sábado, 27 de julio de 2019




PUBLICAN PROYECTO QUE APRUEBA REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE BODEGUEROS - R.M. N° 328 -2019-PRODUCE Fecha: 27/07/2019


La Ley Nº 30877, Ley General de Bodegueros, tiene por objeto reconocer el valor social de la actividad de bodeguero, A TRAVÉS DEL EXPENDIO O VENTA DE PRODUCTOS DE PRIMERA NECESIDAD COMO MICRO O PEQUEÑAS EMPRESAS GENERADORAS DE EMPLEO DIRECTO E INDIRECTO, constituyéndose en una unidad económica básica y esencial para el desarrollo de las comunidades.

Artículo 1.- Publicación del Proyecto
Dispóngase la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30877, Ley General de Bodegueros y su Exposición de Motivos en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía por el plazo de quince (15) días hábiles, contado desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Mecanismos de Participación
Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo al que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidos al Ministerio de la Producción con atención a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, ubicada en Calle Uno Oeste Nº 060 – Urbanización Corpac, San Isidro, o a la dirección electrónica dgpar@produce.gob.pe.


No hay comentarios:

Publicar un comentario