FACILITAN PAGO DE DEUDA TRIBUTARIA
CONTENIDA EN ÓRDENES DE PAGO Y RESOLUCIONES - Res N° 139-2019/SUNAT publicada el 14/07/2019
Se
aprueban disposiciones para que los deudores tributarios, con excepción de los
responsables solidarios puedan, de manera opcional, puedan realizar el pago de
la deuda tributaria contenida en uno o más valores a través del portal o
aplicativo de los bancos habilitados.
PROCEDIMIENTO PARA EFECTUAR EL PAGO A TRAVÉS DEL
PORTAL Y/O APLICATIVO DE LOS BANCOS HABILITADOS
Para efectuar el pago de la deuda tributaria a que se refiere el
artículo 2 a través del portal o aplicativo de los bancos habilitados se debe:
a) Ingresar al portal o aplicativo del banco habilitado.
b) Ubicar la opción para el pago de valores - SUNAT.
c) Señalar el número de RUC del deudor tributario.
d) Seleccionar uno o más valores.
e) Cancelar el íntegro del (de los) valor(es) seleccionado(s) a
través de una única transacción bancaria.
f) Seguir las indicaciones hasta que el sistema del banco
habilitado genere el Formulario Virtual Nº 1668 - pago de valor.
DEL FORMULARIO VIRTUAL Nº 1668 - PAGO DE VALOR
1. Culminado el pago, el sistema del banco habilitado genera el
Formulario Virtual Nº 1668 - pago de valor, el cual podrá ser impreso o de
solicitarlo así, enviado al correo electrónico que el deudor tributario señale.
2. El citado formulario contiene la siguiente información:
a) Nombre del banco.
b) La denominación Formulario Virtual Nº 1668 - pago de valor.
c) Número de orden.
d) Número de RUC.
e) Nombre o razón social.
f) Número(s) del (de los) valor(es) pagado(s).
g) Importe pagado.
h) Fecha de pago.
i) Número de operación.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
FINAL
Única.- Aprobación del Formulario Virtual Nº 1668 -
pago de valor
Apruébese el “Formulario Virtual Nº 1668 - pago de valor” que se
genera de acuerdo con lo establecido en la presente resolución, a partir de la
entrada en vigencia de esta.
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