martes, 30 de julio de 2019



APRUEBAN REDUCCIÓN DE DERECHOS REGISTRALES DE INSCRIPCIÓN A VIVIENDAS DEL PROGRAMA TECHO PROPIO Y DEL NUEVO CRÉDITO MIVIVIENDA
D.S. N° 021-2019-VIVIENDA Fecha: 30/07/2019


Artículo 1.- Reducción de derechos registrales de inscripción de hipoteca, compraventa y declaratoria de edificación para el Programa Techo Propio y Nuevo Crédito MIVIVIENDA.
Apruébase un descuento aplicable a los derechos registrales de inscripción de hipoteca, compraventa y declaratoria de edificación, a ser abonados por las familias beneficiarias del Bono Familiar Habitacional, otorgados en el marco del Programa Techo Propio, y del Nuevo Crédito MIVIVIENDA, conforme al siguiente detalle:
a) Cincuenta por ciento (50%) de los derechos registrales de inscripción de compraventa para actos valorizados en más de S/ 35 000.
b) Cincuenta por ciento (50%) de los derechos registrales de inscripción de hipoteca para actos valorizados en más de S/ 35 000.
c) Cincuenta por ciento (50%) de los derechos registrales de inscripción de declaratoria de edificación.
Artículo 2.- Vigencia
Los descuentos aplicables a los derechos registrales de inscripción establecidos en el artículo 1, tienen un plazo de vigencia de tres (03) años, contados desde el día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo.
Artículo 3.- Constancia para declaratoria de edificación
Para la inscripción de la declaratoria de edificación que soliciten las familias beneficiarias del Programa Techo Propio o Nuevo Crédito MIVIVIENDA se debe presentar una constancia emitida por el Fondo MIVIVIENDA S.A., en la cual se exprese que la edificación de la vivienda fue financiada con recursos del programa Techo Propio o del producto financiero Nuevo Crédito MIVIVIENDA.


https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-aprueba-la-reduccion-de-derechos-registr-decreto-supremo-n-021-2019-vivienda-1792887-1/

No hay comentarios:

Publicar un comentario