar, entre otros, el Impuesto Predial, el
Impuesto de Alcabala e Impuesto al Patrimonio Vehicular, a fin de permitir el
fortalecimiento de la gestión de los Gobiernos Locales sin afectar la equidad
del sistema tributario. Asimismo fortalecer las capacidades de gestión de las
municipalidades provinciales y distritales con la finalidad de ampliar la base
tributaria e incrementar su recaudación.
•
El Perú continuará con las negociaciones de los Convenios para Evitar la Doble
Imposición (CDI) en atención a que dichos convenios coadyuvan a atraer nuevas
inversiones y tecnologías, así como a establecer mecanismos de colaboración y
asistencia mutua. Para ello, se actualizará el modelo de CDI Peruano que sirve
de base en las negociaciones de los referidos convenios, considerando, entre
otros, las recomendaciones resultantes del Plan de Acción BEPS.
•
El Perú es miembro del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de
Información con fines tributarios de la OCDE desde octubre del año 2014; en ese
sentido, se perfeccionará el marco normativo a fin de cumplir con los
estándares internacionales de la OCDE en materia de intercambio de información
a requerimiento y automático. Asimismo se priorizará la negociación de Acuerdos
de Intercambio de Información a fin de contar con información suficiente que
permita fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
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